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". 570 Apolog, 1. Sez.6.S: Unico, : 26 Infiereluegede ai lo Gigui +0; REE vT ASE L 0. DIC HO. Jfemili privilegia revocari valide non ; E 2 concurran ,Primum efi, vt in illa ver cabio ne ponatir clau/ula; Non obltantibus indultis, 21 Sed contra : lo 1. porque noo» privilegijs concefsis etiam per modum contraér Jo todos los Autores de la tercera fentencia , (ino ab= Secundum efB Ot iniubeatur rebitui id Jub cu folutamente todos los Autores (aabuc lor de la omereindultum concelfim ef? , 0% docet- idem Sa | lentencia quarta , que es la del: Padre Olmo) ci- chez AY Put. 33. citat. numer 20. Todo lo:4 tan d dicho doétiísimo Padre Maeltro Baíilio, bre dichoes doétrina fuya > Y que la prueba coma por dicha tercera fentencia ,. fín aver fiquiera voo alitoridad de Sanchez, como no negara quien lo ens folo (de los que le mencionan ) que nole cite por Y tíenda, ella, y afsi vemos, que ni el Padre Olmo alega al gun Autor , que diga no aver (ido el dicho Balilio del dicho [entir, 350 27 Profigue defpues con la ady re tencia figuiente, fobrelas dichas condiciones. 044 valde oblervanda fupt ad ca, que 100 mul 22 Por dicho fentir le alega el Car- dicunt de revocatione Bulla comparatlone Rel denal de Lugo( y enlas mefmas partes quecitael gio/ormm. Efta advertencia la haze de luyo ,. y Padre Olmo, de Parnitent, difh. 20, feh.9.m, 152. nodefutir de otros, cómo mal entiende el Padre el Padre Mendo, di/p, 24. cap.3.mum,143.Thomds Olmo, y tan mal, Que ho avrá quien no lo cos Hurtado ,en el fegundo tomo de las Refloluciones nozca afsi s Íí tiene mediana inteligencia ; y hal Morales , tradh. 9.cap. 3. 18%. 36. pag. mibi 154. * ze la dicha advertencia contra lo que enfeñan a los Padres Moya, Prado.; Andrés de la .Mádre de gunos acerca de la revocacion dela Bula en orde? Dios ¿Leandro del Sacramento, Caltro Palio, Leans los Religiolos, muy contrario al fentir de dicho Bal dro Murcia, cuyas palabras(detodoslosdichos) re. lio Ponce. fiero , donde me remitirá delpues, y finalmente to- 28 dos quantos le mencionan ; Proligue defpues en el nema 3 pues es creible , ni verifi- 70 14. añadiendo, que aunque algunos: Docto mil , que todos los Autores fe engañen ,Onoayanfá= fenten , y con állos Suarez , que para quel bido entender 4 dicho Baflio Ponce » Y. quefoloelP.. juzgue revocada la concefsion , balta , que 1 Olmofea quien le aya entendido? Quien tal creerá? qualquiera manera tenga noticia de ella el fuge: pl ergo, Sec. to 4 quien fe hizoz pero contra los tales dize 1% tl 23 Contra lo 2 Porque en dicho lib, Que Íc (gue : Attamen mibi videtuy probabiliss ne 4 8. capit. 19.18.13, Y 14. eltá tan claro el fén- cefjarium efe ,vt ea revocatio intimotur perN Ñ o... dl tir de diche Balilio Ponce , A favor de la vércera tiumadid definatura , vel Jerril miodo. Y eltafe e 4! fentencia , que folo quien no le aya vifto”, d quien) tencia dize >Que la toma de aquella doétrina , q E 4 vda DO le ayas entendido, podrá negar fea del dicho afirma , que la revocacion de la juriídicion , «er 1 fentir, fea ordinaria , ora delegada , para que furta fu efec 24 . Pueslo primero : en el 2un. 13.dize” to, debej a ntimarícle al fugeto_por Nuncio deltit afsi : Deindé ea dofrina limitatuy > Ot noñ habeas, doparaefo, La quál dodrina (dize) prueba , y figu locam in Privilegijs onerofis O Per modam cora Thomás Sanchez, y añade : Er 195 docuimus (upra ¡A tracias ebiam Jubdito:comteliis exe cadom ratioñ?. — libos.(yesla que tóca'en el cap, 20, de dicho lb, Unde per revocatianer, tro claujula generalinon num. 7.) Bo. dl cenfetur revocatum privilegiam conceffum im formá 29 Veafe, pues, li toda la did mE 1! contradius, quale eff- etiam prioilegium Ball<. Elto doárina es doétrina del melmo Bafilio , Y no di | de fuyo lo dize, y no.dé fentir de otros:y luego pros: otros ( como mal entictde el Padre Olmo) par e UN figue : Cuius ratio ef quam advertit ThomasSan= lo qual fe debe ponderar aquello que dize, ibi Kid! cbez. Elto nó quita que fea fuyo lo antecedente, en' “dicho num. 14. Attamen mibi'videtur probabi: JS lino que la razon en que fe funda , la advirtió mi- lito, Oe, cl e! mero Thomas Sanchez. , y defpues Suarez: elta paten= 30 V Itimamente concluye, diéht ha tiísimo alli. Bafilio el fobredicho múméro 14. tísi : Unde ¡la dis Ae 24 Prófigué luegó + Privilegium: autem qui gaudes prioilegio Bulla, deber intimari Wi 1 Bulle conce Jum efi per modura contractus remune. vocatio, Ut illo privatas cenfeatup , alias valer CN pos rativl, cum dicatur; porque difteis de limofna, Gre. big , Quidquid vi tute las Sufam erre. Haltaac o 'm Ao eos Elto tambienes fuyo clarifsimamente , pues proli- el lobre dicho Bafilio de que evidentifsimamente! | bi Ñ gue, que la dicha dodtrina la enfeñantambien , ¿mas confta fer fu fentir el que todos los Autores ficar n, de los citados antes , Salas; Henriquez, y Rodriguez: citandole por dicha “tercera fentencia 2 y.afsimilmoy wi 4 A: y que vniverlalménte de todo privilegio dadó. 41 fub= que lo dicho Jo dize , porque es cile fu fencir y 4h DATE IN dico , por modo de contrato, lo enfeña Suared, por no por féntir: de otros , como malamente ME A 10 la figuiente razoñ: Quia pofular naturalis ratio, lo ] Sip El entieúde el Padre Olño >» Yo para cho mis E o? feroentar palta iúfa a Principe imita came nvierte las Palabras de el fobredicho Bali ¡ERAN fubditis, lio: pará “alucinar con la iaveráon»,1 0 $ s 1 e IN DS

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