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Numero 67:63. y 64 0 inis réfpueltas [que eto es muy 'ordimario en di. cho R. P. Lector General ) no debio de tener que inftar contra ellas , ¿to menos nos dá fundamento para que lo prelumamos aísi. Veale lo dichó en nueftro Apologeticoyá pag. 45.4 num. 1 42.0d 146. Y 147.47 MIM.AFO-L $1. 1S 2 826 Añado aora, que el P.Remigio, (iguien do fu diétamen, podrá dezir: que Vrbano VlUlen las didhas dos clauíulas, en que legun Lumbier, el P.Olmo, y Remigio declaró nulas las confelsiones hechas delde Clemente Oétavo : Non edidit Decrez tum pro »niver/als Ecclefis :puesno labio en ellas con los Seglares de la Iglcíta : /mó ¿ni con los Cle. rigos Secuiares de la lgiela: limi ¿ni con todos los $ IS : Religiotos,y Religiofas de toda la Iglefa ¿ pues no habla con los Religiofos, y Religiolas de Francia, Alemania, Polonia, Venecia, Saboya, Genova, Ro- ma, y otras muchas partes en que no ay la conce( lion dela Baladela Cruzada : /mo, ade en aque- llas parres en que ay el tal Privilegio de la Cruzá- da, no habla con todos los Religiotos, y Religioías de dichas partes ; Íno lolo con aquellos , que en ellas hizieron confeísiones en vitrud de la ral Bula en dicho tiempo. : 827 Y enmi lentir no habló tampoco con los Religiofos , y Religio(as de dichas partes, que avian hecho confeísionés en virtud de la Bula de la Cruzada deíde el tiempo. de Clemente Oétavo; fino lolo con los que avian hecho confelsiones en virtud de la dicha Bala ¿ en aquel año del fegundo * qsinquenio de WVribano Octavo ; 9 de la fegunda concelsion Vibana dela tal Bula de la Cruzada, ue lerian muy pocos, y quizás ninguno : luego mal le podrá dezir, que en lasdichas dos claululas dió Decreto pro vniver/ali Ecclefta ; pues habla con muy pocos, y que quizás no avrd'alguno compre- hendido en ellas. Veale lo dichio arribis4tum.765. ad773. $18 Añado tambien aota lo 2. Que aquella elauíBla, In maximum flatus, E regularis obfervantit preiudicium, elta en la narrativa de la Conftirucion Vibana, $2.40 fine, y ho (on palabras del Ponrifi- ce,fino de aquel, d de aquellos que le informiarón, ibi: Núbilomimas , Áícat nobis , non fine aaimi mo- le(tía innotuit, novnulli erdinis,Orc. Profigo , Y COri- cuyo : Sed ficefh , que no le ha de arender a las claufulas ¿que eftan en lá narrativa, fino lolo a las que le ponen en la diípoíitiva , como fe dixo arri- ba, mm.776. y le probo difulamente en mí Apo- logerico, 4 pág. 1 81: 4num. 41. 4d 47. Veabetami- bien, ibidem, 4pa7.211.4n0m.13 1.44 135. y pag: 215.1mum.157.y 158. Ergo,8c. . 829 —Encelmum. 64. pag. 3 4. nos buelve 4 re- perir el R. P¿Olmo, lo que nos avía dicho eu los tnmeros $195 2.pap.3 1 convienea laber, el efira- ñar mucho, ¿ne yo no huviefJe hallado la imbrefsion 13. de Remivio, y quee/le fo retrató (que en elto de repe- ticiones , tiene gran facilidad la Patetnidad R.) Peroacercideeilo ; veale lo dicho arriba , ¿ num, 6 y 4.ad678.X yeale tambien cl num.7 2 7. | 143 $30 Y enel fin de dicho «ue. 64:añade di cho R. P. Olmo ; vna de las arrogañclas que acol. tumbra, y que ¡e fon tan familiares; pues dizc:Que” 10 podre evadirme ( con el pretexto de Remigio ) de los Jobredichos inmeluétables argumentos, que quedan referis dos.Miren, poramor de Dios; los inteligentes , Á esbarro la ral arrogancia? Y ponderenjultamente, lo ineluétab:e de los rales argumentos! Ellraño moz do de hablar ! Y más recayentlo , como recae, Los bre argumentos emnino futiles, como qualquierá conocerá! Y con elto pallemosal num.6 5 y 66. Numero 65, y 66, 831 Profiguiendo el R. P. Olmo , en tl nun, 65.4 pag. 34. nos repite lo que nos avia dicho eñ fu Tratado Moral,pag.3 2.mm . 10. que á la letra es como fe figue, 832 Intenta reforgar fu doétrina el R.P. To. rrecilla (la de Remigio debiera dezár; fi procediera coi la legalidad que es razon) y en el numi6 3 dize:Y que el Pontifice aya hablado , no como Pontifice, ind como Doctor , 0 Juez , parece lo han de dezit to. dos los que jtzgan, que quando el Pontifice dá al guna fentencia, acerca de las colas hechas, que erh tal calo no fe dize , que la dá en quanto Pontificez fino en quanto es.vna perlona particular. Aísi lo tiene Caltro Palao tom, 1. traét, 4. difp,1. punéto 5. 5.3. mum. 1. y dize ler doétrina comun, y cierta; apud omnes. Hec Torrecilla. Pero (farva pace ) no juzgo del caío la inftancia ¿ porque el Padre Pelad dize muy bien, mas es diverío el allumpro 4 lo que dize es: Certameft apud omnes , Pontificem ex malia tia , vel ¡gnorantia errare po/Je , in fententia aliqua fem rendacirca res goflas poteft enién iinocentem condem_ more, 5 rem abfolvere ; neque enim tune dicitur Pons tifex ; quatemas talis errare ¿fed quatenás e/2 quedan Jpecialis perfona. Hec Palio, : 833 Alsiá la lotra el R. P. Olmo en los luga:: rescitados : y en el mum. 66. pag. 3 5. delta lu rela pucíta Apologetica , refiere parte de mi refuraciori alo dicho (que dicho K,P.llaia refpuelta,confun. diendo lo vno con lb otto , aviendo, cómo áy , luz ma diferencia entre cefutar vna doétrina, d propo= fición, y telponder 4 ella, como totlos laben) : Pe to para que le vea mi refuraciony y campee mas, ld que defpues dixete contra ella dicho R. P quierd tranlerimbirla a la letra,y fue del tenor figuiento. Refutafe dibba evafon. 834 DD” el Padte Olmo , que dicha mi inflancia no es del cafo: pero no prueba por donde no fea del calo, endo afsi, qué lu Parefnidad nos dize en hi paz.82.94m. 5. que yo bafta deziríe , fino fe prueba ; y alega para ello vr texto del Derecho Canonico, y á vna Glofla, otra del Civil, y á Felino, Jaflon, Parifio, y Menqchio: Pero ya que lu Paternidad no prueba por donde mi inftancia no Íea del calo , quiero yo probarle que lo es,y may muchos Cotá
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