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MISAL ROMANO TIT. V. 101 hecho o se ha de hacer memoria en una Misa can- tada o conventual, no se dice en las demas can- tadas o conventuales, en las cuales se omite su conmemoraci6n, a no ser que dichas partes estén asignadas al Tiempo como por ejemplo el prefa- cio de Cuaresma, pues en este caso deberian de- cirse en todas las Misas cantadas y conventuales que se celebran dentro de dicho tiempo, excepto si las tales Misas las tienen propias, sin olvidar lo prescrito en el Titulo VIII n. 2. de las presen tes Rubricas. 5 Lo que acabamos de decir en el precedente ntimero acerca de los Prefacios en las Misas can- tadas 0 conventvales, debe también observarse con los Prefacios de las Octavas comunes dentro de las mismas Octavas, 0 sea, que el Prefacio propio de una Octava comtin solamente se dird, aunque de ella no se haga Conmenoracién, en una de las Conventuales o cantadas siguientes: ea faciendae ritum admittantur, sicut et Collectao ab Ordinario imperatae, in qualibet Missa dicuntur ita tamen, ut Orationes quac infra Octavam vel in Vigilia aliter quam pro Tempore occurrenti fuerint praescriptac, dicantur in Missis tantum de Octava aut de Vigilia, vel cum earum Commemorationo celebratis, in ceteris vero Missis dicantur Oratio- nes Tempori assignatae. 5 Idem servatur quoad Praefationem do Octava . communi ac de Feria VI post Octavam Ascension’ S87 GLE OOS IRM EE ITT 5 PN b & & fe De bit
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