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MISAL ROMANO TIT. I. 25 sdbado siguiente de Pasién. De tal manera se han compenetrado las Témporas y la Ordenaci6n sagrada, que atin en la legislacién actual sin gra- ve causa no deben conferirse Ordenes sagradas fuera de los Sdbados de lasIV Témporas, de Pasién y Santo; por lo que las misas propias de estos Sdbadosse consideran propias de la liturgia de la ordenacion, si en dichos dfas se confieren las Ordenes sagradas, aunque se celebre de una fiesta de I clase. Asi lo prescribe el ntimero 5 de Titulo I de las nuevas Rtibricas del Misal Romano. «Cuando en los Sdbados de las 1V Témporas y de Pasién se confieren 6rdenes la misa dela Ordenacién se dird de Sabato sin conmemoracién de la fiesta del dia ni de otras conmemoraciones que puedan tener lugar en el oficio currente. Pero si en la iglesia en la que tiene lugar la colacién de las 6r- denes, no se celebrare misa Conventual, aunque rezada, u otra misa (no Conventual) cantada, en este caso se hard conmemoraci6n del oficio del dia, aunque sea de I 0 II clase, y de los demas oficios simples en la misa de la ordenacién que sera de Sabato. La oracién por los ordenados se dirad bajo ot in ea, si alia ibi non habeatur Missa cantata vel conventnualis, fit Commemoratio de Officio currenti) . etiam Duplici 1 aut 2 clasis, et aliae quae occurrant:

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