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25 OBSERVACION DEZIMAQVUARTA: E Sabrecloltimocapitulo dela regla caprd.6. y 7.dize ; que los Generales; Proainciales, y Guardianes pueden di/penjat. con Jus fubditos cotoda irregular dad aunque fea de homicidio voluntario ,y de bigamia ¿por va prindegso de Mar. 11no Quiñto,que refieróen ol cap.21.0um.3.y€s cierto,queel Pontifice bábla allí qusrdoel homicidio es oculto,pero la bigamianoballo modocomoparda fer, Gpues dendi/penfar nella nueftros [uperiores, cl A El Obferuador confellando el privilegio de difpénfar los Preladós en todas las irregularidades ocultas, no halla como pueda fer oculta la bigámia, y para que ha. lle elcomo,ledigo,quefe puede auer calado yn hombre con vna mugerf, que te» niendo reputación de donzella noo fuelfé , y. muerta ella queda bigamo oculto; y lo miiímo feria, ifecalaffecoñ yna muger, que huvicile fido cafada primero de fecteto con difpenfacion en las pnblicaciones , y huuiefic vivido calada en fecre» £9, 6111 que nadic lo fúpicfíe(ino el Paroco, y, losdos teltigos, y el Prelado que dio la difpenfacion para que nó [e publicafle , Jo qual lucede cada dia en elta Corte; potgrauilsimosinconuenicntes, y peligrosde la vida , que fe feguirián de hazeríe laspublicaciones,O de laberíe el matrimonio, o pot ladéfigualdad de calidades, opor otras caufas, viviendo las tales mangeres cafadas.con tepuracion de donzc.. las das qualesdefpues de muertoslos maridos, toraandofe a cafar,los que le calar con ellás defpues,fónbigamos ocultos.Con que podrá entendet el Obícruador, 4 Pucde aver bigamia ocultas OBSERVACION DEZIMAQUVINTA. Cnoceptmam.ó dize,que el Padre General no puede expeler de - Leligiofaqueclla incoraot enella, finque preceda procefjo jút= ridicó,dendol: ¿lb termino demido para defenderfe, y quelos que de osra fuerte fuer? echados podran recurririhgr made de querella alfuperior, y gue lo que én cflofe de we biazer,lo dexaajuiziodehombres doctos.Lomij/morepite en la quel. .6.JeleA a, fobreelcap, r0.dela regla fol.4S4. 00m. 9. dobtrinasque pudicia auerlas palfado muy bien por alto fan imprimirlas , porque en nueltrafazradáCón gTegacion, defde fasprincipios, hempre[e ha fado, que nueltios Generales libremente har múdado Frailes de alqunas Pronincias, quando ben vito, que a/f5iconmentá pro benó Pegimin ae del pro paceyvel prorefiematione alicuims Pronincio, y con les dotrinas/ebredis chas fe dá ocafíon a pleitos;) lisigios,en grame daño de la obediencia, y [ujocion,que los inferiores denentener a Jus [uperioros mayores. id iria Pata relpondera eta obfernacion, y para que fe. yea quan alterada refiere el Ob feruador la dotrina del Auror, referiré a la letra fus palabras, quefetánilas que enís dentemente le conuencerán de fu calumnia, y fon las que le: iguen,€n. el cap.ó.fos bré el $ nuni.ó Lol:408, Nopueden los Proninciales echar de la Promincid d los G ehenincorporados,aunqueno ayan tomádo el babitoen ella,aznque [ea en la rega- larobferasncia, finculpagráne: porqueredunda eloengrane infamia de los afsé echados, y por tanto podranrecurrir por modo de querella al [uperior ,it4 Vega in fui ima z p verbo Religiofas cafo 42. y Nanarro libro 2 confiliorum,tiside Jententia UP re judicatd confoi, y concurriendo la dicheinfamia,ticne el Padre Pesrinú, con el mimo Nauarro Vezd, y Manuel RodrigueZ,a quiencita y Jigue en el tor; 1. de fubdito quelt.x.cap.41.que nit l Padre General lo puede hazer , no folo con el que tomoclbabito en vuié Prouiricid, pérómi con el que cha incorporadoenella: ácerca delo qual fe ves el dicho Padre Peirins ¡ que trac muchos, yygrauts fundamentos lo qual fecha decntender quando fe haze /an camfe ames ¡J/ín gue bre Á sbidena;

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