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q EM. Jm, A AA L A AA ASA Aces A er A ut A e a . a e 80 Seccion x,.. acerca del Articulo z: tadas las dichas clanfulas del R. P. Olmo , para in- ferir de ellas , lo mefmo que yo dexo- tán exprel- lado? 308 Y enquanto4 aquellas virimas palabras del R.P.Olmo. Sino me engaño ( y creo que ño ) dif= curso deftas claufulas muchas complicaciones , y claras contradictorias. Digo, que yo.notengofolo credum lidad , fino certeza , de que dicho R.P. e engaña, y que las tales complicaciónes, y daras contradiótoriós, ferán de la mifma calidad que orras muchas que dicho Padre Léétor General fuele idearle en lu ¡imaginacion + ellodirá, pallemosá ellas, Numero 21.22. y 23. 309 Proliguiendo el Ri P. Olmo, en el num. 21. 2parin.22. dize lo que fe figue: Demos calo, que yo me entro a conlultar al R.P.Fr. Martinde Torrecilla , y propongo en elta forma. He leido con toda reflexion , y cuidado la doétiísima Con» Lulta VI. del tract, 2. de penitencia ,que Y. Pi pone en el tomo de las Propuficiones Condenadas, y tambien el traét.1, difpue.1.cap.4S 5. en el tomo fegundo de fu Suma , donde deícrive: Si los Kegu- lares podemos y en virtud de la Cruzada , elegir Confefa for, y quenos abfuelva de refervados: Punto que en mi Religion zelan mucho los Prelados,defeo la le- guridad , y quietud de mi-conciencia; y Tengo hecho diétamen ,me ferenaré con el informe , y confejo de V.P. pues liendo aísi, que ha: mucho tiempo ando inveftigando :efta ' verdad , legun la fentencia de Lob 29. Caufam , quam ignorabam. y dia ligentifsimoinve/ftigubam. Nohe hallado quiencon adegnacion reluelva mis inftancias, y argumentos; por lo qual le luplico , por caridad , me exprelle en conciencia , fu diétamen , y fentir para lo qual pongo enfu alta confideracion E gran len- tencia de San Aguítin , Homilia 11. quedize: Er ce ( dize el Santo) dat tibi fecuritatem procurator, quid sibi prodefk, fi Izater Familias non aceptes + Pro- curator fum vis tibidicam , vive quomodo vis, Domi=* mas te non perdet? Securitatem tibi procurator , mibil valet fecuritas procuratoris ; vtinam tibi Dominus fea cúritatem daret., % ego te folicitum facerem , Domini enim fecuritas valet , etiam fi nolim; mea mihil vales, fi ille noluerit.. Hec D. Augi/ftinus« Aísi á la letra dichoR.P.Olmo , en dicho numero 21. ¿310 * En el mam, 22. pagin. 23. proliguiendo el Padre Olmo , me preícribe lo que relpondere fin duda a la fobredicha coníulta ¿ pero con licen= cia de dicho R.P.mejor fabré yo, de mi (que dicho Padre ) lo que le relponderd á ella, y lo que le rel- ponderé a ella ferá lo figuiente. RESPUESTA: '311 La Confulta, y Pregunta del R... : P.Olmo, en los terminos en que: melo pregunta, refponderia yo, que. mi diéta- pen, y lentir era, que el R.P, Olmo no podía: en virtud de la Cruzada , elegir Confelfor qué le ablolvicile de refervados ? Porque yo tenia , y era de fentir , fer mucho mas probable , y mas verda- dero , que la Bula de la Cruzada, no aprovecha 4 los Regulares para los calos relervados : y 1 el Ra P. Olino , me repreguntalle , (le podría valer de la tercera lentencia, que deficade lo contrario? Le relpondecia afirmativamente , porque la tal fentencia era praéticamente prabable , y por con + Íiguiente, que podría practi carla con fegaridad de conciencia , con que á la pregunta del R,P. Olma como me la propone ,relponderia con mi Íegun. da conclulion : y á la repregunta + con mi conclus (ión primera ; con que ni en la relpuelta a la pred gunta, ni en lo que relpondiera 4 la repregunta, relponderia contrami fentir , ni-obraria en ellas, contra conciencia; y 1mo veamos, que alega, d: puede alegar contra dichas refpueltasel R.Padra Olmo, 312. La autoridad que alega el R.P, Olma de San Agaftin, Homil.11. que efta en el tom. 104 d pag.miti435. noes del blo ¿porque alli vá ex= hortandoa los pecadores , que no difieran de día en dia (u converlion, y reprehende á los que quie” ren ,que alguno les de feguridad contra las con« minaciones de Dios, fin querer ellos mudar cols tumbres : las palabrasinmediatamente anteceden. res, 4 las que refiere cl KR. P. Olmo , fon como la liguen, y i » 313 [ Dominus mortem minatur iMpljsy ,, nequiísimis , fraudaroribus , fcelerabis, adultea 3, His, volupratum inquilicoribus, fuis contemptos s tibus , detractoribus, murmurantibus; mo y, tes luos non murantibus: Dominus ¡lis mortem »» Minatur , gehenas minatur , intericum lemplter= » num minatur. Quid volunt Vi ego promitram »» quod ¡ile non promitrir? Ecee dar. tibilecurita- »» tem procurator. Quid tibi prodeít, $c.. y profiw s»gue lo demás que dicho Ólmo refiere. ] Aora pregunto : Qué haze al calo eíto para nucítra con- troverfia? Nicomo puede hazer contra mis ref pueítas? Como? Come otras muchas colas ,que Luele alegar dicho R. P. 314 - Aorra autoridad que alega el R..P, Olx mo , de Santo Thomás, quoulibet. 8. art. 13. Rel pondo , que Santo Thomás no impugna alli Ig opinion probable, fino la conciencia dubitante, ibi: Cum aligua dubitatione , y la dubitacion no le compadece conh opinion probable , y afsi habla el Santo de la conciencia dubia, con la qual el que obra peca; pero en el vía de las opiniones verda» deramente probables , no ay pecado alguno.Ácer» ca de lo qual le vea endas Adiciones al Tomo fexx to, que effinal fin del, pagin.mibi 292.004.107» J 108. y pagin. 296. 04M.33+ 34= ) 35. Ímmo, deíde la pagin.290..defde el mum, 94: prueba, que Santo Thomas , no folo ysó de las opiniones prow bables, fino que al modo de otros Varones Doétos, paso de vna opinion á la opueíta ; yoque algunas vezes abrazd. opiniones menos probables, y reficre dog
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