BCCPAM000360-3-18000000000000

ra 1:21 MISAL ROMANO TIT. Il 67 blicas y principales de los mismos cementerios. Estas misas son privilegiadas, no porque perte- nezcan a ritu doble, pues deben celebrarse como las cuotidianas en los semidobles, sino por el lu- gar donde se celebran y los dias en que se per- miten. Qué se entiende por cavillas é iglesias ce- meteriales?— La iglesia y oratorio ptiblico y principal y demas capillas privadas canonicamen- te erigidas en los cementerios, en los cuales se entierran en la actualidad los caddveres de los fieles. Todas estas capillas deben estar dentro del cementerio o adosadas a él, de manera que formen un solo cuerpo, no entre si, sino en con- junto. Las misas, que se permiten celebrar en estas capillas, ya por derecho comtin como en las ptiblicas, ya por privilegio que se haya saca- do de la Santa Sede, como en las privadas, pue- den ser de Requiem, con tal que se apliquen por los difuntos, en todos los dias del afio excep- to en los siguientes: ¢ creti rite erecto vel erigendo, Missae quae inibi ce- lebrari permittuntur, possunt esse de Requie; dum- modo non oceurrat Dominica aut Festum de prae- cepto, licet suppressum, Duplex 1 vel 2 classis, eti- am translatum, aut aliqua ex Feriis, Vigiliis vel oc- tavis privilegiatis. Hoc tamen privilegium non fa- vot aliis Ecclesiis vel Capellis extra coometerium, subter quas, licot ad legitimau distantium, alicujus

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz