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En que fe pone el fentir del Autor. vo . Nitampaco dudo yo , que [1 dichos Au- sores dela Compañia efcrivieran con libertad en el into que ventilamos , que muchos de ellos lleva sian ablolutamente nueltra fentencia , como la lla vo Thomá>» Sanchez, in manuzjcriptis , coma lo tellifica el Padre Moya, d1/P-8.9y8. MM. 17. y dize, que conita de las palabras quetraé ¿del dicho, Quintanaduezas ¿ y como lo fim:eron Jos Padres Lebtóres del Colegio de la Compañia de Jesvs , de Ja Ciudad de Sala nanca , coma delos dichos , y del M. Antolinez , y de Don Juan Alonfo de Curiel ,lo rellifica Villalobos, cuyas palabra. quedan tranícrip- as, /up. /cc.2.S. 1.04M.17- Y <Qno lo lleva por probable parajas demás Religiones y iucra dela Compañia, CaltroPalao , citado por dicho Moya, ubifup, y para las Monjas (ugeras al O1 dinario, Pe- llizario , citado tambien por el melimo Moya , en el mum. 18. in fin. 91 Y comollevan adhuc paratodo los Re- nvaleríc dela Bulade la Cru= gulares , que puede la zada para elegir Confeífor , que les. abluelva de g ralelquiera pecados mortales , MO relervados , los 4 ¿ L E a doftos Padres Mendo , y Quintanaduéñás ¿ fiendo relaxación te puede temer de que Conteflor que quilieren por para que les abíuelva de los ara que es abíuelva aísi , que mayor les lea icito elegir el wirtud de la Cruzada, mortales no refervados, que p : ely de los refervados : porque los relervados rar ibsi- amentefe cometen > y los mortales le cometen con mas frequencia : lo qual aprueba, y confirma él P.Olmo, a7.3. 1.3 1.4 pag. 2 48. lUegos Uno obk- tánte dicha mayor reláxdcioñ , que fe puede te- mer de que les vilga la Bula de Cruzada a los Regulares para elegir Confeflor en orden d los t relervados , opinan dichos Padres Men anadueñas , QUe púeden víár de la Bu tino tuvieran el precepto queticnen para -no enfeñar le nejante doctrina en orden 4 Jos refervados , de crect'es , que huyiera algunos Y quizás muchos de bos Autores de la Compañia, que fevalTen nueítra fentencia, 200 de los melmios que an la contraria, precilados del tal pres moórrales no 1 do, v Quint la para ellos, de prefente llev precepto. ! O02 o Puedefe , pues, prefumir, que el sen impughar nueltra fentencia; y levar vnadimes la contraria , mace en los dichos de p ia ¡enciá a los pre= fu prompra , y Religiotisima Ovtlieian O Ceptos de la fextá Congregacion Generál , y des fas Reverendifsimos Padres Generales : Además, EVOTCii0n o 5 / ao duifictfe llevar la nueltra (ha- que cafoigue alguno quitielfe lie in ds Mando júlta interpretacion para clio J BO de, E Dorian facar A Juz, como lo vemos clarifsima- 7 d ds La “nte 1a Sanchez mente , que ller ando nueltra lentenc > j tetas el que le de iMimanufcriptis , no han permitido ee SS dra Mans endo afei . que todas las obras de aicuo Eltampa , ficndo aísi , quetod: E de eraviísimo Áutor fon dienilsimas de la luz publl- ca: Afsi tambien vemos , que Quintan da E 1 sra ¡a MA. fon. 2.tY.2. fincul. 10.1. 4-PrOnNe Dolves ! : * ES . > py Ñ E del Y tar la queftion de arriba en los pub imei: _ a y qa 41 A a 1 ; 215191 13. Y vemos, que ei que cuydo de ld 1mpios! Confult Tos .4. confpirar vhantine E 97 de dicho tomo poíthumo, los quitó del : 2 lo qual , el docto Juan Martinez de Prado , €n el cap, 6.de Bulla,9.6.n.1. dize lo que fe ligue : Undé mul cl fatis prudenter dubitant de mente Autborum, quorum opera poftbuma in Societate edañtur : vt de non nullis additis Confilijs P. Thomae Sancheá notavit Cardinalis de Lugo ¿Oc. Veale tambien nueítro primer tomo de la (uma, 17. 3. 04P.3./Pc. 14 num. 72. y 73. pag. 520. de le fegunda imprel« lion. 93 Ni debe caular eltrañeza , ni atribuirle 2 viciode levedad, fi aviendo confiderado mejor la materia , llevo contraria fentencia agora en elta con» clufion fegunda , de la que llevé enel tomo de las Propoficiones , en la fegunda conclulion ; porque legun el comun Probervio , Sapientis ef mutare Confilium in melías, el qual Je toma de, la ley Non numgaam, donde la Glofla, ff. de collation. donor. y es comunilsimo de los DD. y praóticado de San Aguítin, que hizo tratado de retrataciones , mudan- do en mejor ,loque antes río avia conliderado tan exactamente , y lo melmo fe dize de Santo Thomási y Anfelmo Gomezen fu Examen MatritenÍe, retran ta muchas opiniones, que antes avia llevado , y el Pa Fr, Martin de San Jofeph , en el Prologo de fu luma, in fine, dize de sí lo figuientes iz 94 » Niay para que caule admiracion ,que 3, Alguna vez mude de opinion de las que defendi en », Otros libros , porque noen todos tiempos entieny », den Jos hombres lás colas de vna mifma manera : yí 3, por el miímo calo.,que Deus mundum tradidie » difputationi eorum , les concedió autoridad pará y, mudar de parecer , y el Derecho dá licencia para , efto, inprincip. inftit. delegar. Et mutare Confiz » lium in melius fapientis ef?,Glofl. 1.inleg. Non 5 vnquam , ff, de collatioñ. bonor. Y. llamando el, > Emiperador al Jurifconfulto Papiniano , Varon » prudentifsimo , leg. Vtere 14. C. de preedijs mi. » nor,8c leg. Cum Refponío 12. C. de legat. de leg ; ,» Cum yirum 16. Code Eidcicommif. Er appella- » tur acutifsimus ingentij vir , O* merito ante y alios excellens ,leg. Cum acutifsimi 30. C. de Fi po deicommif. % leg. Cum Papinianus 14: C. de 3, Íentent. interlocut. Con todo elfo no perdió nada ,, de lu credito,prudencia,y agudeza de ingenio,por ,; aver mudado parecer, ni porquetue pario¡en lus ni refpeeltas, y opiniones d como coníta de la ¡ey fo. y, $ Cumiin fecundum , C. de furtis, Hafía aquí dicho P. Fe, Martin de S. Foftpb. úl 95 Nipecrlo dicho en efta fegunda conclu= fion pretendo yo perjudicar d las Sagradas Religjo= nes que tuvicren .Ó preceptos de Jus Prelados, conftituciones en contrario, O” 11 vrrrál ob/eryan= tia: pues en eltas procederán fantifsimamente los lados en procurar con vigilancia lu obiervacion,) do 1 los tranígreflores de dichas leyes Muni- lada en la probabilidad de la gontraria íto es lo Que fiento fobre lá dicha difí= Pie caltigan cipales, fine fentenci2. + ) » puta) tan célebre; como antigua ; Jato 112 01%- nibus mméliori iaicio, 1] TRAS
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