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Numeros 103.104.) 105% $ remendarlo, ño aviendo para ello mas remiendo ue cortar el p dazo, pues. las callejuelas, por don- de V. P. pretende e(currirle,Íon callejuelas fin fali- da para cl intento. Pero pajfemos ya al namer. 103» 104.) 105» : Numeros 103. 104. y 105: 395 Proliguiendo el Reverendo Padre OL mo , en el num. 103 .pagin.7 3. dize lo que fe figue. El Doétor Juan Sanchez , in feleét, di/put.10. num, 6. fue el primero que enícño , le podia ablolver tres, d quatro vezes al concubinario, viniendo con propolito de hechar la amiga ; y elto antes de -aparcarla , eftando en fu poteltad Phylica,y Moral, elexpelerla. Entra el Padre Leandro en elta quel- von, trat. 5 de Penit. difput»7 . quefh3 5. y hguien- do a Sanchez,afirma , le puede ablolver al Concu- binario hafta la quarta vez:y fiendo Sanchez el pri- mero que lacó a plaza efta opinion, fe alargó dicho Leandru á citar por fu lentencia a Medina, Cordova, Angelo, Cayetano, e. Efto tupuefto , atiendame el Reverendo Padre Torrecilla, El Doétor Juan San- chez , haze vn argumento , para probar [a opi- nion , y dize: el que tiene obligacion de reftituir; puede fer abfuelto dos vezes , aunque no aya rel- títuido, como lo tienen Medina , Cordovasircsluego el que tiene la ocalion proxima con la concubina, aunque por dos vezes no aya cumplido la promel. ía de expelerla , podra (er abíuelto. ¿94 En el numero 104. ¿ pagin; 73. ptol- gue aísi el Reverendo Padre Olmo, Elle argu- mento forma Sanchez e paritate , que dezimos ,le- yole el Padre Leandro, y lo que dichos Autores diícurren del que debe re/lituir,los alega,como de- fenfores de la referida opinion del concubinario, y que puede fer abíuelto, »/que ad quartam vicem, quando dichos Autores eftienden fa fentencia ¿en razon de re/fitucion, »fque ad fecundam vice tantám. Pregunto aora, en elto que»vid y y leyó dicho Paz dre Leandro , le equivotó, y engaño? Quien lo duda : luego pudo tambien lucederle lo milmo.en la reípuelta del feñor Araujo: 395 Enel numero 105. dize alsi: Más, cita tambien dicho Leandro por efta lu opinion a Ar mila ; el qual aun del mimo Doétor Sanchez conf, ta,tienela contraria. Alsi mifmo alega al Padre. Maeftro Candido, por la parte que fe puede ablolveg, al concubinario, »/q4e ad quartam bicgm , antes que, expela la amiga. Pues atendamosá ver , que dize el Padre Candido,en la difquifit. 244 articul.27 ¿de- bitat. 5. Propone aísi fu lentic. Dico fexto. Qui domi retinet concubinam , fem ancillam ; cum que frequenter peccare folet , non ef? abjolvendas, 1mif4 concubinam, vil ancillam dimittat y quia exiflit in occaftone proxima peccandistres : 396 Profigue delpaes, y dize: Dico feptimo, Qui cum ancilla , fon aia perfona , der , vel quater in anno peccavit , repentina libidine correptus , Gin co» Fefsione proponit , O" jperat fore , ve nou ampliws reb Part. 6. , ; 305 batur , abfolvipoteft , quia non eft in proxima occafío= me peccandi , cum non fregu:nterd ingust, Elte es el [entir del Padre Macítro Candido , citando A Ja» cobo de Grafis , Benediót no , de quien romo celtas dosconclulñones. Y qué hizo el Padre Leandro? Al dezir Candido , que ú peca con ella no mas que bres y ¿quatro vezes al año, puede ler abluclto, tros vd Leandro , que podia fer abíuelto las tres, ¿ quan tro vezes ¿ que el otro numera de reincidencia, ( veale endicho Autor elta verdad) Infiero,puesy 11 el Padre Leandro fe equivoco ran crallamenté en aquello ¿que dió , y leyó en dichos Autores, por= que no le pudo engañar , d equivocar en lo que le refirielle , O informalle el Maeltro Araujo , fiena do aísi , que no estan fiel, ni tan digno de aflen. lo el oido , como la vi/2a? .AJiiála lerra dicho Padre Olmo en los dichos tres nameros, RESPUESTA PRIMERA. 397 PAra convencer al Padre Olmo ,de, e 3 la falra de legalidad , y de la malá; inteligencia , con que ha referido , y entendido al Padre Leandro del Santiísimo Sacramento, es pre cito tranícribir á la letralo que elte dize, y como, lo dize. Dicho , pues , Leandro ; en dicho traétato 5+de Penitent.dijput.7. queft.25.. Pregunta. An pofsit abfolvs concubinarias »fque dum ex ellat ron cubinem , quam domi fue retiner? Y relpondes; Negant pojJe abfolvi ; mec prima vice , quamvis propos, nat concubinam expellere , mi/i prius ¡lam expellat Margarita Confe/fJorum.Y otros que all; cita,y reñies re la razon en que fe fundan. : 398 — Pafla delpuesa dezir lu fentir , y dize 2 3» lalerralo que te figue. | Sed, probabitius rel. 3» pondeo , polle licite , Jemel ac sterum: ablolvi s»Concabinarium , ante quam cijcjar concubinam:, », dummodo denuo proponar confellario firmiter »» ¡lam , € domo cijcire ( fecus vero , Ñi fpius lam », monitus , domi lux retiner ¿ vel in alía domo, ,s, cui libere ad eam pater adirus. ) Ratio eft,quia s» ¡ex fecunda ,immo , $ ex-tefíía , aut quarta »»: promiísione faéta de reijcienda concubina , aut sa Aligoccafione proxima > non lemiter judicinm gra, 3s ve de defeótu dilpolitionis perniten. is; ergo lis »»¡€lié porell ablolvi. Sic Medina lib. 2, fumn.capa 3» 14. fol. 280. Cordub. queft.4. corclario 8. fol, » 27.lccr contrarinm fenterit, fol.21. Augelo s» verb. Confefsío 6. Tabiena ver/ Concubinstos urna 5, 2. Suarez di/put.32.Jctt. 3.mum,3. Cayecioosy 3» Armilla , Se ali, quos ciar, áz leguir rc Sant. sa Uf puts 19. Mumero 4. pagin. mibióo. Candidus s»loco gitato y dub. 5. papin.76. 82 apud ipíuar sy Graus ¿Llibr, 1. decif]. aur,cap.28. numer.1 35 ) Veale tambien el miímo Leandro , ibidem quel; 51. Af dla letra el fobredicho Leandro y en ladicha queftion 35, y nada mas ym de diverfo. modo. Aoray ES. : 399 Relpondolo primero , que el Reveréns Ccz da » ' Ñ 0 1 10 8 5 IBshA En 108 pu ol => Pa. Y a e
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