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Acerca del Articulo 10. N.6. y 7. algunfeisslo colorido fu eftraviado , fimgularif- fimo, y en elta parte errado diótamen. En la féc, 3.6.6 mum. 50. y 5 1 trafcribid la letra dichos pumeros 13. y 14. de dicho Balilio Ponce. Veans le alti continuados , que dellos qualquiera clarifsi- maniene conocerá fer fu fentir el dicho, y quan mal invierte el Padre Olmo la doétrina de dicho Autor. 31 Agora, pues , 4 lo que dize el Padrz Olmo, que en el libro quinto no diíputa: fora malmente el punto : Reípondo , que lo que alli difpus ta conduce para lo que dize en el /ib, 8; cd). 19. M4- mero 13. y que e) miífmo dize ,que la fentencia que defiende como mas probable en elte mumer. 14. la tomó de la doétrina que enfeñoó en dicho libro quinto : Et nos docuimus , fupr.libr. 5. Además- balkauzemente lo exprefla alli , pues dize , que quan- dó ay. dos opiniones probables fobre fi el privi- legio dela Bula eltó revocadó , Íno y, como acon- tece muchas vezes dudarfe eflo entre los Religiofos de alguna Religion , aunque fortaffe fí% vera la opinion que dize eltar revocado, ho oblian- te elfo valdra la confefsion , y lo demás que [e hizie= re en virtud del tal privilegio, Sc. vide ii. Con que junto elto con lo que dize en el dicho libr. 8. cap. 19-numer. 13. y 14. y principalmente lo que en fas manu (crios, de quo flatim , nO puede dudarfe, que los gravifsimos Aurores que le Citan en dichd ljór. 5 ¿(y precipué en las demás partes ) como el P: Moya , y otros muclios , le citan bien adhuc en el dí cho lugar. 32 Y 1lo que pregunta el Padre Ol- mo: Quédonde eftiel argumento que le atribuyen al Padre Baíilio: Que pueden ¡os Regulares en virtnd de is Bula elegir Confefor, y ab/obocrje de referva- des? Se reíponde, que la dicha fentencia lá lles va, prueba ,-y defiende muy exprofeílo en lus manuícritos ¿ donde citd por ella a Bañez, Juan Vincencio , y Macltío Luna , de la Sagrada , quan- to Hultriísima Religion de Padres Dominicos > Y de La SagradaReligionA guftiniana,al MaeltroA neolinez; y ocros. Y el principal argumento que trae áfavor defa dicha fentencia dicho Balilio Ponce , queda puelto , y confirmado de muchas maneras arriba. /2e: $. 3.4 mum. 1.4d 11. y las refutaciones del mel= mo Balilio, á las evaliones con qUe le procuran eludit os contrariós, ibid. d NUM. 12.44 32. donde fe pue- de ver. Y 11o:que en fegundo lugar pre gunta dicho Padre Olmo (lo qual preguntó tam= bienen la pag. 40. 241. 25.) Qué quien ha vil to efos manuícritos? Donde fe hallan * O cómo contta fer afsi? Y que dize, que 1 no híablar ferio reíponderia fu Paternidad. Se refponde ; Que muchos Autores (adbue de los de la quarta len» tencia , que es la del Padre Olmo) fuponen averlos viíto : cuyas palabras tranícribo , y juntamente pruebo fu maxima verifimilitud 5 y juntamente (e refuta abundantemente dicha incredula pregunta Confuls.Tom.4, 1 del Padre Olmo, fapr. fec. 1. $.2. 20d ad 205 . donde fe puede vér , que no esrazon repex tirlo , Íolo porque al Padre Olmo le le antoje el has zerlo, 34 Delo dicho en todo efte numex ro podrá reconocer el prudente Leétor ,que avienW do viíto, y regiftrado cl Padre Olmo , como fu Paternidad lo teftifica , los lugares de la materia de Matrimonio de dicho doétifsimo Padre Maeltro Balilio , que citan lós más de los Autores ( adbuc de los de la quarea fentencia ) diziendo , que (4 infiere, y coníta de ellos el fer de dicho fentiry (aunque principalmente fe remiten 4 los ma nuícritos , donde la lleva: exprofeflo ) y d la vera dad fe infiere ciarifsimamente dellos , fi el ded zir el Padre Olmo, defpues de averlos vilto , y; regiftrado , y querer probar de ellos meímos; que dicho Baíilio no eltd por la dicha tercera fencencia , fino antes por la contraria ¿. y para ella fin invertir lás palabras de dicho Baíilio , dando l entender queen aquellas: Que valde ob/ervanda fant , Ó*c..no hablael dicho en fu fentir , fino en el fentir de obFos: Y omitiendo(e tode lo que el di= cho Balilio dizé en el 24m. 14. donde exprefísi, mamente fe explica ; diziendo : Attamen mibivides tur probabiliós , O*c. podra ( buelvo 4 dezir ) recos nocer cl prudente Leétor , d la legalidad con que procede dicho Padre Olwo , 9 fu buena inteliw gencia delo milo que dize 'aUer vilo ; y regifira. do? Loqual remito , 3 fa prudente judicatura: y! con efto paffemos a los mum. 6.y 7. en los quales nd dudo hallaremos mucho que nos confirme en lo mila m0. NUMERO Vl.y VI : 35 Proliguiendo el Padre Olmo 5 en el númer. 6. á pág. 265. dize lo quefe figue : Jultig ficado , pues, queel Padre Maeftro Ponce no. eltá por la contraria fentencia 3 y que el argumenta que le adjudica, no es fuyo , nife halla ; quiero , na obítante proponerle , y le inferirá como eftá por nueltra opinion , implicando en fu doctrina lo corts trario. 36 El argumento ts cfte: Los privilez $ fe derogan por los pofkeriores; Bula de la Cruzada ( que espoftcrior) das las facultades , Y privilegios conx trarios: luego tambien todos los Decretos Pond tificios contrarios. El Padre Leandro del SS. ref= nde doétiísimo , como fiempre 5 pero no evacua la dificultad 3 sé la que da el Cardenal de Lugo , y, Otros. gios anteriore Atqui por la le derogan to Pero la propria > para mi in= tento , he hallado en- el mifmo Maeítro Baíilio: Eodem lib. 8. O capit. 19. MUMET, 21. donde dize : Per privilegium poferius , fio? Vtrumque ft generale , fivé obrumgue 6e fpeciale ¿five primum Gg 2 Jess
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