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Namero ro > > fam eh determinatum quantum ad opinantem : opi. Hanseñnim dicit y veram ej, quod opinatur. Luego fi nueltea opinion (como dize ) es la verdadera;' la otra (que es lu contraria ) necellariamente es A eN ,. sf falla. Hajta agus a la lepra ñicho R.P. Olmo , en dicho Pumero. RESPUESTA, Ntes de relponder fuplico al pru- dente Lector repare lo 1. que de nuevo me buelve 2 atribuir ( lobre tantas orras ve- =es) el P. Olmo, la tercera lentencia: Ello no tiene remedio, que dicho R. P. quiera acabar de enten- der , que aunque defiendo ter probable la: tercera fenrencia , lleyo empero en dicha Confulta, como mas probable, y mas verdadera la quarra: Qué he- mos de hazer? Paciencia. 267 Suplicoletambien al cuerdo Leétor re. parelo 2.enquecl RP, Olmo lama á lu prueba perentoris, ¡bh Pruebolo pe entoriamente, Elto anola- do, pallemos á la relpuelta. peña 263 - Relpondo, que yo en mi primera Con. cluñon digo,gue la tercera jentencia es probable(y por conbiguiznte, que es probablemente verdadera) y en la fegunda conclulion digo , que.es mas proba» ble, y mas verdadera la quarta fentencia contraria: dla Sercera, De donde:concedole al P.Olmo,que yo en aquel mas doy i'enténder , que tambien la tercera fentencia'es probablemente verdadera: y niego, el que elto implique ; y por configuiente niego , que alguna de mis dichas alferciones (0 juizios) aya de fer falía. 269 Que no implique lo queyo digo, es de todos los DD. legun el P.Moya : porque eftas dos aflerciones, d eftos dos juizios, Probable es, que e/te contrato es licito : mas proboble-es y que es-álicito , Lon ambos afirmativos,y no dizen opoficion alguna: y lo miímo en nueltro calo,Probable es,que vale la Bu= la d los Regulares para los refervado: ::»mas probable es, gue no les vale la Bula para 15 diebo: y que puedan fer ambos juizios verdaderos ,ipatef etiamo: porque los tales , fon dosjuizios opinativos modal»s de dicho contradiótorio: luego no repugna,el que can mal verdaderos ambos, Acerca de lo qual le vea lo di. cho arribo,4num.246.4d 255. 276 Ala prueba de la menor,que el R.P.OL - mo llama perentoria,niego tambien la menor,quan- do los dos juizios lon ambos afirmativos, y opina- dvos modales por lo dicho. 271 - Y en orden á aquel principio,que es Om. mibus per fe notum, conviene a laber :Impofsibile efe, idem fimul sJe,5 non efe, digo, que noes aplicable á nueítro calo(aunque elP.Olmo malamente quie- re aplicarle a el ) porque én el dicho principio , ay afiemación, y negacion de vna Cola ( ¿mó , afirma- cion, y negacion abloluta) y aísi cs implicatorio, A impolsible:Impofsibile eft, iden fimul eJJe£7 non ef]: pero en nueltras allerciones no ay afirmacion, y negacion,(ino que ambaslon afismatiyas, y alsi no A Part.qa 266 tienen opoficion alguna: ?mo,dichas aferciones fon dos juizios opinativos modales. de dicho contradic- torio , los quales., aunque lean acerca de vna melo ma cola , y debaxo:de vnasmiímas circunftancias, ho repugna , queTean fmul verdaderos. Pide vbi Supra. 272 Lomiímo digo al exemplo, que alega el R.P.Olmo: Licitum eJt pingere indie fejto; non efe li citam piagere indie fofo ; los quales fon contradic. toros, porque afieman , y niegan ablolutamente vna melma cofa ; do qual no feria aísi li fe dixelles Probabile efi, efe hicitum pingere in die fefto: Probabi. lines efh, non e/Je licitum pingere in die fejho; porque en elte calo,cltas dosallerciones ferian ambas afirma a Uvas,y nocendrian opoficion alguna,ni repugnana cla alguna,que dichos dos juizios OPinativos mod4= les de dicho Contradidtorio., fuellen mui verdadés ros, 273 Dela autoridad de Santo Thomis , folo le ligue, que quando yo digo : Probable es , que la Bula de la Crazuda vale 4 los Regulares para los refor »ados ¿hago juizio, que la tal lentencia es proba. blemente verdadera ; pero de al no le ligue, que lea falla aquella otra mia: Mas probable es, que no les dale 4 los Regulares la Bula para lo dicho, porque dis chastallecciones fon ambas afirmativas,y no tienen opolicion alguna, como con todos los DD. lo e ne ci Doctifsimo Moya: lm?,(on dos juizios opina ; vos modales de dicho conrradiétorio , que puede; ler Aral verdaderos, fegun el meímo Moya, tranís cupto ariba 1 247.) 249. 74 -Delogicho podrá inferir el cuerdo Lec. «tor,de.qué calidad fea aquella arrogancia del R. P, Olmo,al principio: Pruebolo perentoriamente:y aque lla confequencia del fin: Luego f nue/tra opiniou(cow mo dize ) es la [ mas ) verdadera , la contraria meco/Jún riamente es fal/a, Aquel mas, que vá entre parentea lis, lesomitió el P.Olmo, 275 Mi Reverendo Padre Olmo, con juíta cauía pudiera yo aquí aplicarle a V.P, aquello que V..P. Ru dize de mi en el fin del numero 14. Cop fifa, eftraño , con notable admiracion , dichas claufa las , de hombre doo : porque no parece pueda ya hombre doéto tener por perentoria la dicha prue. ba; ni por legitima la ral confequencia ( y con el cayrel de neceJuriamente falfa ) fino por mala inte- ligencia , y peor aplicacion ; y mas , quando el ral dilcugío es direótamente contra todos los DD. ci. tados arriba, ¿mum. 2122. 4d4 $4. como qualquies ra inteligente conocerá. Aora pallemos al numes ro 18. Numero 18, 176 Proliguiendo el R. P. Olmo , en el numa 18. pag. 22. dize lo que le figue : Toda. elta= doc. Étrina es conítante, porque como dize el M. Paz s> lanco, queft. 35. $.1, 0lemogs pag. 513. Qui te= sy neraliquam cpinionem ys veraña, neccllario te »» net oppolitam elle fallam: ergo, de (1 former jua Ga » Als

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