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376 | quencia en elta forma ; luego fi ningun Papa, Ca. non, 9 Concilio mandan á los Prelados, que re- Jerven algunos cafos : y fila refervacion hecha Ln egitima caula , fe tendria por imprudencia , y por nula : Qué dirémos del Superior que apretafle tam demaliadamente 4 fus lubditos en la denegacion de licencias para poder confeffaríe de vna culpa relervada , en que como flacos han caido , con el Confeífor de lu confianga , y eleccion? Y mas quando el Prelado no tiene la menor noticia de la tal culpa , ni fofpechas del fugeto que la cometio, y que pide la tal licencia 2 Y que puede fer [ea la vnica vez que ha delinquido en lemejantes refervan dos , y mas forgado , d brindado de la ocafion , que por relaxacion de coltumbres , Y que cóncurran en el tal, muchas , y vrgentes caufas para no confeflara fe de la tal culpa con el Superior, ni con el afsignan do (9 afsignados ) por elte para lo dicho ¿Dirémos acalo, que en tal cafo , le afsifte al ta] Prelado razon, O prudencia para negar la dicha licencia > Y para apretar tan demaliadamente la mano al tal fubdi- to ,en la denegacion de ella? O dirémos con Sana to Thomás ,que pecará el Superior que no fucre fan cil á ddr femejantes licencias para confelaríe con otro 1 Yo elto vltim o dire fiempre con el Angelico Preceptor , 3 quien me atengo mas que al Padre Ola Olmo : ergo , 8cc. DICHO. IL 215 Dize lo fegundo el Padre Ol. mo ,continuandolo Alo antecedente , lo que fe (1- gue : Temblar haze el capitulo , S¿ Reétor 1. dif. 43- (que por muy difuflo no copio) veanle los de la opuelta fentencia , y hallarin no ay diccion, que no [ea vn rigurofo fifcal contra ella : ÁA/fsi dicho Padre Olmo. ; 216 ' Sed contra: Porque el dicho capitulo que comienga Sit (y no Si) noes en ma- nera alguna del intento , el qual queda brevemente copiado arriba ,/2c. 3. $. 4. n4m.93. 97:98.y 99. donde (e puede vér , pero veamos agora las autori- dades que copia del , dicho Padre O'mo,, por juz= garlas ler las mas conducentes al intento, y fe verá quan agenas lean para poder inferir confequen- cia de ellas ¿loque fe vá ventilando , las quales fom las figuientes. , ¿DIC HO. 1 217 Profigue el Padre Olmo,, Zbi- dem , y dize alsi : Si los Prelados permitieran lo que enfeña la tal opinion, no fueran Paltores, fi- no Mercenarios: Quía veniente lapo , Sugiuns. Y alli la Glofla : Zaxta ¡lud. Nas fluifemocet”, mul $o/que filentia damnant. Fueran dighos Prelados eanelmuti, non valentes latrare. lJaia 56, Aísi el dicho Olmo, : Apoloz..1.Sec. 6, $. Unico. 218 Sed contra: Porduen: admirar eltas claufulas, proferidas por Ñ General , para deducir confequencia al. pun ventilamos : no ay entodo el fobredicho Tex de ción ,que no fea vn rigurefo fifca] contra'la m aplicacion de dicho Padre Olmo ; y [Ino ¿veamos principio de dicho Texto, en que eltán las foba dichas claufulas , que del lo. conocera clarifsim mente , aun el que menos entienda, el qual esd letra , como fe ligue. 00 219 »Sit Reétor difcretus in 3» lentio , vtilis in verbo , ne aut tacenda profera » Aut proferenda rericeícat. Nam ficut in cal »» locutio in errorem per trabit , ita in difcretas »» lentium cos , qui erudirj poterant , in re C »» Telinguit. S:epe namque Reétores improvidi hy 3, Manam amittere gratiam formidantes , loqui ¡bes 3» Fe reÉte pertimelcunt, >» DEquaquam jam gregisCuftodiz,Paltorem fhuds »» led Mercenariorum vice de fervitnt: quia' venjen >» lupo fugiunt, dum fe fublilentio abfcondur 3» Hinc namque eos per Prophertam Dominus inér »» Pat , dicens ; canes muri , hoh valentes latrare; Sí iuxta veritatis vocem O A - ES pd RA » alli la Glofla, verb. Latrare, propten pigitri 28 » Asi el Jobredicho capitulo. 120 te Leétor , todas y conocerá la mala aplicacion que pretendí del, el Padre Olmo, al intento que vent lamos ; y fi no, pregunto lo primero : Si de dig Texto, 0 de las dichas claululas falga bien ef ta confequencia ; Luego los Superiores mo deben moftrar/e benignos con los Jubditos . y conceder les la litenela que piden . para confefJarfe 60 otro ConfefJor de fas do en que como flacos han cabdo? iÑ 221 Preguato lo fegundo , (por que dichos Prelados concedan benigna nens te, dicha licencia, conhiefle. enteramente, como debe , para fal lir de fu mal cftado , fe verificará de. ellos; aquello del fobredicho Texto , que, Sapé Rea ¿lores Improvidi, humana amittere oratin 4 ; ' > dé ná ó eN Jformidantes , loqái libere recto pertimelcunti Y lo miímo pregunto de las demás , guen dla dicha. 222 Pregunto lo tercero + Si de Superiores , que atendiendo al confuelo € ritua de [us fubditos , que por flaqueza , y miferja , hal caido en alguna culpa , que prerequiera fa: aurora dad, y lespiden licencia para confellaríe de ella; con otro Confellor de fu latisfacion ( or mi atréveríe 4 confeflaríe de ella con el: mifma, 9 conel afsignado por el) Tes conceden ben namente la tal licencia , deben en fentir. dre Olmo, reputaríe , no por Pajtore fino, por Mercenarios , y por Pérros' mil dos , non vuslentes latéare : Que «diremos aquellos Prelados , y de aquellas Religion que le mueltran tan benignas con fus fu EPA y claufulas que e ¿E * Cohfidere , pues ,:el pruden E las Sobredichas clavdu as) > A atisfavion de algun refervadayó d fin de que el lubdito fe Al del Pas

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