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os IO ANN ISR o ra O Hd Y o in ica o MA y eo 148 que fe figue: Nempé, que, Si éx bninfinodi fententijs aliquis pernitiofus error alicui particular Ecclefie ( vel private perfone) fequatur nqn efe intentionem Pontifi= cis ad illias obfervantiam obligare. Aísi el fobredicho Palao. . $65 Delo qual proligo,y conclayo afsi:Sed fre ¿/,que de la lentencia dada por el Ponrifice , como Señor Temporal, y como Juez, condenando á vno á Galeras,d 4 muerresfegun lo alegado,y probado, no parece puedé (égúirte (ui aun cabeJalgun error perniciolo, á alguna partionlar Iglefía : luego falía. mente fupone dicho -R. P. Olmo, que la tal doc= trina (que yoreficro , y aplico de Palao Y Otros ) procede lolo enel lentido tranlcripto arriba , num. 660. Ergo,8Bcc, , 866 Congralo 4. porque tambien es falliísimo loque en el num. 68. dizc-el R. P. Olmo : Nempe, que lobradamenté lo probo alli, como confta de dicho númeraggue queda tranteripro a la letra, fú- pra mum: 632. pues como puede verle en el no trae prueba alguna, que lea ni buena, al mala; co- mo, pues; podrá ter lobrada ? lmó ,niinánúa alli cofa algunare lo que dize aquien el num. 67, co- mo tambien puede verle allí: Ergo,éc. 867 Pero dado (y no concedido, porque es falifsimo ) que alli lo huvielle,, no lolo infinuado, fino dicho-exprellamente lo que dize aquí en di- «Cho num, 67. hiendo ello tan furil ; y tán fuera del intento , como loes, legun coníta de lo inftado * contra ello, 4 uti. 6524 ( Veale tambien el mum. 650.) ad 665. Preginto al R. P. Olmo, como pus diera verificar lu Paternidád Rev. que lo avia pros bado fobradamente ¿Como? Como otras muchas ablolutas (uyas,queédize, y no prueba: porque qui. zas le parece que lolo el dezirlo fu Paternidad R. es fobrada pruebas y fi fe lo parece afsi,le parecerá por confíguiente,(er fu autoridad, conciliar; 9 Ca- nonica y ¿uaf?, que feria parecer graciolo : Ergo, Ec, A 868. Y en ordena aquello, que dicho R. P, Olmo dize en dicho num.-68, Nempé Cy quando rro lo huviera probado, digo lo que ebfeñor Cara. muel a Fagnano (en otra materia) Quia mánifefta Jfaupponantur , 7 in dubium minim? revocantar. 3 Afsi dicho R. P. Olmo. Miren qué búuetio > Y quan del cato ? Juaguelo qualquiera ; quetenga yn adarme de inteligencia: que elte baltara,pára que cotexan- dolo con todo lo dicho , pueda juzgar. quan mal aplicada venga , ¿loque ventilamos » la autoridad del (eñor Caramuel: Qaia manif.faytre, 869 De lo dicho podrá reconocer el R.P, Olmo, que aquello que me dixo en el principio del numero 67, Macho campo mos defeubre efte Pa- dre , con a refgida doótrina , que eflrañarán los Dottos, y Difireros. Sie lo huvielle- aplicado 4 si proprio, y á lus'breves razones (a(si las llama ir Paternidad Rev.) le viniera a pedir de boca, y ño huvie- raerrado cltiro, Y con efto pallemos al yum. 69. Seccion 2. acerca del Articulo 2.;* Numero 69. 870 Profiguiendo el R. P. Olmo , en el mum, 69. 4pag.3 5. dize A la lerra lo que fe figue : Y alo que dize, que Vibano VIL, condenó millares de inocen—. tes Religiofos , y Religiofas, (e. Le relpondo lo pri. mero , negandole mil vezes el lupucíto , de que condenó millares de inocentes ¿ porque no le pue, den tenet por tales Religiofos , y Religiofas ¿que deben laber , baxo pecado mortal , todo aquello, que es de lu obligacion, afsi de Regla, y Conítitu- ciones , como de los mandatos de fus Superiores (como dexo allentado Articulo 1 «¿n fine) pues como en lasReligiones,donde fe profella elto de relerva- dos, aya en todas Conftituciones , y mandatos de los Soperiores ( y alias, le les ayan promulgado las Balas de Clemente,como delpues probarémos) en que fe les prohibe'el vío de la Cruzada para dicho efcéto , es ageno dé razon dezir , que el Pontifice Vrbano condenó millares de inocentes sy el fu puetto el falGísimo. A/si dicho R. 2. Olmo ; en dichá numero d la letras Refutafe dicha refpuefta. 871 $ Ed contra efl: Lo 1. porque es digno detoda eltrañeza,que aya hombre doéto,que pueda negar mil vezes vn fupuefto,que no avra hombre cuerdo ,quefé arreva á negarle,, adbuc vna vez lola , qual es el fupueíto de nueltro calo,ó de lo que yo cigo en el. $712 Y fino, pregunto : Qué hombre cuerdo avrá,que ño diva que los Religiofos, y Religioías, que depues de la muerte deClemente Vil. eligie. ron Confellor para que les ablolvieíle de los refera vados , en vittud de las Bulas dela Cruzada , que avian concedidoLeon X.Paulo V.y Gregorio XV. avian obrado en ello con buena fé (y por confiz guiente procedido en ello inocentemente ) pues lo avian hecho enfe de ¿lo que opinavan aísi tantos clalicos,y grávilsimos Dottores, como fon lós que fe refieren en mi Apologetico, pag.34 nxm.1. que eran de fentir,les aprovechavan las Bulas concedi. das por dichiosSumos Pontifices para el dicho efec. to (y ello memo llevan oy otrosmuchos, hala en húmero de mas de fetenta, entré aquellos, y cltos) el qual opinamento , no avrá cuérdo que diga , no era baltante para elcularles de mala fe , y para que inocentemente procediellen; como procedieron, 4 hazer las tales confesiones , en virtud de las rales Bulas de laCrazadatporque el que obra legun opi» nion probable,o que la tiene por tal, no avrá cuers do alguno , que pueda dezir con razon, que obra en ello con mala fé. A que haze lo dicho arriba,, 4 num, .759.ad 764. y en otras partes. 873 Áquefe añade : Que fila opinion de vn folo Autor,fundada en razon fuerte, y con las cali. dades requbíicas , bafta para la feguridad de con. ciencia ( y por configuiente para que el que la fi gue obre con buena fc, pues no cabe la mala £, er e lo

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