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Aterta del Artiénlo 2 Num.$s RESPVESTA L 86 A elte argumento, relponde Remi gio: que U:bano Oétavo en dichas claululas , no haz bi5 como Pontifice , lino como Doétor ; y por cona figuiente , que aunque dicha autoridad di gran fuer= qrála opinioncomun , y la confirma macho; con todo eo dexa en-fu probabilidad elta tercera lena tencia , como paíía en otras muchas , y graves quel tiones, que no obítante , que el Ponrifice las aya apo= vado, todavia le ventilar en las Efcuelas. , 87 Y que el Porificé en dicha claus fula no aya hablado como Pontifice , definiendo , fis no como Doétor , d como Juez , que juzga, de facto Jfecundum opinionem privatam , parece lo han de dezir todos aquellos, que juzgan , que quando el Fontifice di alguna fentencia d cerca de las cuías hechas , que en tal'calo, no fe dize, que la di en quanto Pontifice, fino en quanto es vna efpecial per= fona ,conftituida Juez de las dichas cofas : Afsi lo tienc Caltro Palao , tom. 1. tral. 4.di/p.1.punc?. 5. $.3.numer, 1. y dize ler doctrin a cierta , 4pud o m mes. / 38 Lo mimo tiene Suarez ; /1b.4. de dez¡bus ¿cap. 14. donde aviendole hecho vna obje- cion en el numer, 9. tomada de las palabras de Ales xandro Tercero , 11M cap. Licet , de Jponfa duorur, donde define , que el Matrimonio fato no fe difuel- ve por el fublequente confumado, y añade : Quamvis aliter q quibu/dam predecefJoribus noftris fit iudis eatum ; elto es , por fentencia ¿como parece lo en- tienden comunmente los Doctores; y aviendo refpon= dido dicho Suarez á dicha objecion de vri modo en el num.+10.delpues en e 24.1 1.dize lo que le (¡gue en el (iguiente $. uN Sa Quod fi forraffe iudicioni ¡llud fut per fententiam latam in aliqua particulari cama fa(licet id non conftet ) dicenduzn ef? , illam [enter tiam non fusiJJé latam interpretando ex cathedra: ims divinum , fed iudicando defacto ,focundum opinio- nem privatam , Or ideo non poruif? ¿nducere gene ralem lezem. Halta aqui Suarez , y cita 4 Covarru- bias , que dize ¿quelo dicho fe puede reducir Ajuizio privado, el qualíe haze tal vez, per opinionem pri= vatam , O ¡ta potuit contingere in illis Pontificia bus. Veale tambien el Calpenle,tom. 2.£rac.1 $ «di/p. 2/0 4.6. m4M.69. $ 90 Y que parece ayan de tenir lo dicho dichos Doétores en nueltro cala , fe puede probar afsi 3 porque, Urbano. Oétavo: en dicha claufula dió fentencia declarativa d cerca de las confeísiones hechas por los Regulares ; en wir= tud dela Bula y diziendo , que elta no lesaprovecho, ni les pudo aprovechar , ni les aprovechava defaóto: *- Creo,ÓLE, y 91 Halta aqui 4 la letrá To que coria tiene dicha refpuefta primera a la dicha objecion quinta. Veamos, pues; agora , que es lo qu el Confult Tom,4o Padre Maeltro Olmo dize coñitrá ello , en dicha Piz, 19.214im.5 .y para que lo liquido nos a jor,lo dividi4 sémos en dichos , como Íe ligue. DICHO LL 93 Dizeloprimsroel Padre Olmos Y relpordiendo a vn argumento en el ámero 62. dize el Padre Torrecilla : 4 efe argumento, re/bo:rá de el Padré Remigio, que Urbaño O Tavo én dichas elaufúlas no habló como Pontifice,de Ariendo, JP20 có mo Doctor.Peroa la verdad, ni el P.Remigio dize tal, ni audlo iia: 93 Para convencer al Padre Olmo en lo tocánte d élte dicho, no puede aver mejor prueda,que exhibir á la lerra lo que dicho P, Remigio dize,que escomo le fizue, » : : 94 El Padre Remigio en fu Suma de a folio, en lu quiarca elición , añadida por el mef- mo ,imprella en Madrid en la Imprenta Real , cl año de 1653.enel tra5f. 5.049. 5. 4947. 286: delpues de aver dicho en el 144145, 5. que del Pri= vilegio de la Balagozan, as folá mente: Los Seglas Fes , fino tambien los Religiolos; y Religio/as 5 y que aísi pueden por ella elegir Coner y y fer ablueltos de los calos reférvados: d:p1és ,dizo,de ello ,refpondiendo al Padre Mendo ¿queen la viti- ma pagida'de lu Tomo fobre la Bula', que es la 550. añade var adrertencia ¿Que porque en élla,no lolo fe contiene lo dicho artibx, (ito tambien otras colas , que fervirád para defpues , “qúiero ¡n= fertarla todá aquí y que 4 la lecra es de el tenor; Íiguientes bi | ADVERTEMCIA:. 95 ¡Ella dodrinano ágrada4 vn 33 fioderno, y juzga , Qué nadie , defpuesde la Bu- »; la de Urbano , le atrevid derfeñaria; y que no fe ys puede penfar *, que el Pontifice revocálle vna >» Bula ; dada para el bien comun de los Reéli= s.giolos ¿ comió olvidado de:si ; y pues fe intimdy, si y fué aceptada ¿(é drguye, dize, que no ay lu= s5gat de interpretarla” beriignamente : Miror tas ¡»men pof? Urbáni Octavi Bullam , aded i¡ntubis 55 tantér opinibnem edoteri , quam poh illam nulas se /h sufus tradere.Bullám aded"acrem,rigidam fir 5 mim, O nevdofam conce/Jaras érat Urbanos, vt: ¿y bono 'Relivionum ingenti profpiceret ¿0% illicoy ¿y vel fuboblitws , vel animi inconffans cam erat déa: 3, YOZAÉUPUS: ia E 96 *,, Pero d mi no me pirece demas; ¿5 [1 le encierideá los Aurofés y que delpues reférire,: 5, Y para proceder con la brevedad poísible , hé- 3 Mos de fuponer ¿ que la defendieron defpues "de 3 la Bla de Clemente O'ivo; Carididus', difquif, y Moral, 24. art. 63. dub. “4. Valero ,Eteytas, » Y ouos ¿¿y> la han ténido algunos: Cathedias D 2 2) tis
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