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26, EA 110 í es barro la diferencia de vn modo de hablas á Orro? 549 La autoridad que cita del Macítro Lumbier, pegin.5 2. verf. Y aungue , no la he podi- do encontrar, porque no nos cita el tomo,ni el año dela impreísion : y en los tres tomos que yo ten- go del dicho, que lon, La Suma de Arana, Eragmen- tos, y Propoficiones Condeñadas por [nnocencio XT. del año de 1680. y 1684, eltán continuados los fo- lios en todos tres, no he podido encontrar con la tal autoridad : y como por vna parte , dicho R.P, Olmo, no nos refiera las palabras de Lumbier(co- mo nosrefirió las de Palanco , aun con no favo- recerle efte en cola alguna , como hemos vilto) y como por orra ,Íca ran achacola , en materia de citar legalmente la autoridad del Reyerendo Pa dre Olmo, fufpendo el jnizio, halta que lu Parer- nidad nos le cite ; demodo, que podamos hallarla, y vér lo que contiene la tal autoridad de Lum- bjer. syo Derodo la dicho halta aquí deíde el mun. 515» Inteco , fe le puede aplicar al Reveren- do Padre Olmo , aquello que fu Paternidad me aplicaya á mi( fin venir ad rem la aplicacion, por lo qual la omiti ) en el nmumer. 3 6.pagin.2.7. toma- do de San Aguítin , que dize alsi; Namfi ea in mee reprebendis, que reprebendenda nou fnt, de ledis man gis, quam mes quod abfit, vt hoc facias voluntate lez dendiculpansinme aliquid, dente maledico, quod men. te Veridica feis non efJe enlpaudum.Epif. 1 5. y con elo to pallemos al numero 43.y guientes. Numero 43. 44. Y 45. 551. Porquetodo lo que alega el Reverendo Padre Olmo en los dichos tres numeros, es contra lo que yo dixe en mi Apologetico, pagin.2.9. mum. 11.12.) 13. paraque campeen mas lasinftancias dedicho Reverendo Padre ,es precifo reperic lo que alli dixe , que fue á la lerra como le ligue. 552 Relpondo lo quarro,que aquello que dize el Padre Maeltro Olmo , y mo pocos Jin aver ef crito enel punto »na linea , parece que apela lobre los Doétiísimos Maeltros Antolinez , Curiel,Cor- nejo , Hernando de Campo, y otros, de que tel- tífico elte: y acera de cali todos los Monafterios de Salamanca, Sc.que aunque no han efcrito linea en el punto, fueron de elle diétamen ; pero (hi 4 los tales los citan por el, Leandro ¿Enriquez, Villalo. bos, y otros: y Villalobos depone de los primeros, quelo oyó de lu miíma boca , enla forma, que fe refirió arriba en eftafeceion , $. 14M, 17. (pagin. 20.) Lo mifmo dize el Padte Fray Juan Enriquez Auguíliniano , que teftifican: muchos fidedignos. Y de los Maeltros, y Prelados Salmanticentes,de. pone Enriquez lo que queda tranícripro enla foca cion1.$. 2. num. 20. (pagin. 4=) que hará alca- fol que no ayan efcrito linea fobre el punto, 4 en laverdad lo llevaron , y finrieron aísi , y fueron de «le diótamen ¿ COMO lo deponen reltigos tan E. a se Section 2. acerca del Articulo 2, abonados , y tan mayores de roda excepcion , y A quien no fe les debe , ni puede negar el credito, lim grave injuria , como qualquiera cuerdo con.» fellara.Ergo,éc. 553 Y lomiímo- le ha de dezir de los cinco hombres , y muy dodtos,con quien dize nuef- tro Leandro de Murcia, que lo coníultó, y fueron de eíle ditamen : y lo miímo del otro Varon de tanta opinion, como Antolinez,Curiel,8c.que cio ta el Padre Fray Juan Enriquez, porque entodos milita vna miíma razon, aísi de credito en los ra» ferentes , como en la autoridad de los.coníulra- dos , pues el hombre d8tto , nofolo haze opinion en lo que efcrive, fino tambien en lo que coníul. tado aconfeja , como bien el doéto Caramuel , en lu Thcología Fundamental, delpues del funda. mento 45. enel titulo Sintbefes Regulares, numero 1125. pagin.mibi 402.donde pregunta,y reluelve lo que fe ligue. 5.54 . Pregunta, pues, 1 los Theologos vivos, pueden (er citados,aunque no ayá e(crito? Reluel- ve que si, y refiero lus palabras , ibidem num. y 3y queda tranferipgo arciba,num.44 5. donde le pue- den ver, Afsi yo endichos numeros, 555 Añado aora , que el doétiísimo Juan Bautiíta Lezana , tomo 4. confult. 48. 1UM.40.41. 42.43. del miímo modo habla en elte punto, del Doétor que confultado aconfeja , y da dida. men , que del que elcrive. Veamos, pues , aoras que es lo que el R.P.Olmo alega'contra lo que ya dexo dicho,en dichos numeros. Numero 43. 556 ElReyerendo Padre Olmo., en el mun, 43.pagia"28.alega dos autoridades del doétiísimo Padre Cardenas, contra lo dicho. La primera con eltas palabras. Y esbien fepa ( el Reverendo Pa- dre Torrecilla ) que como dize el dodtiísimo Paz dee Cardenas, difput. 9. cap. 19.14.32 1.contra el fenor Caramuel: Qui non ediderant /cripra , neque eognofemntur , neo couferunt prababilitarem. Alsidi. cho R.P.Olmo. 557 |Sed contra : porque lo que dize di. cho lapientifsimo Cardenas en dicho lugar , ES 3» 3 la letra como fe figue. | Denique nos, quí sy ln Hilpaniz finibus commoramur , vnde »» Íciemus , eos viginti Authores, elle eximios, s, lle Academisrum Lumina, wr ita Carámuca y» lis fynthclibus conferant -eam probabilia. 3, tem perperuam ? Non ex (eripris ; que in » “óimnunem lucem prodierant , cum opera 3» lua typis non dederint , non ex doétcine »» fama, que ad hos fines nón pervenit. Num- quid ex teftimonio Caramuelis 2 Ego vtque »» fidem habéo , non habebunt omnes in judi. y cio, in quo proprium teltimonium in canía »» Propria non admirtisur . Quod fi de lis, ¿y qui in-lucem publicam fcripra ediderunr, » $ ex alijs cranteriplerunt. , ale Caramuel, cos »”
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