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e Y 6 Lezaná,y Báfiéo,citados.Imó canfta de la Bulla x.de Sixto V. có - tralos Crimiñofos , enla qual ahula la profefsion queíe hiziere «contra la dicha fu conftitucion: Enám(ait) fi Jar profefsio od go dáclaramentea entender enlo¡dicho,que adhuc defpues de el “Concilio Trideñtino valela tacita profefsion. e ¿o Y quecltalno pueda dexar de fer profelloza lo:menos con:pro Sefsión tacita en dicha Orden de la Obfervanciasfe:prueba aísi. Lo primero, porque clta,(egun Derecho, fe haze, induce por:yno de dos modossconviene a Íaber»:0 por traer el Habito qué traemos profellos(año,y tres dias a lo fumo) fe gun el cap. Ad nottram y de Regularib.8: cap"conftir.cod:titul.in 6.0 por el.exercicio de'los ados »; que fon propriosde los profcílos , fegun el cap. vidua:, de Regularib.Sed ficeft,que dicho Religiofo entró enla Regular Ob fervancia.con edad competentespues tenia mas de veinte años; ha traido el Habito de profeflo alo.menos cerca de doze , hafeexer- citado por dicho tiempo. en los :exercicios delos profeflos, vien- dolo,y.canfintiendolo los Prélados de dicha Orden : Imú; ha fido proceflada,fentenciado,y caftigado como profeflo, y por delitos de apoftafiazpor los quales folo fe encarcela:, y: caftiga a los pro- feílos,y el dicho ha confentido en dichas penas»y las ha admitido, y cumplido: Ergo,8cc.! IX MA Lo fegundo,porque man dando el Concilio Tridentino , como manda enla fefsion 2 5.cap. 16.de Regul.que acabado elaño de la probacion,los Superiores alinftante admitan el nouicio a la pro- feísion,d le echen , en cuya conformidad los Eftatutos Generales dela mefma Obfervancia echosen Toledo,priuan de oficio 4los Guardianes,que dilataren mas de ocho dias la profeísion del noui- cioscomola teflifica Portel, Autor de dichaReligion,dub.Regul. verbBrofefsio nouitijsnum.x. No es de Creer ayan detenido lós Prelados:dedicha Religion adicho fugeto con lu Habito , y exer- cicios de profeílo cerca de dozeaños. fin echarle y ni admitirle a la profelsion;pues no es de creer ayan querido tenerle en próbacion tantos años: Luego cafo negadosque el tal no aya profeflado en di- cha Religion ex preílamentesls debe tener por profeslo¡en ella,a lo .méños con profeÍsion tacitayy wirtual:Ergo,80c. gaia Lo tercero ¿porque como: dicho fugeto aya perfenerado en la Ordén:de la Obleruanciasenel Hábito , y exércicios propios de Jos profedós; por mas de cinco:añossentro finduda alguna, o la ra- tificacion de la:profefsion,o: la pro feísion tácticas porla qual cauía el Concilio Tridentiñosleíl.as.de Regul.cap.1 9.noadmite recla- aáción del Religiolo delpuesdel quinquenio conuiene-a laber, yy por-
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