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F 414 Ciber fi es refervado , dino, fr es abloluto, 0 condicionado 2 Veale mueltro tomo «rercero de confuitas , comf. 1. de voto , por toda ella , d paz. 299.44304. perque fi fe hizo, no por elaíedto 3 la Religion, 0 al miímo voto lino por huir las aflicciones, y tentaciones dela carne, Ó para obligar + Dios 4 que le diclfe falud , ferá condi- cionado, y no abfoluto , como alli le refuelve, y otras muchas colas : y en'calo que fea condicio- nado, podrá. difpenfar en el el Obifpo , y losCon- feffores Regulares porfas privilegios , y conmutar— Je por la Bula qualquier Confellor, ¿bid. num, 20. y21. ' 7 Digo lo quinto : Que fi el tal voto fe hizo en'la hedad pupilar , podrá por elta parte difpenfar en el el Obifpo ( y por con- figuiente los Confeflores Regulares ) y aunque le hizieffe en la hedad: de la pubertad , fi le hizo fin licencia de fu: padre ,. es probable lo mefmo. Acerca de lo qual fe vea nueltro tomo de Obifpos , pag. 5o.y 51. de la fegunda imprefsion, dif.7.y8. 8 Digo lofext6: Que 6 fu Santi dad difptnso' ¿bfolutamente en dicho voto (aun- que en la narrativa fe alegafle el cafo de du- da, y la neceísidad de afsiltic 4 fu tia) aun= que elta muerta, no tendrá obligacion ( 4 lo menos fub mortali ) "4 entrar en Religion , por lo dicho en mi fuma ,tom. 1. pag. 163.nu4m,. 286. Pero lo contrario deberá deziríe, (1 fu Santidad no difpensó abfolutamente , fino folo hafta que mnrielle la tal: tía: porque elta mo fera' proprié difpenfacion , fino fufpenfion” por tiempo de' la obligacion á fu execucion.' Sic fentio ,/alvo iñ.om - ibas, Oca ' —CONSULTA VI: e Pr , y Maria , primeros hermanos, Nobles , y de las principales Fami- liasde(u Lugar, que pretenden contraer Matri- monio entre si : hizieron relacion á fu Santidad de que eran pobres, que cemian del trabajo de fásmanos, y de que avia avido infamia , Ó rumor en lu lugar. 2 - ' La hazienda de dicha Maria, escor- ta, y la: del dicho Pedro , que es mayor, con= fifte en tierras , y viñas Iruétiteras , Que necel= fica de cuydado, y vigilancia para fu cul. tivo. Y 3 Y las entradas de dicho Pedro en cafa de la dicha Mavia han fido publicas , y fre- guentes , hablando los dichos 4 folas “algunas vezes, con voz publica de que eftán tratados de calarfe, z Preguntale , pues» fi en aqueltas circunftancias podrán los reftigos jurar , para la Nerificacion dela narrativa, las dos cauías alega- Trát.AL Conf ult. 6.97. > das de pcbreza , Binfamia, con feguridad , nd a babilidad de conciencia. ¿CN 5 Kefpondo: Que me parece p m7 ble el que los teftigos en las circunitancias que A pregunta contiene, pueden con feguridad de com cienciajurar ,para la verificacion de la narrativa las dos caulas alegadas de pobreza , € infamia po. mo latamente tengo probado , in fimili en mi fea gundo tomo de Confultas varjas, 4 pa2. 261. con 13. portoda ella , en mitomo de Obifpos , 4 385. de la fegunda impreísion , confult. 6, py da ella , y en mi fegundo tomo de la Suma ¿dela mprelsión primera 5 2.7. confult. 14. donde] pueden ver los fundamentos. Sic/entio , infalg le omnibus, Oc. CONSULTA vin . 4 m Sobre fi el Doé?. D. Migael Franco de Villalba nonigo Regular de la Iglefa del S. Sepulcro Hi Jolymitano de la Ciudad de Calatayud , tenga! C vongia in tivulum , y fea habil para entrar. en forteo ler infecu- A Onfultófeme lo dicho in faéR conf cia 5 porque la parte contra infiftia , en que dicho Doétor Don ¡Miguel Fr de Villalba , no podia exercer el oficio de Di tado Capitular , en que avia fido extraíto ,.; averíe infeculado con la calidad que. no tenia Canigo doi la fobredicha Iglefa , p aver profeflado , y. por efía caufa no tener € nongia in titulam, Entre otros muchos funda € tos que alegavan para lo dicho me: citavar mi , refiriendo todo loque yo digo en el t01% de Confultas,tr, 5. duda 8.num; 171. Y 172% mm. 181.44 193. y elpecialmente en el m. 1% donde refpondiendo al argumento, tomado del T dentino, Se//. 14. cap. 10, de refor. Relpondos la tal eleccion , O colacion , es/ubconditione de profellen. 1 Él Con la fobredicha ocafion fe me' dió mi diétamen , y para que le pudielle dir conocimiento de todas las circunitancias, fe remitieron los alegatos , trabajados :en prd , Yi contra. Pondré folo el alegato favorable ¿y Y pues el diótamen que yo di, que t á la letra como [e figue, () 0 (0) y 7 B Í

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