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+ Námtró Yo Propoficiones condenadas por los Sumos Pontifi- ces Alexandro VIL. ¿ Inocencio XI imprella en Pamplona, año de 1696. traft.6 dijput.6. fubuum, 352 4P07,92- tiene por probable dicha fentencia; Sug: y yipbtas fon las guientes, Gs. + Qui oficiam hodiernum paulo ante 3, mediám noétem dici lequentis incepic recitare, »» ligne interruptione recitando , poft illam finiar, probabilior fententia,S in praxiomnino (equen. » day negar quod preceptum recitandi adimplear, s» Probabile ramen elt, quod fatisfaciar. Quod laré a» probar , $ ingenios author , oéto argumentis, s S quaruor argumentis contra eamaá D. Didaco. »+ Narbona fatistacic. Ruríulque camdem fenten. ss Ham,tom,6; traét.8. difp.4 que/t.108. ad inca. »» dem vocar ¿$ confirmans,, lepidé , 8 erudire »» Obieítiones; contra ¡lam a M: Prado confeétas »» Ai/Molvendos: ]. 4/si el fobredicho P.M, Manuel de la Concepcion, , 446 Más :El lobredicho Leandro , que en lu fegunda parte, traét.6. difp.13. que/.> 5. folo avia diého,quela'dicha lentencia era probable: Aora en la fexta parte, tr.S ¿difp.4 que/t.1o8. ventilandola de nuevo con el Padre Maeltro Prado,no te contenta, con tenerla-por probable , lino que dize la tiene por probabilifsima, , 446 - Y lo melmo yo , que en mitomo fegun» do de la Suma, p42. 507. num. 58 dela 2, impref= lion, dixe , que era probable la tal fenrencia , con la mueva ventilacion , me confirmo mas en lu gran probabilidad. e 447: Ni elto es de admirar : porque efla es condicion de la verdad, que mientras mas vezes le examina y luce , y fe aclara mas , como lo tiene con mixchos , que cita, yeligue Barbola , Axioma 224: mum. 1. donde alega dos textos Canonicos, Y la razon que dá, es: Nam, veritas diíputando, invenitur,ex lez. Munerum, $ fín ffodé maner. 27 ho. morib. Y alega al Cardenal Tuícho. De donde es, quela impugnacion fucle fer medio para que cam- pee masla verdad ¿como bien San Hilario ;1ib, 7, de Trimitate, donde dize: Magna c/b vis peritatis,que cúm perfe inselligi non pofsié, per ea tamen ip/a, que el adver/antur elucet. Y Laétanció Firmiano,de ira Dei, cap. 5 «lo reducela Philofoñia de la loz 2 quien — precedieron para. que cañipea/le mas las tinieblas, y 4la.del mundo fuperior a quiente le aió por cen; tro el inferior, para quelucielle con explendor mas fobtelalienze. Suspalabras lon: Non potuiffe lucem Jieri ¿mp ¿00 renebre e/Jent y quianec fuperum prodefh ejfe fine infero, 670 Y la experiencia quotidiana nos enfeña dicha Philofofia ¿pues vemos.no dexa de fer mas refplandeciente el dia ¿por precederle la noche «niel Solluce menos; porque fe le. opulo alguna nuve : antesbieh defvanecida la dicha ,fale mas lucido , y 4 nueltro parecer mas alegre , quan- do el horror de vna nubele tuvo algun tiempo en- cubierto : Afsi , pues, la verdad de la probabilidad dela dicha fentencia de Leandro luce,y campea mas, con la opoficion del P.M.Prado, y la folucion a (us argumentos. 3104) 105: 3rr 448 Ni bafta dezircon dicho Prado : que la tal tentencia favorece no pocoá la negligencia, y pereza , y que no fe ha de abrir puerta para eludir va obligacion tan fanta,como la del Rezo, 449 Lo wno porque como bien dize dicho Leandro, en dicha parte 2 delpues de la oétava prueba: la dicha tentencia , hada puede dañar á los diligentes : y á los muy negligentes, y que te eftán jugando halta cerca de la media noche, puede fer. les provechoía , we ex vna 50 alteram aby/Jum in cidant., 450 Lootro:: porque como. tambien dize el meímo en la parte fexta, en el fin de la refpueíta al quarto de dicho Prado por la dicha fentencia no le abre puerta para eludir tan lanta obligacionfino antes bien: para complir (uavemente los preceptos humanos, y para evitar muchos pecados mortales, y 4 muchos negligentes la pena eterna, 451 Lootro : porque la comun Opinion , fa. vorecoltambien no poco á la negligencia,y pereza, pues dize ¿que el tempo en que le ha de rezar el Oficio Divino para cumplir con la tal obligacion, estodo el día , delde la media noche y haíta lame. dia noche figuiente. Aísi lo tiene ¿con Azor , Syl. veltre, Villalobos, Trullench , y la comun, Martin de San Jofeph, en lu Suma, lib.2. trat. 10. VUM. Da pag. mii 3596. lo qual , ya leve ¿(favorece alos muy negligentos , y perezolos ; pues pueden, li. guiendo dicha opinion comun, diferir todo el rezo del dia,Maytines, Laudes, y las demas horas, haíta delpuesde las onze de la noche , y tomar precilla» mente aquel tiempo , QuE baíte para acabar de re. zarle antes de las doze, d al punto crudo de las do. ze:4 lo-qual refponderan , y bien, los dichos Autores ,como relponde dicho Leandro á dicho Prado. 452 Y lo otro:porque aunque es verdad, qúe los que tienen obligacion de rezar , haránmal en dilatar el rezo para el tiempo crudo , que pre» citlc la obligacion , y fer perezofos , y negligentes ei cdo , fmorezarle ¿las horas competentes , que uene ¿fsignadas la Iglefia , y prelcriben las Rubri. cas, y acoftumbran los diligentes, y timoratos; > e. 453 - Contodoelto, los que cloribenomarerias Morales,antes deben (no hablo. del debito de obli. gacion , fino del debito de congruencia) preférir, y enfeñar las- opiniones benignas ; fiendo proba. bles, quelas eftrechas, y riguso(as,como fe probó larifsimamente ¿en mi tomo de las: Propoliciones conden. q4e/4. Proemial, dific.5.. 4 num.30. ad 54» y en cltomo:1.de núeltra Suma, paz.77. 4 num. y % ad 9. dela 2.imprefsion,donde le puede ver. RESPUESTA SEGUNDA, 454 A La razon, que alega el P. Olmo, cn el num. 108. sefpondo, que dicho argumento , es. de D, Diego de. Narbona; tóm. 2. Horat. 12. v0m. 43. (10 excogitado pot el Macítro Prado ) y es el zercero: en numero, que haze rt Mi ce a Ce E a or | A 4 pe Í ra

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