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AAA AC ELN DIRA A a Sd o = 256 Franciíco de Araujo, Cathedratico de Prima en la Vniverlidad de Salamanca , y defpues meritil- fimo Obilpo de Segovia , que lo rel pondió aísi, confultado fobre el punto, al Reverendo Padre Fray Leandro del Santifsimo Sacramento , que lo veltifica alsi , tralf. 5. de Penitent. difput. 11. gue. 58. in refponf. ad fertum, Y lo milmo depone averle oido , yá que no in terminis, 4 lo menos en femejante caío , el Reverendo Pa- dre Fray Chriltoval de San Joleph : Receptarum opinionum Moralium , Tomo 1. in explicatione Bum lie Cruciate ,part. 1. dubio 2 numero +3. pagin. mibi 131. Y ambos lo tienen por fuficientiísi- mo ,y verdadero , en lo qual no parece puede dudarfe , ino es que fe ponga dolo en la verdad de tan grave Religiofo , y lanto Prelado , d en la depofi.ion de relligos tan abonados, y tan mayo. res de toda excepcion , con injuria de aquel , dde eltes 4 quefe juntan las congeturas (guientes, que confirman o levemente lo dicho , ó nos dán fuficiente fundamento para que lo creamos af í. 4 Lo primero , porque dicho' Leandro, aviendo divulgado lo dicho en lu primera imprel ion del añode 1641. explicando el nombre de dicho Iultrifsimo feñor Araujo, y aviendole im. an el doétifsimo Padre Macltro Mendo: delpues en la legunda imprelsion hecha el año de 1654. fiendo Obilpo de Segovia dicho feñor Araujo , lo buelve a repetir , explicando tambien, que fue dicho feñor , el que fe lo dixo. Ylo milmo divulgó dicho Fray Chriltoval de San Jo.. feph, en el Tomo dicho , que dió a la Prenía el año de 1656. fiendo toda vía Obifpo de Segovia, el fobredicho Araujo ,lo qual no le atrevieran 4 hazer en manera alguna , fino fuelle afsi. Ni di- cho feñor Obilpo Araujo , pallára porque le lu- puliellen ello , pues no parece verifimil , que no llegafle a fus manos algun libro de los fobre- dichos Autores,ó á lo menos la noticia de quelo divulgavan aísi. 5 Lofegun orque dicho feñor Arau- jo , adhue , viviendo Vidano OÑ%tavo , y depues de dicha Conftitucion Vrbana, enfeñó elta tercera fentencia in voce , como lo dize ex Leandro dicho Chriftoval de San Jofeph, vbifupra , num. 14. y al. fimilmo la llevó , in decifiionibus Moral, traét. +, que. 8, numer. 18. fol. 51.legun el doétiísimo Moya en lus Quertiones Seledtas , tradt. 3. de pen nitent. difput.S. $. 2. num. 18. pagin. mibi 360. Sed fre efi , que nofe debe creer de tan docto, Re. ligiofo , y timorato lugeto , que le atrevicile ¿en feñar la dicha opision , defpues de la Conftitucion Vibana ( y mas viviendo roda via el dicho Vrba. no ) a no conflarle que fe avia fuplicado de ella; Ergo,Wc. 6 Lorercero, porque la praxi contraria de Ja Cruzada, y de muchos Religiolos , de ¿uibms fi pra ¿numero 96.y 97. pagin. 128. del Tomo de las Subfeccion acerca del Articulo y: Propoliciones Condenadas. Y enel Apologetico, numer.4. y 5. pagin.109. quizás le funda en la di. cha Íuplica, pues no [e deícubre apoyo mas leguro ¿en que poder eltrivar, fiendo aísi, que no te pucde prelamir, ni del Comilfasto del Contejo de la San- ta Cruzada , ni de tantos Religiofos , y Religiofas, como la han praéticado , y practican , que quieran ir contra lus conciencias , y hazer nulas, y lacrile. gas las confesiones : Ergo,Scc. 7 Loquarto , porque no esleve indicio de la dicha fuplica , vér, que el Comiflario de la Cru. zada en el Sumario de la Bula , en lengua vulgar Hifpanica , no exceprue á los Religiofos en quan- ro al dicho articulo de elegir Confellor para los relervados , y vér que no aya exprellado nun. ca tal cola endicho Sumario , liendo aísi, que el fe leria medio vnico , y faciliísimo , para quitar del todo la probabilidad de la opinion contraria, Y fiendo aísi ,que mientras los Comiflarios de la Cruzada no exprellaren lo dicho en dicho Suma- rio,ó engañan a los Fieles Regulares en cola gra- viísima , d efta rercera opinion es probable aurbos ritate, CG ratione, fegun el muy Reverendo, y dotto Juan Martinez de Prado , cap. 6. de Bulla, queft. J. $.5.nam.31.parín.276. z 8 Explicaíe lo dicho 4 fmili, porque como bien dicho Prado, mum. 3 2. antiguamente Íe dezia con generalidad en el Sumario de la Bula dela Cruzada, que los que la tomallen podian fer aba Íueltos de todos los calos,aunque eltuvieflen con- tenidos en la Bula de la Cena : y enronces era Opi+ nion probable ¿Que por vicrud de la Cruzada le podia abíolver de la heregía , porque no le exz ceptuava enla Bula elte delito. Y aísi lo enfeñas ron Soto , Cordova , 6 in Ámili , Lorca , Farina. cio, y otros muchos Doétores, le gun dicho Prado. Pero defpues la Santidad de Gregorio XIII decla. rÓ, que no aprovechava la Bula de la Cruzada en quanto á la abfolucion de la heregia. Y alsi,es im probable ya el dezir,que por la Bula de la Cruzada le puede ablolver de la heregia, aunque fea oculra, por averlo declarado vna vez folael Pontifice,co= mo lo tienen diez y ocho Doctores, que cita, y fi gue Sanchez,lib.2. in Decalogum, cap. Y2.num. 10. Y lo miímo el doétifsimo.Mendo, Trallenck > [ga nacio Lobo, y dicho Juan Martinez de Prado,que los cita, y figue, bb; ¡fipra num 32, 9 Y la razon, porque vna fola declaras cion Pontificia fue baltante alli, para que cellalle de todo punto la opinion contraria , fue: Por. que en el traflumpto en Efpañol de la Bula, le añaden aquellas palabras : Excepto el crimen y delito de la beregia , aunque las tales palas bras no eftán cn la Bula Larina , cómo confta de-ella mitma, y lo nora el Doétiísimo Mendo, difp.24. cap. 12. num.126. luego (argumentando a frmili) el medio vnico para que cellalle la proba- bilidad de la opinion, que afirma que la Bula de la Cruzada , aprovecha á los Regulares en quanto

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