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“Acerca del Articuio 10. Num. 20. dis 1c +4 manufcriptis, quem in Thefibus, difputa- sio ¡bus aut pradicationibus,caveant ab omni cen- furs, O nota ,nec non a quiba/cumque convisijs contra ess propofitiones ,que adbuc inter Catholi- cos vinc inde contro vertantur, donec 4 Sanitas Se- de r:cr2nita, fuper ijfdem propofitionibus iudicium proferatar. Confidere bien V.P. el fobre dicho'pre- ceoro, en virtud de fanta obediencia ¿de dicho Sumo Pou:if.ce impuelto en 2.de Margo dalaño de 1679» 162 Ruego a Vueía Paternidad, tambien cómo A hermano :ló fegaundo , que yá que av1 de cenfurar alguna opinion » 9 dicho de algun Autor Catolico maxime no aviendo avido Autor que la aya cenfurado antes ) fea fiel en ajultar las ba'ancas dela cenfuras: porque querer cenfurar los dichos particulares de los mencionados Autores conla nota . 9 de imp»obables, O de improbabilifsi- mor, y la ovinion: de Mendo, Quintanadueñas, Main de San Jofeph , porque no frifían con el dic= tamen de Y. Parernidad : y dir V. Paternidad por probahilifsimo., y leatrif imo en concien:da ( para que folo confultaron ) que el Caltellano N. podia permirir el ingreflo de las Meretrices en lu Caltillo para folwzar torpemente 2 Ios Cavalleros prelos en el: y de 3 por confequencia , qe fe deben perm iy ¡0 1Nf2= rior, queun fo!o peca lo mortal! de fúperior e/pecies adeala antes miloecados mortales de efpec no parece que le atu ftan bien las Da anqa j 5 Cera furas: y no, pregunto!o VD du et q ie me perfaado no avra quien le diga eitán dicen ajultadas dichas balangas. 163 Ruego 4 Vuela Paternidad, tambien como 1 hermano : lo %erce?o , que apriete mas los puños , O en las pruebas de fus concluftones; den lasimpugnaciónes de las doctrinas contrarias,y lc dexe descenfuras , Y de diéterios : lo vno , porque qué como bien el M, Cartes, tranfcripto arriba, /ec: 3.6.4-1. 177. in fine, los hombres de buen juy zio, efcufan cenfuras: y fiendolo V.: P. tanto ;fiento,co- mo hermano, el verletan inclinado a ellas: lo atro, por eljulto temor de no contravenir al jultifsimo brecepto ,envirmud de fanta obediencia: del Sumo Puntifice Inocencio Xt. y lo otto , porque [emejan- tescenfras , y dióterios ,fuélen fer caula de repro- ducir efettos defapacibles , contra el miímo que las produxo:y con cíto palfemos al num.20» NUMERO XX. 164 Proficuiendo el Padre Olmo, en el num. 20. P3£- 280. dize lo que fe fígue: Gran cameo nos delcubre el qiarto ar gun nto,mas antes de re'ponder , me ha parecido liquidar la verdad de 2onella Regla , 9 Maxima: Sammasm lus ef fumma intentas: para la qual regiltre el cap. QUE CHA, Sera pens, de Peenit.y la ley Placuit 3 y no ay tal, ni (1- quiera vna alufion 3 porque el capitulo folo refiere aquella comun Regla de Salomoñ: Noli efe iufus multa; y en quanto á la ley Placuit, contiene íolo 66 aquella bien [abida fentencia:Placale in a Pt= bus ,pracipuam efe inftitic, a2quitati/que , quam JtricÉi iuris rationem. Ni mas palabra que dize, y, lo búeno que ay es , que en todo ei Derecho Canos nico , no ay tál Regla , ni Maxima : qué juizio pue- da hazeríe delto, y del ibi Doctores coa las verliones que pone; no lo difcurro. , : : 165 Sola fi tengo por cierto lo ha= llaria afsi en algun Autor , como de otros dexo di cho 3 porqueenla verdad , quien le governare por los libros del Señor Barbofa. : efpecialmente por el tomo que feintitula Axtomata iuris ) tropezára en mil errores materialés . por las citas; mayormen=- te- del «Derecho Cánonico, y de las de los Theo- logos que alegáy defcuido queno he notado en el gran Faguano; y alsiefculo gateramente al P._Torre= cilla. : ; 166 Y vamos al calo.O el Summumn ius efi fumma iniquitas (quele Enje) lo toma por la impolicion de calosrefervados (dé quien dexa dicho es gravamen) d por la cohartacion de poderlos Re= gulares elegir Contellor 2 Si priram , escontra los Decretos de la Silla Apoftolicá , y el Santo Con! cilio de Trento; y las Decrerales, que dexamos pueltas arriba. Si fecandum ; estambien opuelto, a lo que han determinado los Pontifices, en mas de veinte y. dos Bulas que demueftro. O bien es con= tra Jos Superiores de las Sagradas Religiones , que fe arreglan 210 que les mandan los Pontifices, y dif= ponen fus Eftatutos , pues no ay mas á quien adap» tarlo: (profiga la confequencia quien guítare , que aunque se formalicarla , no me atrevo a elcrivirlas), Afsi á la letra dicho P. Olmo en dicho1.20. INSTANCIAS, Y RESPVESTA L ' 167 Antes de refponder á lo que €l Padre Olmo objeta en elte num.z0 €s precifo re- perir aquí lo que yo dixe en el 1.48.(Y queda traní= cripto arriba, /ec. 2. $. 6.n. 42 1.) que es el quar» to argumento , contra el qual fon las dichas inítan= cias , para que teniendole inmediatamente prelen= te, le conozca mejor la fuerga de ellas : €s , Pues, loque dixeen dicho numero, 2 la lewa lo que le ¡gue. A 168 ,, Además, que afsicomo fuma ,, mum ¡as ef fuma iniquitas,4x cap.S erpens de y penitent.difi.1. leg. Placuit.8 God: de ¡udic.O* ¿y ibi DD. Ó como otros dizen , f4mmurmn (Ms ¿Mike ,, Um ¡ns , Ó COMO OHOS > fummnuwn 185, Jumma y» Crux ,aísi tambien , querer reducir en angultias la libertad delos Religiolos, y Religiolas, mas le- 5 ri en deltruccion de muchas que en edificacion ,, de fu conciencia 3 y fino que de inconvenientes no refultan quando los Superiores aprietan ” demafiado 3 fus fubditos en la denegación de E licencias para poderfe confeffar libremente , con el Confeffor de fu confianga, Y eleccion? , Qué comuniones mal hechas no fuelen per

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