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Numero 838. “ 277 Numero 83, 161 Profiguiendo el Reverendo Padre OL mo,en el num.S 8.4 paz. 69. refiere lo que yo dixe arriba, mum. 115. ( y callandote lo que dixe en los numeros figuientes)y proligue aísi: no ha querido entender efte Padre, lo que a cíta refpuelta le inte en la /eeción fegundá de mi articulo. 7. pero lin re- currir á ello, le reconvengo con la relpuelta pala da,y el exemplar del Eminentifsimo Baronio , que en razon de varon doétiísimo , pijísimo , y demás circunitancias , no debe cola al Padre Leandro, y en quanto á lo demás, le juzgo por de prendas , y clafe mas elevada ; y fin embargo, no le ofendie. ron los Autores, que le impugnaron. Defpues re- rocaré elte punto de muevo , veamos algo mejor, * Afsi dicho Reverendo Padre Olmo , en dicho numero. RESPUESTA PRIMERA: 161 Efpondo lo primero , preguhtana do al Padre , como pudo fu Pa. ternidad inftar contra la dicha mi Refpuefta , en la Jeccion fegunda de fu articulo 7. Si quando efcrivió dicho Padre Tu Tratado Moral , ¿imprimió lu di- cha feeción fegunda , no avia yo dado dicha relpuele ta? Pues quando dicho Padre imprimió dicho fu Tratado , fue el año de 1697. y la tal relpuelta la di yo en mi Apologetico , que le imprimió el año de 1699. Debió de hazer la tal inítancia,á la dicha mi refpuefta, por la imaginaria, que de otra fuerte no pudo [er : Alsifon las colas delte bédito Padre, RESPUESTA SEGUNDA. 163 Efpondo lo fegundo , queá todo lo que dixo dicho Reverendo Padre; en la feccion fegunda de fu Articulo 7. no fo- lo fe le refpondió ( y mas abundantemente que di cho Padre quifiera ) fino que fe le refitó eficacifsi. mamente en dicho mi Apologetico, apacin.292. ad315.4num, 5. ad226.donde fe puede ver, y alli (e vera , (1 le he querido entender;ó no? Aísi es todo lo demás , que dicho Padre Olmo dize : lo cierto es , que dicho Reverendo Padre no le ha arrevido 4 repetir muchas colas de las que alli di- xo, por hallaríe convencido de mis inftancias: Y fino yeale el dicho primero, del numér. 50.de la dicha feccion fezunda , de fu Artical, 7. tranícripto, y refurado arriba, d¿numer. 105. ad 111. y (eco. nocerá de que calidad es la inteligencia del Padre Olmo ,'acerca del doctifsimo Padre Mendo. Y veale alsimiímo , lo mucho quee dexa de mentio- nar de dicho aumer. $0. (que repardl en quatro din ehos) y queda abundantifsimamente refurado to- do, en dicho Apologetico , 4 pagin, 293. 4 numer. 19.«d 50. y veale alsimifmo , lo demásque dixo en dicha feccion fegunda del Articul.7. delde el mu- mero 51.haltael 60. (en que termina dicha fee cion fegunda ) y la refutacion de ello , en dicho Part. 6, Apologetico, 4 paris. 298.2mum. 51.41 2126; y de mis reípueltas, y refutaciones , fe conocera claramente el motivo de no retocarlos, ni men. cionarlos dicho Padre Olmo, y defpues de todo eflo , nos dize aqui dicho Padre: Que no de be que- rido entender. Miren,que bueno? a RESPUESTA TERCERA. 164 Elpondo lo tercero, que li el Emía nentifsimo Cardenal Baronio, húvielle vivido ffmul en el tiempo del Apoltol Santiago , y depuñelle , que dicho Sagrado Apof= rol le avia dicho boca ¿boca , que no avia venido 4 Efpaña , en tal cafo no avria hombre cuerdo y que no le dielle la entera fe , que le era debida á dicho Eminentiísimo Cardenal , por lu gran autoridad: y quien le negalle el credito que le era tan debe do, le ofenderia mucho en ello. 165 Y elte es nueltro calo , porque lo que depone dicho Leandro , lo depone averlo oido inmediatamente de boca del feñor Araujo : y dew zirle 4 yn Autor tan grave , y vetidico , que dis Zc: Ami me lo dixo: yo lo od de fuboca; que no fe le debe entera fé por fer vnico deponente ; cito es lo que no fe puede dezic (in injuria , y ofenfa del dicho graviísimo , y veridico Aucor, Que el impugnar 'vnos, y contradezir vnos Hiltoriado. resáorros, con fundamentos Hiltoricos contras rios, nies injuriofo ,ni ofenfion del impugnados por lo dicho arriba , numero 146. y 147. Y con eíto paflemos al num.$ 9 .y 90. Numero 89.» 90, 166 Proliguiendo el Reverendo Padre OL: mo , en el numer. 89. pagin. 70. dize aísi : Para lo qual me ha parecido proponer yna grave doétri. na, que ferá clave, para cerrarle enteramente la puerta al Padre Torrecilla, a femejanres cfugios. E! Padre Leandro de Murcia, en lu doéta expol cion , lobrela Regla, q4e/h. 15. al cap.z . mueve elta queltion : Ss la bebida del chocolate quebranta el ayuno: (?*e. ( y profigue dicho Padre Olmo, lo que dize dicho Leandro, en los numeros 86. y 90. Pero yo los referiré , con mas claridad que dichd Padre Olmo, y luego verémos,que eslo que infies re de cllo íu Parernidad Reverenda,) 167 Dicho, pues, Doétiísimo Padre Murcia, en la dicha:¿ue/l. 1. ¿pagin. 191. enel num.2. dize , que la primera lentencia es de Efcobar y Torres , y que el Padre Thomis Hurtado , en vn elpecial Tratado que de ella hizo, tiene con los dichos , que el chocolate es effencialmente bebida , y algga por fu opivion al Macítro Antolinez ,yW Fray Bafilio de Leon , con muchos Macftros de la Compañia de Jelus ,de San Bernardo * y de-nucle tro Padre San Francilco , á Don Diego de Tranfa miera,al Doéfpr Luís Ramirez,y a Pellicer : y dela pues pone los fundamentos que alega dicho Thos más Hurtado, por la dicha lentencia, Aa Y 4 A

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