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7 e Pa que alega; delcuido, que no fe: notado en el gran Zagnano -Malsi efculo enteramente al Padre Torvecilia, Afivdicho Padre Olmo, 134 Acerca de lo:qual, en primer lu- gar, le rindo al Padre Olmo muchas - gracias por la buena voluntad eon que dize, que me efe cu/a enteramente ; Perole hago faber, que para dif-uiparme tengo - yo. fobradifsima propenfion (como hijo de Adán) plugujera A nueítro Se- ñor no tuviera tanta, d no. la tuviera, O que efsTivamente me venciefle en ella, y la mortis ficafle, que otro gallo me cantaria; y aunque Íca tan corta mi capacidad ¡para' faber efcufar me enteramente; pero. cada vmo de los hijos de Adin tiene para effo la ballante, y no ha me- nelter tan gran Patrono para efcufar fus defec- tos, que pueden tener tergiveríacion, d ef cuía. ó Ap 185 Lo que le puedo allegurar , es, que no vi para lo dicho al Señor Barboía: pe- ro , pues , fupone el Padre Olmo ( Ó lo di 4 en- tender) que lo dize alsi dicho Autor, ella au- toridad mas ( que es de gravifsimo pelo para qual- quier cordato, por fu gran credito en el Orbe Lite- rario ) tendré á mi favor. 186 Solo eltraño aquí dos cofas de el Padre Olmo; la va, lo mucho que abandona aqui los libros de el Señor Barbofx, e[peciale meme el Axiomata iuris , quando en elle tratado - del Padre Olmo, no ay coía mas frequentada que trasladarle fu Paternidad Reverenda, mo folo lus Axiomas, lino 4 la letra todos los Autores, aungue fean muchos, fiendo' afsi ,. Que con de- zir era comun , O con citar vno., 4 otro, fobrava, y fe ahorraria el” trabajo de trasladarlos, y el papel que ocupan ; lo contrario pafía con el Dot. Profpero Fagnano ( 4 quien tengo baltantemen- te vilto , y citado en mis obras) que rarifsima cofa trae de.el dicho el Padre Olmo, y efloen orden á lo que huclevá quella propoficion, que: Opinio probabilis non fufficit ad fecuritatem confcientia, ¿condenada yá e Alexandro VIIL, en la tercera propolicion de lu Decreto. j 187 Y la otra : Que llama errores maten beriales 3 los dichos , no reparo ene, que cier- to es, que (1 huvielle alguna cita errada en el dicho (que no mueltra alguna el Padre Olmo, pues lagque indica eltarlo, mo lo eltin, fino por la mala inteligencia, 9 porla priffa con que las debid de regiltrar lu Paternidad ) feria error mera material , de que raro Efcritor fe hallata inmune: en lo que reparo es, en que quando refiere vna cita mia del Derecho (que a fu Paternidad fe le antojó eltár errada) la pondera y acrimina,co- mo fifaelle vo crimen Jefe maieftatis ¡Y la alega para probar , que no fe debe dir crediro 4 Yo homn- bre , por prudente , y de verdad que fe 42, quere» frere algún fuccfo : Miren que linde! Eltremada aplicacion, por cicitol Vesfe lo dicho sy latrel. puelta A ello, Supra, /eccion 3. $. 4. 2 númer. olog. 1. Sec.6,S. Unico, dofas , de dicho Padre. 188 Y en quanto A aquello , vltimo pregunta el Padre Olmo con € que le ligue ; 7 vamos al cafo +0 el fuman Summa Iniquitas (que fe fipje) lo toma por. poficion, Ye, ' 189 Refpondo lo primero: ficcion aquello de que el Jummumn ¡ds iniquitas? Será ficcion fundada en los D no folo comun;fsima de los DoZFores , (ino de el miímo Padre Olmo , como confia dicho arriba , deíde el »mumero 169. 179. 64. ad 110. y alli las citas' del D RESPUESTA un. :90 Reípondolo fegúndo A la bh ta : Que aquel /ammim jas , e? fusima inián no fetoma alli por ninguno de los micmbk el Trilema , fino por lo que gilo fuena: $ entodo Derecho, fea Canonico , Civil, of fiaftico , feba de preferir quanto quepa la HE vidad al rigor, y entenderíe con la modeN que admita, y quepa en el y Segun la equidal narural razon. q 191 Exemp!ifiquemoslo en el BD cho Eclefiaftico: Manda la Iglefia 1: los” les que ayunen la Quarefaia, 4i efto fe lacíle entender e modo , que comprehe fe en si toda hedad, mayor, y Menor: y dos » todos , ¿ora fean erabajadores hantés, Sc. y de tal fuertes que no $8 vice de difpenfar ni com facos , ni achacofos, ni. con. enfermos >» 0 pot K alguna, elle /[ummum jus, Seria Umma in dad: elle, en rigor yno ferja Derecho , line ria: ello. feria contratodo Derecho+ y ello m pafía en los demás Derechos , y. de lo quí ze vel Derecho Canonico., tomado. de Ja verbios: Noli ee nimium iujhys :: qui mí emungit , clicit fanguinem: y la Gioflagi qui mutura corrigit , ofendit: y el Dered vil, regula go. in omnibus quider , sazeint men Iutute , equitas Jpcótanda e: y elos! que en todas las cofas, elpeciálmente MM aguitas prefertun rigori:, leg: ¡Placuit, Cl tudic. leg. Sisibi, f. ficertum petater y 0aDa Me tranfadh, 192 ó » E ¿ al Afsi, pues: Refervafe- el P, ¡cial algunos pecados; querer, pues , entend selervacion , de, tal fuerte, y. con tant que aungue el fubdito tenga fuma difia recorrer 4“ el por-los Fefervados com sf no tenga contianga para confellarlos con4 fellor afsignado , cafo que le aya)y ¿Cencia por: medio de otro, que es de (6 fisoca, y eleccion , para confeflasfe cua el gorícla el Superior, en tal calo, lerá ap
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