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- O " -. o 120 ala verdad, ni el P.Remigio dize tal; ni aun lo infónsa, Es verdad elto que V.Parernidad dize , 4 la verdad: Es cita la legalidad , que V, Paternidad nos ofrece en lu Prologo ( del Tratado Moral ) en ecterir lo to- cante 4 cfta cólebre difputa , Ó lo que los Auroces dizen acerca de ella? Y o no sé como le entienda, ni debamos entender aquella legalidad, que V.Parer- nidad nos promete alli, pues la execucion es á ca- da pallo contraria a ella? ¿ 636 NiV. Paternidad lanea, ni puede fanear efto con aquello que añade; como conlta deltomo que cita imprello «ño de 1672. Impref5ion 1 3. por- que antes bien , elto es otro nuevo defecto de le- goalidad ¿ porque pregunto : Donde cito yo el ral tomo imprello año de 1672. imprefsion 13. Muet- trenos Y Parernidad en mis obras la tal cira? 637 A dicho Remigio le ciro-yo en dicha Conlulra 6. pag.1 1£6...um.8, delte modo, y con ef- tas palabras.La miíma fenrécia uencR emigío en lu Suma de a folio, imprelsió quarta del año de 1653. bracÍ.s.cap.; .$» qa ÑUIR Ge pag.286. Len la paz.288, S.El Padre Leandra,dize. Te. Diganos V P.aora,en qué otra parte de mitomo le cito yo , como V.P. dize que le cito?Y li no puede monitrarlo,como es cierto que no puede , porque tal cita no fe hallará en mitomo. Buelvo a preguntar, Elto no esquerer pretextar, d encubrir yn defeéto de legalidad, con otro legundo defcéto ciu/dera farina? ; 638 Cierto, que he hecho quantas diligen= cias he podido por encontrar via imprelsion de dicho Autor del año de 167 2.Imprefsion 13. y no la he podido delcubrir : porque aunque la he encara gado á D. Pedro de Leon ( por avertu Padre im- prello varias vezes la dicha Suma ) que me dize fe ha imprello más de veinte vezes el tal libro , no ha podido tampoco dar con ella: y cierto que me hol. gara encontrarla ; porque por las experiencias que tengo de femejanres faltas de legalidad en el Tra, tado del P.Olmo, me folpecho, que en ella ayia de hallar nuevo fundamento, para apoyo de el tal de- feéto. 639 Pregunto mas al R.P.Olmo; Si Remigio no huvielle dado la tal relpuefta , que ¿ae acumula que yo le finjo ¿4 qué fin pudiera yo ordenar ello, O qué motivo podia yo tener para hazer ella falla fupoficion: Y a lo dize clarito el P.Olmo: y qué tal que es ¿L ya lo veremos en lu tercero dicho ¿pero rimero es menefter ,que vcamos el legundo, al qual ya pallo. DICHO SEGUNDO. € 640 E” R.P. Olmo , defpues de aver di.. cho lo que fe, ligue. Y refpon- diendo 4 vn argumento, dize el Padre Torrecilla en cl num. 62. 4 efle argumento refponde el P. Remi gio, que Vr bano VIII, en dichas clanfulas , mo habló co- mo Pontifice definiendo , fino como Doétor , lo qual in- tenta probar,y aprueba mucho. 641 MIR.P¿Olmo ¿lo que yo digo defpues A 2 Seccion 2. acerca del Articulo 2; ' de las dichas palabras de Remigio, es lo que fe 6. gue. Y que cl Pontificg en dichas claululás no aya hablado,como Ponrifice, fino como Doctor, ú co. mo Juez, que juzga de fattá /ecundum 0pinionem mi dasam , parece lo han de dezir todos aquellos , que juzgan , que quando el Ponrifice da alguna (enten. cia acerca de las colas hechas , queen cal calo no le dize , que la da en quanto Pontifice .ino en quanto es vna efpecial períona conftituida Juez de las dichas colas : y para cíto cito a Palao, que dize fer doctrina cierta, «pud omnes, y para lo milmo ci, to a Suarez,Covarrubias, y Calpenfe. 42 Áora, pues, pregunto al'R.P.. Olmo: Es lo miímo dezir yo , parece lo ban de dezár todos áquen líos ,(7e. que aprobar yo mucho la dicha opirion de Remiglo? Aquel parece, con que yo hablo, es ana mento de aprobacion , 9 diminucion de ella + No creo puede hazer razonable juizio , de que cl ral parece €s aumentarivo de aprobacion, lino antes bien , diminutivo de ella ; y li juzgare ,como diá entender que lo juzga, o por mejor dezir,como lo exprella, diziendo , y aprueba mucho , le ráran los Doétos de ín diétamen. 643 Y lino inftoalsial Padre Olmo: Quando lu Parernidad profiere vna propoficion en el Pul pito , de aquellas que no (e pueden proferir abíos lutamente , porque ferian dignasde delatarfe , dix chas ablolutamente , y para eximirla de elle peli: gro, la dize con la limiracion del parece , es aumen tativo de aprobacion, antes bien; diminutivo de ella ? Creo dirá eíto vitimo: porque lo contraria tendria mal labor en tal caío., ú la ral propolicion le aproballe, y le aproballe mucho, Saquele , pues el Padre Olmo la confequencia , y verá, que en lo que yo dixe no aprucbo mucho la tal Opinion del P. Remigio. 644 .Y li contra lo que yo dixe, de que en las dichas claululas , reltriéhasá la fentencia de nulis dad, que da el Ponrifice Vrbano acerca de las coma feísiones , que le hizieron delpues de Clemente Oétavo , hata la dara de dicho Breve de Vibano, como lo fiente , no folo el dicho Remigio , lina tambien el Padre Olmo , y Lumbier ( aunque ya acerca defto exprellaré lo que juzgo, quando pon ga mi fentir ) parece lohan de dezir todos aque llos, Bcc. tuviere algo que alegar, y le parece no fer defenlable eu aquellos terminos, produzgax lo, y le le relponderá. 642 DICHO. TERCERO. Rofigue el R.P. Olmo, y lsignans do el motivo, que yo pude tener en imponerle (0 fingirle ) al Padre Remigio dicha reípuelta , dela qual dexa dicho : Que el Padre Ro” migio , ni dize tal y mi aun lo infíuta , dize lo que le ligue. El tal argumento fe fanda en vnas clalulasde la Bula de Vibano :1nf ecula (de que m chas vezes, y exprof/J: trataremos) con tal fuerza, que le haze ing 645

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