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e «+ Además,que caló negado G dicho fiigeto fueffeCapuchino,ynó Obfervantesy quefolo le le entregafle a dicha Provincia, para q le remiticlle a otra,y queefta otra le huniefle de recibir llanamentes y no repugnar(como es euidente repugnará,y no querrá, ni deba- ra cargar con€l)con todo cífo no podia auer fandamento alguno legal para obligara dichaProuincia a cuydado,y riefgos de dicha conduccion; y fino, mucftreíe por donde. Ergo, 8rc. | + Pruebale lo. quarto,porque aun calo negado que dicho fugeto no fuctle profeflo. en la Oblervancia,y quecilo eltuniefe ya exe. cutoriadosy fin refquicio para litigarlo contrario,cen todo eflo la Religion delosCapuchinos no podia'en manera alguna ler obliga- daa recibirle, Pruebale elto de muchas maneras. Lo primero y porquela Religion de los Capuchinos tiene ex: preíla Conftitucion», confirmada con autoridad Apoftolica por. Brcue de la Santidadide V rbano V11M1.que empieza; Sacro/anttum Apofolatusofficium,que les prohibe el recibir en manera alguna al dicho,y lemejantes fugetos,como fe puede ver en la pagina 15. in finesdonde hablando del modo de recibirlos A poltatas,le dize lo que fe (igue:El que fe hallare auer- fido. recibido: debidamente en ora dali Religion,y de la milma mancras:el que cftuuicre infedto de qualquiera enfermedad contagiofa,ho fea recibido en modo algu- no:Sed fic eft,que por vna parte el fugeto de que vamos hablando apoftato de la Religion de los Capuchinos, y yendofe a Roma im- tró Breus parafer recibido enla Obfervancia , y envirtud del ue recibido en ella debidamente:y cafo negado que no profeflal= fe,no fue porque dicha recepcion no le hiziefle debidamente ( que es lo que folamente pide dicha Conftitucion)fino por otra cauía,> defeéto vltra,y diftinta de dicha recepcion(que fue legitima,y bié hecha, pues fe hizo en virtud de dicho Bréue,con los defpachos rez quilitos)y:por otra partezno puede el feñor Nuncio difpeníar en dichas Conftituciones fin contrauenir a la Bula de la Concordia, como confta delas Conftituciones dela milma Nunciatura (he. chas por el Hlu(trifsimo leñor Don Celar Fachineto, para fu tiem- po»y para el de todos fus fuceífores aprobadas por todo el Real Confejo,y queho fe pueden mudar,nién todo, nien parte lin: el guíto, y fatisfacion de lu Mageltad Catalica,como coníta de ellas miímas,circa finem,é impreflas el año de 16 40.)Conítitut. 18 «pa gin.6.Ergo,8cc. Confirmafeefto de vna Bula del Papa Gregorio Vndezimo, que trae Peirinis tom.1.de fubdiro,quzlt.r.$.3. y la citan el Tof- ciniano en lu Hiftoria Francifcanaslib.2 fol. 130. pag.z. y q | 1clD4 ATA .- : A y AT a OS ms A RG O

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