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En que f? poneél feitir del Aitor. ex printipis extrinfecis probabilitatem babere, (e. las quales dizezque púlo el mifio P.Olño muy de intento enel m. 3. y lo /ézundó ; delas palabras del trilmo Moya; en la queff.3. 1. 28. Gua propter corám incuriasOc: todas las quáles referiremos del= plics. e AO CIA 38 Sedcontra,lo primero : Porque comó hadé tener por falla todo el dichio fylogifño, fi prueba; y apruebá la máyor del, que era elta : Con hiffarivs femel ándita confefsionetenetur, fe c6- y¡formare ópinioni penitentis; licer ipfe fal/am,O* námpróbabilem exiftimet Aummodo inter DD.pro . »» hate autonitátis probabilis repútetur ( vt docent 9 3otus ; Sí Valentiá,quos tefert, Se fequitur Thom: Sanchez ás in farra, lib, 1.cap. 9 NUM. 3. Iánnes ¿Sanchez infelechis,di/p.44,m31:0".35. Diana 2.part.tr.13.ref. 11.8 cum Henriquez, Balleo; ” Candido, 8 alijs Machade , tom. i.di/p.prad?. "art, 6.8: Meicado de controver/. cap.15.addens >” debere fe Hi donformare, ( opinio poenitentis 2 non fit error 5 que quidem obligatio .adeo (trióta ” elbs vi (db mortálireneatur , 1 de mortatibus fue- ” vic confefsio, ví exiftimant Toanties Sanchez; d1/pa 7 33.2.5 4 Thomas Sánchez, /up.m.24: Dian. /4p: ” rel.1 1.86 0x Suarez, Lugo di/p.22,/80. 2,480 >” Tamburiúusiin Metbodo expedit, ConfeJlib:3á ” 1ap.9.S. Late 34 O Ya contra Vazquez, Montes >” finos , 82 Salas, apud Dianam exiltimantes (us ves ??, nialitantam teneri.) > 59 Hafta ¿qui dicho Moya, el qual clariísimameñte , ño folo prueba dicha mayor con Ja doGtriná contenida en dicto pareñtelis ¿ fino es que tambien la apruebi, como lo conocerá: el que atentamente le leyere ; y ponderare:: y mucho mejor de Jo. Huúmieros que A el fe figuen : pues vna evaliori que pretende Lugo, y la refiere di- cho Moyá enel 24m. 4. la refuta el miímo efica- cifsimametite eri los numeros 5-6. Y 7. y €n el numero. $. fe. haze 4 si miifmo vna objecion , Y la difuelve de fu miíma doétriña (feñal que la leva) y con la de Bardi,.en:la forma que le figue. 60 ,, Nec bbítat , quod opinio hec ,y mious turá ¿miaufque probabilis (ic. Quia vt do- , cuimuss tra; 1: de opin.probab: quel. 5. per to- Lam. licitum ell ; tutiori ¿$e probabiliori reli%ta, y Minultiram, minuíque probabilem , dum- pro- ,» babilis Gir , ampleóti: pro qua plures ¡bi addu- ,,Ximus, 82 fexaginta;/Authores pro. hac parte ré- yo fest Bardi¿n feletisylib. 11.quef. Vnic. Qui, >, oqui-., cuiufcumque hominis “intelleótum re- , te difpolizumi miovere poflunt ; Se ideo non » folumi cuca , $ probabilem , verum etjam MmO= ,, raliter cerrám opinionem hanc reddunt ,: $ pro- »»babilitatem,oppoíca ita minuunt 5 vt hodie >» polk ralium Doétorun fenfum , parum proba- >» bilitatis in voluar¿ 1mo peníatis rarionibus, ,» Quas predióti Authiores adducunt , videtur ipía ,¿ fenteacia oppolita ; confticuta in confiaio im PY 93 3, probabilium. Hadtents. P. Bardi. A/si 3 dicho Moya en dicho numtro : y defpues concluye con las palabras que quedan tranfcriprasá la lerra; Júpra, NUM: 19: del 61 Veafe,pues, como cabe coñ lo di- cho , el que répugne que el P. Moya no tenza por Jal/a dicba mayor : como mal, dize dicho P. Olmo, pues dehiende clarifsimamente, O eficaciftime 14 tal mayor, como doétrina, que es fuyá: y por tal confirma defpues lo mifmo , en la queltion 9. numer. 1.enel addito que alli pone de fuya, del- pues de auer aprobado la doftrina de Juan San-= chez , veanfe fus palabras árriba ,en el fin de el nua mer, 50. ni delayuda dá elto , antes bien lo confirma y muctio,lo que depués dize, y refuelve en la q4e/B, 10. num, 1.3. Y 5. de que queda hecha ¡menciolia arriba; y pei 62. Ni tampoco es verililmi tenga por falía disho P. Moya la menor, porque Íi la me- hor era elta ¿Sed opinio penitentis Regularis circá u/um Cruciate pro ab/olutione refervatorum + rea putatar probábilis inter DD probata authoritatis: y dicho: P; Moya fabe que lleván ablolutamente di- cha opinion , d qué la dán por probable, adbuwc delz pues del Decreto de Arbaño Oétavo , los ñuchos, y gravifgimos DD. que quedan referidos arriba, 24m. 20.“pues. los cita el mifmo; como cabe ( no digo larepugnancia del Padre Olmo , que eflo es cofá de rifa ) pero ni el que dexé de hazer politivo juiz zio dicho Padre Moya, «de que la tal opinion eltá reputada por probable entre Doétorés de autori= dad japrobáda ; pues todos los que el dicho citá fon de probáda autoridad ¿cómo no lo puede ne- gar dicho Moya , pues los cita millares de vezes 4 favor de fus doétrinas , las quales cónfirma , y prueba coñ_la autoridad de lostales, lo qual no hizierá 4 no juzgar ; era aprobada fu auroridad: ergo, Étc; q : 6; Ni loque dize dicho Moya én la quef.9.mum. 2: cum Confeffarias , Oc. difmi- ye vn apice de lo dicho ¿porque cabe muy bien que el Cohfellor Ja teiga 0omnino por improbable , co el juzgar Gue ay Autores de probada autcridad entre los quales eta repurada por probable qué erá loque folameénte fé «contenia en menor : ergo; Sc. ' 64 Verdad es , que dicho por Mn ya le niega lá probabilidad , adbuc ,extrinfeca . pes ro elto es lo que fujpicátive dezimos molo hate ex armo, fino , porque aténto el dicho precepto , y la wedexava dicho mo parece podia dir 2 la tal opi- nion probabilidad , adbwc , extrinfeca ; (in com travenir 410 que por el le les manda , por lo dí- choarribá , delde el num.20. haa el 27. v que no lo digá ex' animo , fiño por lo dicho, le confirma de lo que el miímo dize, en la que (t. 15. de qua fupr: ergo, Sec. *, , y 7 65. Y mucho menos difmimive apice - de lá dieha fofpecha lo que diaé el mifrtio Moya e

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