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MISAL ROMANO TIT. I. il gatoria de los corales alas Misas Conventuales qued6 restringida a sola la Conventual del Oficio del dfa, exceptuadas las Misas Conventuales de Fundacion, las tres del dia de Navidad, las del Aniversario de la Creacién y Coronacién del Papa, en el Aniversario de la eleccién, 0 traslacién y consagracién del propio Obispo, en el dia ani- versario del tiltimo Obispo difunto y la Misa ani- versario de todos los Obispos y Canénigos difun- tos; en estos dias deben asis'ir los corales a la Conventual del dia mas a éstas Conventuales se- cundarias. Es regla general que la Misa Conventual debe concordar con el oficio; esta regla general sufre una modificacién por lo establecido en este titulo en cuanto a las Conventuales qua se han de cele- brar en las ferias: mayores y Vigilias comunes. Como hasta el presente en estas iglesias habra obligacién de celebrar dos Conventuales, pero solamente a una estaraén obligados a asistir los corales y esta sera: a) Enlas Ferias Mayores que tengan misa propia, y en ellas se reza de un oficio del oll classis nihil umquam fit de Vigilia non privilegia- ta, juxta Rubricas. De die item intra Octayam com- munem, siin Feriis aut Vigiliis supra recensitis occurrat, non dicitur Missa conventualis, sed fit tantum Commemoratio in Missa de Feria vel Vigi-

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