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7 Y combpodrá el R.P:Olo verificar aquellor2ooto ¿4nfta delTomo,que cito mepre/Jo año de 167 improfsion.1 3 Siyo munca citó la imprefsion 1 3 .del año de 167 x.ni la avia vifto; pues folo cite á dicho Pax dre Remigio en lu Suma de a f olio,e n lu quarta edicion, añadida por el meímo, imprella en Madrid en la Imprenta Real el año de 16 5 3.en el tr.5.capis.5 40m 5 e p-286u (Lolo cite yo la guarda edicion del Pa, Remigioshecha en Salamanca el año de 165 3 Como(buelvo á preguntar) podra verificar, que yo cito la imprejsion1 3.del año 1672. y como aquello: Pero 4 la verdad,ni el P. Remigio dize tal, vi aun lo infonras la, dize exprellamente en la impresion quarta del año 16 53.que es la que yo cito»Elfo juzgaenlo los detx interellados;y Ái es injuria grave, e improperiolo el imponerme, que yo levanto lo dicho al P. Remigioy poniendolo de mi cabeca (/cx quod idem e/P) excogitando lo dicho en cabeza de Remigio 2 Lo de dióterios pix cantes, Sc. lo digo,no lolo por elo, fino por lo que dize 1.6.24.2 5.y en los demáz. 18 Aloque dize el R. P. Qlmo en los num.6 7. 8.)'9.cn que procura dar 2 entender fer inverifix millo que yo refiero en el . 4.de miPrologo:digo,que lo que alli reñiero,no Lolo £s yeriimiliísioro, fine real, y verdadero, de lo qual tengo en mi poder dos inftrumentos mayores+le toda excepcion , elcritos de pop mano, y firmados de proprio nóbre de Religiolos del Convento de S,Diego,que fe hallarom en la ocalion,y deponen fer publico lo dicho en el talConvento;y fon tan fidedignos,que legunDetecho no pa tacharlos el R.P.Olmo,y yo puíe tan á la lerra lo que teftifican , que nien vn tilde me aparto, ide ello. 19 AloqueclR P.Olmo dize en el ».7.que el Imprellor de (uLibro remitió el original 4D.Pedro, ddeLeon mi correlpandiente:digo,que es verdad que (ele remició, pero fue quando eltava yá imprello, paca que le lacallle la fee de erraras, y la talla del Contejo: y aísi elto no haze inveriáimil lo que yo refe» xo en cl num, 4D! ex fe patet. 20 - Y D.Pedro de Leon me traxo el tal original fín principios, ni indice; y en dl le dava á entender etava ya Analizada la imprefsion,hendo cito FiMo:porque Lolo eltava imprello hafta el art.10.inclufive,y alli finalizava con la autoridad de S.Bernardo (que efta al fin del dicho,en el art.x2.)y delpues ponia; 21 FL NL. Que fue la caula porque yo dixe en mi Apologetico,tenia en'mi poder(como los tengo'dos exemplares diverfos,que el vno termina en el art. 1o, y cloro enel 12. El primero, fin principios, ni indice,y por enquadernar.El (egundo,que añadia dos Articulos mas,con principios,y indice,y totalmente completos y enquadernado. 22 Alo que dize dicho R.P.Olmo en el 1.9. Que loque alli refiero es mera ficcion,y quimera mis, 70. y gue uo cabia lo dicho,ó el dicho modo de hablar em el MR.P Guardian de S: Diego, ni aun en vn Denadoy y que la debio áfimucha politica, y grande »rbauidad,dfénciones muy dignas de fus graves prendas:y concluye el tal nu mero como e (igue:y alsi,P-Torrecilla,aquello de * Varon tan grade, y doo, * buelvalo al molde;y para otra vez,coordene mejor colas de efla calidad. Hajta aqué dicho R.P.Qlmo, Reípondo:Que todo efto haze mas verifimil lo que me han certificado por los referidos teltimonios mayores de toda excepcion los Religiofos de lu Habito , y dicho Gonventa; porque fiendo ran cuerda, tan religiofa,y tan conforme 4 la fraterna caridad, la tal advertencia del Rmo.P.Guardian, es muy veris fimil,de fa mucha prudencia,y zelo,politica,y vtbanidad, y atenciones dén dicho R.P.Olmo; muy dig4 nas de (us graves prendas, el que [e la hizicffe, y mas con la remplanga con que le la hizo : lo qual caba muy bien en dicho P.Guardian (y el tal modo de hablae en fin cortelania,y gran literatura: Que cada vna babla como quienes) lo qual no venia bien en vn Donado: y en fin,yo referí lo dicho a la lecra,fin inmutar, vi apice,Di faltar alo que le me teltificava,ni al modo con que fe me tellificava. 23 Y para que el M.R.P.Olmo le delengañe en elte punto,quiero añadirle lo figuiente:En 27.da Noviembre de 1699. me elcrivió vna carta vno de los dichos lugetos fidedigno , del tal Convento da Alcalá,de lu propría mano,y con lu proprio nombre (la qual cafta queda en mi poder) y entre otras cod fas,dize lo que le figue. 24 Hallegado aquí el Tomo 4.de V.Rma. y hemos leido el Prologo, 'y vamos leyendo, y apreng diendo en el,y enlas pocas hojas, que hemos leidoshallamos fer obra, perabajo graviísimo,y correlpona diente alos muchos con que V.Rma.ha honrado laR eligion,y vrilizado a los eltudiolos;y hemes nota do con todo reparo lo que VaRma.dize acerca de la adveirencia,que le hizo-elM.R.P.Guardian de elta Convento alS,P.Olmo,que pudo,y debio elcular eftos trabajos, que no pueden dexar de aver Gido grans des,c impedido a V.Rma.otras Obras;y no nos pela de que dicho R.P.Guardian le hizieffe la tal advera tencia, para que todos vean obróge fu parte quanto pudo; y le hemos vido dezir: Que ojalá lo huviera fabido al principio,que por si , 9 mediante fuperior brago sle hayiera embarazado la imprefsion , halta que borralle el blanco de fu obrazy no creemos, que alguno (hi tiene pradencia,y buena intencion) ten ga a al,que dicho M.R.P Guardian le hizieíle aquella advertencia tan debida a lu obligacion, Me. Y profigue otras miehas cofas al mifmo ¡utento. 25 Pero aun mas: Para que dicho Rmo.P. Olmo conozca quan malpareció 4 los cuerdos de [Saa grada Religion el ral tratado,y modo de proceder en él:cierto Rmo. P. de los mas graduados de efta (14 Provincia de Caftilla, refidente en el Convento delta Corte, me embió a dezir con vn P, Ex Provinciah . ds mi Provincia, Digale al p,Torrecilla, que he vilto el Libro de Olmo, y sé que efta sefpondiendo á ¿lx 4114 Qu

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