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2912 5, Cardinalis PrefeÉti, ac Secrerarij ciuldem Con. gregationis pro tempore exiltentium munite fuerior. Ln quorum fidem hxc propria manu tubicriplimas , « tigilli noltri impreísione com- ,, Muñici, ac eypis mandarí lulsimus. Datum Ro- »» mz die fecunda Auguíli 1631. 2> » » RC ardival. Vbaldinus. Locus Ak Sigilli. Francifens Pautius S. Cong. Secret. El (obredlcho Decreto le trae á la lerra el Doétifsi- mo Aguítin Barbola, de iure Ecclefsaftico, lib 1. cap. 4./ub num. $3. y Je elle he rraníccipto yo : y con efto pallemos á las relpueltas. RESPUESTA: PRIMERA. Elpondo lo 1 , Que elte argumen- to no esdel.calo , que le vá ven- tilando: porque aqui no fe vá ventilando lo que di. xo el Señor Araujo en lus Decifiones , fino de lo que el P. Leandro del Sacramento depone aveile oido de lu boca, confultandole lobre el calo: y (14 efte le le deba dis entera fé en lo que depone co. mo teftigo de oido inmediato? A lo.qual refpondió V.P.enlu Tratad Moral, pag.191,04m.5. negati- yamente:y no dió por motivo V.P, para negarle la entera fe, el quenoconfava autenticamente , que el Sen for Araujo le refpondiefJe efJo : ni producia teftimonio autentico de averlo oido; ino que los motivos, que V.P. dió para no darle la entera fe , fueron ; perque | era uico deponente , y de oidas , que es otra circunflan- cia ,G7'c. Las palabras de V. Paternidad fueron el tas : Pues como quieren que demos entera fé en vu punto tan grave al Padre Leandro , fíeudo el vuico deponente , y de oidas (que es obra circunflancia) interponiendoje »no Bula Apoftolica , y el bien co- mun de las Religiones ; las quales quedan tranícrip- tas arriba en elta Subleccion , num, 113. Elto es, Padre mio Cariísimo, lo que le ya ventilando, y lo que yo refuté en mi Apologetico , y queda traní- cripto arriba , num. 114» halta el 124. y defde el numero 86. delta lu Apología de V.P.R. va V. P, procarando (alvar lo diche, y. defendiendolo : y yo al contrario , delde el num, 146. halta aqui, impugnando lo que V. P. alega para jultifñicar aquello que dixo , y purgaríe deello. Vea, pues, qualquiera medianamente inteligente: Ái cíte ar- gumento es del caío quele vá venrilando? Y. P, dá a entender que ú en el principio del.mum.9s. ibi ; Mas ; Utro argumento confequente a la dectrina referida. Pero que no lea del calo que le vá ventilando , lo co. nocerá , de lo dicho , aun el que menos €n- tienda, 290 Subfeccion acercadel Articulo 3: RESPUESTA SEGUNDA. A lo que dize V.P. R. inmedias tamente a lo dicho; Ni como dize Torrecilla , en lu Confulta citada 6. num. 1 40. Que vo es facil convencer con demonfiracion alguno , que no fe aya fuplicado de ls Conftitucion Vrbana? Eftraño la tal pregunta en vn Lector: y á ella: 292 Refpondolo 2. Que yo en dicha Con. lulta 6. pule mi fentir en dos concluliones : y en la primera conclulñion , num. 1 37+P42. 134. dixe, 291 - Que la tercera lentencia , no folo es probable, lino evidentemente probable : y no folo es proba. ble Jpecularive, lino tambien praétige : 293 En el num, 138.: dixe aísisY que lea probable , [e prueba : porque por vna parte tiene 4 lu favor baftante probabilidad extrinfeca ¿en los graves, y doétos Maeltros citados , fupra: um. 7 $. y 9. que, d llevan dicha rercera lentencia ab. folutamente, d la tienen por probable ; tiene afsi. miímo la probabilidad negariya de fátisfacer a los fundamentos contrarios: y tiene tambien la politiva , como fe vé en los fundamentos , que por ella quedan alegados , d de primera inftan= cia, ó con ocalion de relponder á las objecio= nes contrarias , delde el mum. 14, hafta el mum, 132. Qué , pues , la falta , para que no fea probable, 0 por mejor dezir , para que noten. ga omnimoda probabilidad ? Nada cietro: Ergo, LC. 194 En cl num. 139. proligo aísi: Y Ñi tos davia quiliere alguno tencrla por improbable , (es rá necellario, para convencerlo , haga dos de- monltraciones : la vna , con que mueltre , que di. cha opinion no tiene tandamento alguno proba. ble: y la otra , con que convenga , que no tiene dicha opinion autoridad externa, que baíte para hazer probabilidad extriúfeca ; además , que Á no tiene fundamento ,d li lon leves en-los que eltriva , pregunto ; Cuf ergo non eh ¡am demonfirasin vé elifa? Ergo, Sic. 295. Y enel numero 140. (que es el que res fiere el Padre Olmo) profigo aísi:Y queno fea facil convencer con demonitracion alguna, que no fe aya luplicado en nombre de la Mageltad de el Rey Nueftro Señor Felipe Quarto de -la Conftitucion Vrbana (que es en la que confiíte toda la fuerza de la comun, y quarta opivioa ) y que vna vez oida la dicha fuplica,no fe aya revocado , por fola la tacirurnidad de el Sumo Ponufice, paset ex fe: pero dada, y no conce. dida dicha demonítracion , few adbue demonf trado ,que no aya avidola dicha fuplica, ni di- cha revocación ; como [e demueítra , que las declaraciones de Clemente , y Vibano Oéta- vo, fueron ablolutas; y generales, y no de fus particulares indultos 2 Pues á todas las razones, que halta aorale han alegado en contra, fatisfa. ee probablemente elta sercera Ísrencia, como he-

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