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Aeerca del Articuto 10, Nur. 2. INSTANCIAS CONTRA LA RESPVESTA, y selpucitas 3 la pr ueba. los 12 Refonnde el Padre Olmo, que los énlares nuozr fueron comprenendidos en la Bu- Jade la Saarta Cruzada ,quoad ¡llos duos articulos predios. 1 13 Sed contra :lo primero : porque lo contrario q ueda o robado evidentemente arciba, Serar. 8.3. an. 1.ad 1 r. delas palabras de la milma Bar de dóétrina del Padre Olmo ,,de otras Reglas Magiitrales de! Derecho , del fini que le ordénala conceísion dela Bula de la Cruzada, y conptros fun damentos, que le pueden vér a li: y refutadustas eva= e A % fiones . quete procuran diri dicho argumento , 4%, ua. ad 32, entre las quales, ¿n.16. elta la dicha del P.Otno. 14 Y lo fegando : porque la dicha refoueta , y la prueba della, eltá baltantemente (y aentaferi2.$ 7. Ana. e ver queno hemos de cada palo y porque al melma aun con evidencia) refutad vol. ad 129. donde le pued resetir ena mefa doátrina P.Oimo fe le antoje repetir muchas vezes vna cofa. 15 Y aísi brevemente reípondo 4 la cba del P. Olmo, que esfalío el que Clemente 5 Y Vrbaoo VIH. ayan declarado, que la bula dela Cru- zada, fegun fu tenor . Y formalidad de palabras que contiene, no aya tenido, ni tenga lugar con los Reli- giofos, ni E («lo declararon fu in- tencion particular ,+de/% en quaato 2 [us particulares teoncefciones, como confta del contexto de las mef- mas Conftituciones Clementina , Y V rbana , ¡ibi : Sed no kra intentionis fui/Te, O* effe, Oc. (pero no dize: lá contineri in vsrbis Bulle)de donde (e niega el an- tecedente, d el fupuelto del; con que no 1Y necelsidad depaffar ¿la confequencia , en cuya prueba le repite la meíma falía fupolicion. NUMERO 1.yIV. De donde queda tambien refpondi- do al». 3. del P. Olmo, 4 paz. 162. porque lo que fe dize en 21. , folofe funda co la falía fupoficionde que dichos Pontifices 1Y3N declarado la continencia formal de la Bula, O lo que elta contiene, fegun fu te- nor, y formalidad de palabras , 0 lo que contiene ex fe Or ex ol fue primitiva consefsionis , fino folofu den 4 las concelsiones par. particular intencion , en or | ticulares de dichos Sumos Pontifices: Mi declararon, nue no lesaprovecharian en adelante las Bulas de fus fucoffares , que contuvieffen el tenor , Y formali- dad de palabras que contienen de facto defpuesde la vida de Vrbano VIM.Todo elto queda probado arriw ba en dicho $274. citado. donde [e puede vér. 17 Y lo miímo proportlone ferva- sa , fe puede aplicar por rel puefta al n.4. pues lo que Confuls.Tom.4» 16 49 fupone al!i ci P. Olmo , vinjera muy bien , dei 0 el Pomifice Vrbano ,quedeciaró u intencion en Or« den ifus conccfsiones particulares 5 pero no defpues de la vida de dicho Sumo Pontifice : pues elte nodectaró la intencion que avian de tener lus lucel-= lores en las Bulas que elloshuvie(Ten de conceder, (in entro neteríe en eflo : porqueá los [ucellores les que= davan las manos, y vo'untad libres , para conceder dichoPrivilegio ablolutamente 1 todos los que to«W maffca la Bula, aungue fueffen Regulares , como lo avia hechoel mifmo Vrbano VII Len fu primer quis: quendio: y con elto pallemos al num, $. ] NUMERO V: 4 18 Proficuiendo el P. Olmo ,en el n.5.4 pag. 264. dize lo que fe figue: Todos los. Au= tores de la contraria fentenciacitan du favor al doc= tiísimo P.M. Bañlio, /ib.-5. £aP. 20, NM. 7- O lib. 3. cap. 19.núm. 13. 0* 14. lehe vilto., y regiftrado, y hallo, que en el orimer lugar ( hoc ef, lib. 5.) formalmente ño difpura el punto, ni tras tal argu- mento. 19 En el legundo ( nemp? , lib, 8.) esfu affumpro probar, que por la revocación gene= ral no fe eltima por revocado , el privi'egio concedía do , por modo de contrato Y lo exemplifica con la Bula, la qual leconcede , per modum contrabdus rfa muneratioi; y alsi dize: Por quanto difieislimo/na, Ó*c. Los quales privilegios ( dize ) no fe pueden revocar ¿findes con dos circunítancias : vna , que en lareyocacion fe ponga elaufula exprella , y el pecial revocatoria; otra, que fe mande reltituie aquello ,con cuya carga» Y condicion fe concedió dicho indulto: Que( profigue en fentir de dtros) valide oblervanda funt, ad caque non null! dicunt de revocatione Bulle , comparatione Religioforum de verba; Que non nalli dicunt) baec M. Ponce , ex Thom. Sanchez; lib.8. de Matrim. di/P. 33. M4me= yO. 20. 20 Pero ni alli trae tampoco el argus mento que te atribuyen , pues donde eltá lo que ale- gan por del Padre Baíilio: Lu* pueden los Regula. res, en virtud de la Bula, eleg!r Confelfor, y ab/ol= verf? de refervados ? Y calo fe infiera de la vltima claufula: Que valide, Oc. no yen que habla del fen- tir de otros : Qu.e 10m mulli dicunt? Donde elta elle argumento? Dizen algunos , que en us manufcriptos; pues para qué le citan vbifupra , que celta en fucon- tra? Y losmanulcriptos donde fe halian 4 A no has blar ferio , yo refpon licra : Hafia aqui di- cho Padre Olmo en dicho pamnero 5. LR Gg RE:
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