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RESPUESTA SEGUNDA , Y TERCERA. Elponde lo fegundo , que llevan. do yo, como llevo, la quarta Aentencia, por mas probable, y mas verdadera, y llevando ¿como llevo, conúigalentemente, que en las Religiones donde huviere preceptos de los Prelados , para que no fe vía de la Bula de la Cru- zada p gio Confellor en orden á los relerva- dos, lostales preceptos lon muy juftos ; No/folo, porque fe-fundar en opinion mas coman , mucho más probable, y mas verdadera, fío parque fon muy confor» mes dla mente, € intencion de los $umos Pontifices: - Nlevo tambien por conliguiente , que los fubditos de los tales Prelados eltin obligados á obedecer, y oblervar los dichos preceptos , porque la liber. tad que aljas tenian para elegir la tercera lenten: ele limita relpecto de ellos por los tales pre- ceptos , como tambien feles limitaria por el ju tá mento , 0 yoro , lá los rales Ífobditos le huvieilen - hecho... a do 366. Aora, pues , en mi diétamen dichos “Subditos eftán obligados á obedecer los tales pre. ceptos, li en mi diétamen esilicico á los tales fuba dicos yíar de la tercera fentencia en dicho calo:có. 365 - mo podre yo ,eltando en dichó mi [entir, y dióta. men , aconfejarles lo qug juzgo les es ilicico, y pe- cado de inobediencia , el obrar contra los tales - preceptos? Poco alcangará el R.P. Olmo; fino al. canca clto:Ergo, Sc. Además,que el dezir yo , que ho aconfejaria,%*e. Nodo dize porque huvielle ef ctupulo de pecado, ino por lo que dixe arriba , 4 _ium.358 ad 361... TA A 367. Relpondo lo 3: Que lasautoridades que alega el R.P. Olmo, del muy Reverendo Padte Cardenas, y de Santo Thomás,, fon muy buenas, pero no del éalo,y afsilas puede guardar para otra ¿Ocafion en que vengan bien, que aqui no encajan: ¿Porque yo no dudo , fino que opino , que la terce- ra lentencia es practicamente probable ; pero-có- mo lleyo por mas probable ¿ y mas verdadera la ¿Quarta fentencia ; llevó por configuiente pot mas ; probable 5 y mas verdadero ; que los fubditos que tuvieren precepto de fus Prelados para no leguit Sn praxi la tal tercera fentencia , queda efta limi- tada relpecto de ellospor virtud del tal precep- YO , y por configuiente , fegun mi didtamen mas probable les lera ilicicito el víar de ella. Tambiesi ¿puede guardar pata orra.ocalion el texto de Aril- _£oteles ¿que aquí no biene bien,y fino veamos co- ¿Amo lu Paternidad Reverenda Igéxplica,y aplica al falo. , ; h sis | Numero 26: > 368 Profiguiendo el Reverendo Padre Ol. o, en el num.2 6 pag.24. dize lo que fe ligue : Lo ¿QuE no admite duda ¿ Que ad ménus la efcrupuliza _Bucho , y en elta fipolicion pecará grayemente Íí . PP. 2. Partió le : E] > 3 a» - Numsro 2.6. | 87 la aconlejara , ) pradticara ypar fer deciísion , ex £4p. per tuas 2. de femonia, y oros muchos que ale. gamos, ar£.6. y alsi prudencialmente fe arregla A la grave lentencia de nueltra Clementina Exivi,$e ltemquia., tit. de verb. fignificar. donde dize Clew mente V. Nos itaghe atremdentes , quodin hís, que anime faluti refpiciune y ad vitandos graves remorfas co/cientie , pars fecurior efh tetrenda. (Lo qual es precepto , no confejo y como algunos menos bien diícurren ) luego fu opinion, o fente ciayno es eyl- dentemente probable , fino evidentemente falía, El juizio que hago en efta cóntradiccion de doc. tuina yes damos á entender el R. P. Fr. Martin de Torrecilla ,lo que el Filofofo Lacides dezia, Nos aliter in Sebolis difputamus, alien domivivimas. Y como tan Religiolo , aunque eferive con larirud/ (como en otras muchas colas ) practica lo cierto; y verdadero ¿como tan prudente, y dilcreto. AY ta aqui a la lebra dicho Reverendo Padre Olmo, en dicha HuImcros RESPUESTAS, 369 pu primero, que élRez verendo Padre Olmo ; me buel a veá atribuir aqui (delpues de tantas imiumerables vezes) que la tentencia que yo lleyó en mi coña fulra 6, fuela tercera, pues “dize en la coníequen- cia : luego [w opinion , dJentencia no es evidentemente probable., fino evidentemente falfa + Elló no tiene rea medio ,que elle Ro P. quiera acabar de encon der 3 no ler lo miímo. dat viña fentencia por prow bable , y defender quelo fea, que el levar la tal lentencia¿ cofa que la entenderá qualquiera qua tenga medianas entendederas; yeale lo dicho arria bazuum.3 59.9 3665. ER 370 Relpondo lo feguhdo; quellevarido yo, comolleyo en dicha conlulta fexta lá quarta len» tencia ,lleyo por configuiente , que enlas Reli- giones en que huviere precepto para que losfub.. aitos no vlen de la Bula de la Cruzada ; el tal pica cepto no excede la poteltad de los rales Prelados, y que por. élfe les limita 4 lós tales fubditos la lia berrad ¿Que aliás tenian de elegir lá tal opinion, porlo dicho árriba ; ¿ mum. 328.04 347. y alsk relpecto de los tales , no eferupullzó ; fino que formid diétamen mas probable , que ¡do pueden li- citamente feguir la tal fentencia,y pot configuien- te díxe yo y quedemio , huntá aconfejaria yo, ni me atreveríadá aconfejarla ; yá porque la comun fentéhcia , me enfeña ello: y yá porque aumqué pudiera atentas las lentencias contrarias, que ten- go por practicamente probables , aconlejarlo lin elcrapúlo depecado , no méarievefía a hazerlo pot lo dicho arriba, num. 358, ad 361. con gue aqui. no, viene bien lo de la Clertrentina ( fea pie= cepto , 9 confejo ) ni es aplicable al caío : porque yo en lo dicho no procedo por élctupulo , ó re. mordimiento de conciencia , fino por diótamen Opinativo ¿Que tengo por masprobable, y mas ni 16

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