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e Rp del privilegio dela Cruzada; de elegir Con- felTor para queles abluelva de loscatos OR que el quele atreviere firmar lo contrario eS ES gado, como temerario , con pena de nos A fo Otra mas grave d arbitrio de el Superior: elte mi mo ets tuto General de Segovia, nos le repite ( que en eltoriene facilidad ) en la pag. 18, num. 6. Y dize fe inferta alli 2d litteram , el Decreto declaratorio de dicho Pontifice. RESPVESTA Ll 13 Refpondolo 1. Que defpues del dicho Eftatuto General de Segovia, y prohibicion de la San- tidad de Clemente VIII. tiene por probable la opinion benigna Geronimo 'Rodriguez de la Regular Obfer- yancia , donde le citamos arriba, $. 2. 14m. 1. in fin. aísimifmo , depues de la dicha prohibicion de Cle- mente VIII. llevael M. R. Padre Fray Luis de San Juan , Procurador General de la meíma Obfervancia en Roma: Que aunque á los dichos Religiofos efta prohibido elegir Confeflor , en virtud de la Cruza- da, y ferablueltos por ella , de cafos refervados , fin licencia de fus Prelados con todo effo (dize) mo fe han de condenar los que vían de ella, quanto 4 los dichos Articulos. Veafe en nueítro Tomo de las Pro= poficiones Condenadas, 4 pag. 132.24 n4mM. 125. ad 1132. inclufive. 14 Y Villalobos tiene por probable, adhuc, defpues de dicha Conftitucion de Clemente VII. y del Eftatuto General de Segovia , que pueden los Re- gulares, por virtud dela Cruzada, fer abíueltos de los relervados, por los Confeflores de fu Monafterio: y porque cita otros muchos Autores por elta fentencia, afsi de otras Religiones, como de la fuya de la Regular Obfervancia , me ha parecido tranícribir aqui , lo que acerca de elto dize, y es lo liguiente, A 15 Dicho, pues , Villalobos , en la quinta > ¡mpreÍsion , hecha en Salamanca año de 1629. en » el Tratad.27. en la clavfula 9. de la Bula,$. 2.2402. » 12. pag. 595. dize afsi : Solo queda aqui vna difi- » Cultad , que dexamos para elte lugar , y es, li los », Religiofos pueden fer ablueltos de los cafos referva- »» dos con la Bula de la Cruzada , por los Confellores », de lu Religion. ó 16 En efta dificultad ay dos. opiniones: », la vna tiene el Padre Fray Manuel Rodriguez , ale- » gando 3 Cordova ,¿Parafelo, y al Coleótor , y es ,, comun, Elta opinion dize, que no fe pueden los Re= »ligiofos en elte cafo aprovechar de la Bula : fundan. » le en algunas concelsiones antiguas, y declaraciones, > Que cita , y fuera de ellas ay otras dos nuevas; la » “na es de Pio. V, concedida ¿la Orden de los Pre- »> dicadoresel año de 1561. la fegunda es , otra fe- »» MEJante , que concedió. Clemente VILA los Pas », dres Carmelitas Deícalcos , de las quales gozam e . Religiones. El fun lamento delta fen- PS es, las Palabras de la melina Bula yen la qual 3» Ne ZO, que Ma es fuiurento revocar los privilegios, po Sanció: Als Supuriores delas Ordenes Mendio Apol. 1..Séc. 2.8. 1% », cantes, quanto á fus Frayles , Y es gran privilegio de »> los Superiores el refervar cafos, Se 17 La fegunda fentencia dize: Que puederr »» los Religiolos porla Bula , abfolveríe de los cafos » relervados con Confeflores aprobados por fus Prez »» lados, Blta fentencia tiene el Padre Maeltro Fray » Aguítin Antolinez , Cathedratico de Prima de »» | heologia en elta Vniverlidad de Salamanca , de >» la Orden de San Agultin, hombre emineariísimo, >» Y de tanta virtud, y Religion , cono todo; fab.a; »» Y me dixo , que lo avia tratado con el Maeitro D. >» Juan Alonfo de Curiel, que fue fu antocefTor en » la Carhedra de Prima , de tan grandes letras, y vir- >» tud, como todos conocimos, el qual le avia dicho, »» Que era muy probable, y que lomelmo fntie:on »» los Padres Leétores del Colegio de la Compañia »» de Jesvs delta Ciudad de Salamanca , COn quien »» lu Paternidad lo comunicó: y yotraté efte pao >, con el Padre Maeltco Er. Pedro Cornejo , de bue- 2» na memoria , Cathedratico de Durando , en elta >, Univerlidad de Salamanca, de la Orden de Nuel= >» tra Señora del Carmen, hombre de grandiísima »» Opinion , y fue del mimo parecer , y tambien lo >, €s nueltro P. Er. Hernando de Campo, de nueltra >», Orden , hombre de muchas letras , Y experiencia, 2» Que de(pues de aver fido Leétor de Theologia defx », te Convento de San Eranc fco de Salamanca , don, »» de fue Guardian diferentes vezes , fue Provincial » de elta Provincia de Santiago , y Difinidor GeneW >» ral de nueltra Orden, y al. prefente es Obiípo de » Santa Cruz , en las Indias , €l qual me dixo, que la= >» bia , que muchas perfonas graves , y doctas eram »» delta opinion. Y dize Fray Juan de la Cruz lib, 1. »» cap. 6. dub. 12.comeluf. 5, que esprobable , y ales >» ga A Henriquez , y Antolinez, Bañez,Fray Juan Vi. >, Gente de Luna, y otros, quefe dize fueron de efta > Opinion, E 18 El fundamento es ; Porque afsi lo cony »» Cede lu Santidad 4 todos los Chriítianos que tomáxw » Ten la Bula. Y no obltan los fundamentos Ye la y Parte contraria , que al primero fe reíponde, que »» los Sumos Pontifices no pueden atar las manos á fus ¿Lucellores, y afsi por las concelsiones nuevas cítán re- »» VOcadas las antiguas , y vimos, que defpues de lag ,, Antiguas , fue eltilo en la Religion aprovecharfe de » la Bula , quanto 1 efto , halta que vinjecon los Bre= »» ves delos Padres Dominicos , y Carmelitas-, que »» Quedan citados , 9 porque los Prelados lo veian » y. »»confentian , 9 por lo que queda dicho , lo: qual ten » 80 por mas cierto, 59 A las concelsiones de los Padres Domi- 39 MCOS , y Carmelitas, reíponde elta opinion , que »» NO derogaron elto', fina el poder elegir Confef= s»[or, fuera de la Religion , que abíuelva de los cafos » relervados, Que para efto fueron pedidas , come > Conlta de la relacion que en ellas (e pone al priacipio, >, entendiendola bien , £n aquellas palabras: Ef ¿low » YM pratextu eligunt Confefforew aliguando, »pretereos, qui dfuis Pralatis , cons confe/si0. Ribas deputari funt, quod aliquando in Jpeciale eo.
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