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Acerca del Articulo 10. Num. 2 3. Er Palacios. 4..dift. 38. difp: 3. columna 6. verí, po El rigitur difpenfatio,fo!.865..vbi dicens difpen= , penfarionem exigere cauíám juítam, addir hxc: Et per cáufam buiufmodi, fub audi, non evidena pteriufam ,fed probabilen: , vel dubiam. Aísi el obre dicho Sanchez. 257 De lo qual /a4b/umo, y conclú- yo afsi,Sed /íc ef?, que fola la verguenga del Peniten= teesfuficiente caufa para que el Superior conceda al fubdito la tal facultad, aún quando la pide por erro, como coníta delo dicho por toda la pruebafexra ; y mejor,por todas la antecedentes: y por lo menos nin= guno puede dudar razonablemente , que en tal cafo aya á lo meños cauía dubia: ergo, dec. 258 Lo octavo : Porque no me da- rá el Padre Olmo Autor alguno que diga,que el Su= rior pecárá en no apreraf la mano demaliadamente áfusfubditos , en la denégacion de licencias, para confellaríe libremente de calos refervados con Coñ- felfor de fu fatisfacion : y mas en cafos particúla= res ( de que vamos hablando >) en que el fubdito por la verguenga , y dificultad que tieñe en recdirer al Superior (gal alsignado porel) por «los relervas doscometidos le pide( O porsi, 0 porotro) lu li- cencia, y facultad para confelflarfe de ellos con Cons fefTor de fu confianga , y eleccion: y afsi vemos, que dis ho Padre Olmo no citá Agtor que tal diga : Imo, Jos mefmos Autores quecitá para que los Prelados debaxo de pecado mortal eltán obligados á corregir, y caltizarfus (ubdito adhac en algunos pecados ve- niales,como fon en la fraccion de las Canftituciones, eos miímos favorecen lo contrario:en nueltro calo; como conít1 de lo dicho árriba. 259 Im0, ni el meímo P. Olmo pues de dezir ral cola , fin oponeríe manifieftamente Alo ye dize en otras mucháspartes de lu tratado: Ácer- ca de lo qual le vea la dicho arriba, /ec.s.$.1, 41. 14.44 44. e/pecialmente en lo que dize pag.,2 78. num.18. y queda referido en dicho 24m. 44. y pag. 134.8. 2. que aunque queda ponderado ¿atros vi- fos, viene corr la mefma tuergual prelente intéto,co= mo lo conocerá qualquiera que lo vea, y lo entienda medianamente : luego (ín findamento de razon , ni de Autoridad ¿dize dicho P.::Olmo, que pecarán mucho más gravemente en no apretar la minodé maliado en Ja denegacion. de dichas licencia +: m0, eontradiziendofe 2 sí mifino en elto, como en otras muchas colas, que por tan muchas, lás omito muchas vezes: ergo, Sc. 260 Y lo i9no: Porque na foló no pe- cera el Súverior en no apretab la mano demafiado 4 fus fubditos en la denegacion de dichas licencias, Ímo que antes bien foy de fentir,que por qualquiera cau- fa, eftiri obligado el Suozriór, en conciencia, cón- ceder al fibdito que la oide, facultad de fer abfuelto de Josrefervados cometidos, por otro Confeflor, tn prelentaríe al mifmo Superiar > 9 lin contell arfe qe el, ni con los aSignados por el, por lo dicho arriba, fec.1:6.8.4n.176. ad 185. y mucho de lo que queda dicho fobre elte 1.23 .prueba tambien lo mifz MO: ergo, Scc. 381 RESPVESTA Il; 261 Refpondo lo 2. Que las Autos ridádes de S. Agultin ¿San Gregorio , del Cardenal Pedro Damiano , la Regla 10. dé las Decretales y de la Gloffa alli, pruebán bién el antecedente ¿peró no prueban en manera alguna la confequenciá :Que ho prueben la confequeñcia,coníta de lo dicho,y que prueben bien el antecedente; es tambien coñítante, y, le confirma, como fe figue. N , 261 Porque los Prelados eltán obliz gados á corregir, y caftigar fus fubditos , comio Ver= daderos Paltores , y Reótoresfuyos , Ne /anguis eóz rum de fuis manibis requiratur ,como lo dize el Texto in cap. Irrefracabili , de Offic. Indicis Ova dinarij , y alli la Glofía, verb. Ne fanguis, que ales a otros muchos Fextos al intento:y añade alli, qué no le admite elcufa del Paltor , ff lupus oves comie- dit,Ó' Pafor nefcit, pero tudo ello fe en tiende fez gun el cap. Quamvis, de regúlis iuris, que esel cap; 10, que cl P.-Olmonos cita , y nos manda que cor efpecialidad veamos alli la Glofía, que proficrocofas maravilloías: Mira proferentem : y tiene muchifsi> ma razon, por que de ló que profiere, le infiere la ¡ria teligencia de todas las fobredichas Autoridades: pero todas las dichas maravillofas cofas que profiere, fon contra el P. Olmo, y nó contra nofotros: pues todas elias, foló prueban el antecedente, y en ninguna mas nera la cóñfequencia, Y fino vamoslas viendo. 263 Dize lo primero la dicha Gloffa;, verb. Paftor nefeit : Que elfo fe dize , por que el Paltor , ó Prelado efti obligado dinquitir, y corres gir los exce Tos de losfubditos ; y que alias fañguis coram de Prelatorum manibus Pequiretur , y no tendra efcuía alguna ; fegun el alegado Texto /rre- fragabili. E 364 Pero efto fegun Legana , par?. 1.cap.277. num, 1.(4 lo qual fe remite en el cap:1 8. n. 15. in fine citado por el P. Olmo Je en tiende; y es principalmente verdadero , en tiempo de la vi fica de us fubditos , lá qual por Derecho comun, y Divino eftin obligados 4 hazer , fegun aquello de S; Lucas 't3. Er $4 aliquando converfas confirma fratrés tuos , y por Derecho humano , ex ca) Ros mano ,$. 1. de cenfibús , in 6. O Can. Relat. 15: quel. 1. y mas expreflamente del Concilio Tridena tino ,/2ff.25.cap. 1. Ó* 8. En lá qual vifita eltán obligados 4 inqui: je , (los fubditos guardan fu Re- gla ,oblerván fus Conltituciones , li caminan 4 lá pefección , oí faltan 1 fus obligaciones , Ec. y li lós hallaren defectuolos ; deberan Corregir, y car tigar los exceflos: y lo mifmo digo cafo que el Pre= lado tenga alguna noticia , 9 fofpecha fundada de ellos; fuera de vilicá : masen nueltro calo ¿en que ño tieris la meñor noticia del delito ,d delinquente;s ni puede tenerla : porque el tal calo relervado yA cometido , no lo fabé otro ¿lguño( fupongamoslo aísi) mas que el melmo psnitemte , Que o 4
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