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- 360 — Apolago1.Sec. 6. S« Unico, ga, y obligacion de la dicha fuma , y por vía de (¡- ánola 1 ni cl fer por.via de ú mofnz onerofa , impide, fque hecha la dicht con :clsiom pos lu Santidad , que. de el Rey con la obligacion, y cargidejulticiad la dichatimafns:: como el queha pedido 1 vn Sacerdo= te le diga cinquenta Miflys por el eftipzndio ordina- rio ¿que vna ves dichas por el Sazerdare , queda el «al lugero obligado , con obligacion de ¡ulticia , á dir el dicau citipeadio al tal Saverdore , por via de lia mofaa para fu [ultentacion, DICHO Y. 98 Dize lo quinto enel miímo 24%, o, circa fiaem ylo que le figue: Que dicho con- trato fuera fimoniaco , cóntra Derecho Divino, y Natural , pues el Pontifice concedia las Indul. gencias de la Santa Cruzada', y otros indaltos, y privilegios clpicituales ( que le fundan en juril- dicion Ecleñialtica ) por los daze mil «ducados de oro que le obliga dir el Rey. Esíin razon el dil= eurrit ello del Sumo Paltor de la Iglelia , y de vnos Reyes tan j1ltos , y Cacolicos : luego todo elto que alegan esfallo, 99 Sed contra; Lo primero , porque to do elto tiene manificita inftancia en la primera concelsion , de la qual dize el Padre Olmo, que relponden algunos fer verdad; que en ellahuvo contrato onerofo, y remunerativo, la qual re(= pueíta aprueba el miím> Olmo , por muy burña, y adequada :apliqueíe , pues:, lu Paternidad elte di- cho 5.4 aquella primera concelsion , y lo que rel- pondiere á él, en quinto 4 la dicha concefsion primera , pue le darle por réfpondido 2 todas las demás concefsiones. 99 Lo fegando : Porque tambien ticne inltancia manifñieíta en el contrato oneroío , que júterviene con'las '(ingulares perlonmas que toman laBúla, y din ladimo(n1 que le les prefcribe en ella, como le dixa cala primera couclulñion por toda ella: ergo, Xc. 100- Lo tersero : Porque fino ay fi- monia en dir cien reales al Sacerdote, con pito de que diga cinquenta Millas : Ztem , filos frutos del Beneficio 5 las dezimas , oblaciones, le dán con condicion, y paóto , que el Benehciado admin'(= ere las colasSigradas 3 y con todoef> ,eltal pato no es (imoniaco ,com>es certiísimo : Item , y (es licito dexar reditos annuales en los Aniverfarios, y fundaciones de Capellanias , con obligacion, y paíto de que fe celebren tantas Millas , como. todo es doc- trina cierta , y prastizada en toda la Igleñia , (in que enello aya labz de (imonia , como todo es comun, y corriente deétrina : por que ha de aver limonia en el padto onsrolo , y contrato innóminado de nutltro calo, fi no por mala inteligencia del 4 era go y Sc. Yi wirsor Lo guarto : Porque fi puede el «Sumo Pontifice recibir alguna cola fin incurrir en (+ met monia por las difpenfaciones ( fiendo afsi , queja peníacion en votos, irregularidades, impedii tos del Marrimonio., y demás leyes Ecleñalli, es vío de la poreltad Eclefialtica, la qual no puede vender) no como precio de: las tales | penfaciones , fino para: fultento de lus Minilkto y cítado, comó con imuchos fe dixo en muelk tomo 2. de laSuma, tr.3. /2c.2408p 2.4. 25.pa 260, de la fegunda imprefsion *por que no podrá Santidad recibir Ja dicha fuma fin vicio de fia nia , no como precio de los tales indultos, grag y privilegios , ni para fultento de fis Miniltros , eltado, fino por via de limoína oneroía, pai vna obra pia , qual loes , para la fabrica de $. Pedre ergo, Blc. o 102 Y lo quinto: Porque como bien Mendo , fobre la Bula., di/p, £.04P. $ MM. ke á par. 16.nofolo[e puede dárlicicamente la Bi fin labe de fimonia., con carga de alguna limolk por la parte que contiene privilegios de dl peníar, y conmutar yz fino que tambien por parte Que contiene Indulgencias , podrá imp ner que fe pague alguna limofna 5 peros de fuerte , que las Indulgencias fe dén poré a temporal , fino proponiendo das Indulíi cias de lospecados, para quecon la elperanga; obtenerlas fe muevan los hombres A dar la moína' deltinada para alguna obra pia:, p ca necelsidad , 9 dandolas de tal fuerte Ml las colas tempalales , que fean premio de buen afeíto de la oa Alsi vemos y 8 aun el. mimo Dios di los bienes fobre mal les , como premio de los buenos afetos di limofna , la qual es medio para confeguir die bienes , y para fatisfacer por las culpas; Él coníta: de las Sagradas letras , Tobie, € Eleemofyna ab ombi peccato,Ó d morte liberaby non patituranimam ire intenzbras. Fiducia 4 na erit coram Summo Deo cleemofyna omnibus: cientibus eam. Et Danielis, capit.. 4, Peccat, eleemofymis redinae , O" iniguitatestuas mile dis panperam; for/itam ino/cet deliétis tulsi Ao de la qual le vea le dicho, aun en mas elbet calo , en nueltro tomo de Obiípos ,tr. 1. qua) fc. 3 dif. 1. por toda ella, d paz. 109. de la ps impreísion , elprecialménte , 4 mumer, ad3t, ar 103 Ni el Pontifice , fumoB de la Iglefia, concede la Bula de la Cruz por los doze mil dueado' de:oro: , quele 6 á contribuir el Rey (que ete difcurlo Es tardo , y mal ideado ) fino queel fin P pal de concederla , es la cauía publica Iglefia , y el que le faquerde los que por via de limoína , vna fuma codlidel ra la guerra , y galtos de ella , que : Rey Don Carlos po deiio la cñ yA tra los enemigos de nueltra Santa Fé € ca: y A favor de los que ayudaren, y 1 ren 4 dichos gallos, concede las grand

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