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98 NUEVAS RUBRICAS DEL la oracién sino que se dira la del dia si de él se reza el oficio, o la del conmemorado. 4 Enel presente ntimero establécese las con- memoraciones a decir en las Misas cantadas y conventuales en aquellas iglesias en que se cele- bra mds de una cantada o conventual. Asi pues, si en una iglesia se dicen en un mismo dia varias Conventuales y cantadas o una Conventual y una cantada: a) En una Conventual o Cantada no se hard conmemoraci6én ‘del Misterio, Santo u oficio de quien se ha dicho o se ha de decir Misa Conven- tual o Cantada, aunque se haya conmemorado en Laudes. b) En la Conventual o Cantada del dia, cuan- do solo se dice una en el dia, se dicen las conme- moOraciones que han tenido lugar en el oficio de Laudes y en las votivas se dicen las oraciones que como a tales les corresponden. Asi por ejem- delium Defunctorum, aut, pro Missis tit. II. num, 7-9 non comprehensis Duplex I classis Domini Pri- marium universalis Eeclesiae, praeter quam Feriae IL et Ill Paschatis vel Pentecostes, in quibus id permittitur; ant nisi Officium vel Commemoratio sit de identico Domini Mysterio, vel de eadom Sancti Persona. 4 Attamen, si plures habeantur Missae cantatae aut conventuales, vel etiam aliae habeantur Missae in cantu praeter conventualem, in qualibet ex eis
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