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Apología Y, : tido eramitical, y en ia Ec Operpctade JR eE es: 1,58. Si is gal Navem > S eS E . 4 dion.5.Quod ias quidem civile. Infitut. de lurenas sur.gent in, O" civil.cap.Pemult.de fentent.excomm. Y és elto en tanto grado,que fe han de interpretar , y exponer, fegun cl (ontido mas proprio, y formal, py Fotíne buehas reglas/. Quoties idem fermo, J.de rezósl. imris Halta aqui dichoP. Olmo;que repite los mefe mos textos, y otros tomados de mi,con otras am- pliaciones á dicha regla, pag. 7 2.num. 10. de lo qual proligo, e infiero: Sed fic eff , que las palabras de la di- chi concefsion dela Cruzada Ton generales á "todos los fieles ("millo excepto ) aunque fean de qualefquiera Cabildos de Iglefia, y de" quálelquiera Monalterios de Religiofos , y Religiofas , aunque fean de los Men- dicantes, como (Yexpreflan en dicha Bula , poco antes de las palabras referidas arribazergo, $c, í “5 Lo otfo,y es confirmacion del antecedente: porque aquellas generales palabrás de la Lula, que eftan al principio della, en que fe expréfla que las di 'ehas concelsiunes le hazen:Omamiibus fidelibus ¡Utridfo gue fexus,cuia/cumque conditionis,O* qualitatis, Oc. naanitieltamente arguyen el intento que fe pretende en dicho primero fundamento : porque (1 lo dicho fe concede generalmente 4 todos los Fieles Carholicos, queroman'Ja Bula , no pueden 'dexar de participar el tal privilegio los Religiofos que tóman' la Bula, la razon de Fieles Catholicos. pués donde ay vna mefe ma total razon para gozar algun privilegio , €s pre- cifo, que d le gozen todos , d ninguno; porque: Según aquella Regla magiítral del: derecho , donde ay una me/ma razon,debe etéderfe que ay vna mefma di/pó= Jicion,como coníta ex 1.Ilud,jf. ad leg. Aquiliám 1.8 Titiof.de verb:oblig.l.Quidenn númila rio s F.de ¿dé dis , y de otras innumerables: Immmo, donde ay la miíma razon fe dize aver la' mifma difpoficion de mente del concedente , no folo ex24/508, lino cómpre- benffoe,coma conita ex fingulari textusin /.20/4d /C.de Sacrof.Ecélef.1, Tte ventunt,s: Ait Senatas JFde pet. badit, y lo tiene con muchos que citaGuuier.pradhlib, 3:9.17.4 ni, 84.y con otros múchos Palquáligo, de Sacrif.nove legis queft.s78 numz lo qual es en tan- to grado verdadero, y común , que4unqúe la ley féa penal, padece extenfion , quando le di vna mélima rác zon, porque en tal cafo no fe dize extenfion ,/24 ¿dem us propter identitatejo rationís, como ¿onlta dm lége Quedam,5.Numularios, donde Bartul.Baldo, Angelo, Fulgof1o,]) alon,yotros, Fde edend.leg.Si poftulaverit, H.ad lez. [uliam,de adwlter JlaGlof.verbi tarie, in ep. 1.d: temp.ordin.donde los DD. lib, 6.Abbas ,1n cap. Nibil,num. 9 de eleé? Juan Monacho, y otros,42 c2p. Si civitas $.1. 9 Princip.de Jentent .exccommun. im 6.y lo mefmo conlta de otras leyes , y multitud de DD, QUE OMIO , y la razon e: :porque la dicha , en tal cafo no le dize extenfion , Ar E ricte loquendo , fino ] ' : , Que es la mefma ley la Que habla, cómo lo prueba el Texto in a e nl: , espro Ue donde Baldo, ver/ Satis etiam caute Pibe mius ,C.de YtVOCANAA donatione, y Jafon inAutbent . > ? tl Luar actions s14m25,.C, deSacrofanej, Ecclef, pues Sec. Y. 5.3: : DO mo dónde concurre vna melmá - razon alli de mente de” Legislador , y difPoñente le: comprehenden vodas tas perfonas-, y calas”, 3uriquelean penales , en: los quales concurre ,y de losquates le verifica aquella total ra= zon fegún dicha GloM.verb.Palia in dit cap. 1.don= de tambien los DD, de temp,ordirat. khbad , y los des más DD, éjtados arribas Sed fic ef, que la Bula dela Cruzada' concede dicho privilegios gencrálmente á todos los Fieles Catholicos que la toman y ¿omo confta de las palabras generales «fe que vía la dicha Bulá: Omnibus fidelibus,O'c. luego le gozan todos los fieles; que la tomán en quanto tales : luegó le gozarán tábien los Religiofos que la toman , por la razot de Fieles Carholicos.. dea: í ? 6'- 'Lootro, y esfeginda confirmacion de lo anw técedente:potque la Conce/sion;y privilegios de la Bué la de lá'Crazada fe hian'de interpretar latamente , cos niolo tiene con Luis López ) Viillalobos/ Suarez ¿Ras phael de la Torte ,¿Dianá,Entiquez , Mendo, y la co= mun de DD” contra'Sañchi:el doétiísimó P.M. Men= dez de S.Juan, fóbre la dichta Bula, interrogar, 3.8.3 La Pag. 14. y la razon es, porque las concefsiones ) y: pri vilegios de la Bula ,(dn' beneficio: del Principe £ Gn perfuizio de alguno ¿como veremos en lu lugar ) (ino antes bien [ón obras de liberalidad clemencia ¿ cari dai, 8cc. Luégo fon favorables; y fe deben ampliar an< tes que reltringir » fegun reglas de ambos Derechosz Jterm, porque como bien Diánaspart.1. tr. 1 1.ve/.98. lás tales facultádes fe orderian inmediatámente ad: pleniorem ab/olatioñiem faesendam,lá qual en quanto 4 efta parte es favorable:Y finalinente,como bien el mile mo Autor,fe ordenan rio al bién particular, (ino al pu- blico de toda la1gleña., goñviene a faber ¿4d fuboes niendam publica ejus mere/sitótizhuego Tor fivorabies y, y ampliandas,antes que reftringendis:Scd fr ef, que la: Bula vía de aqueilas generales palabras en las dichas; concelsiones: Omnibus fidelibis Ulrizifgme Jexóes, cuimf eumd conditionis,O” qualitatis,Oe.Y enla concefió; de que esa prefente controvería , vía de: Jas palabras! eranferiptas arriba, mónk,z.qué apelan fóbrelos Mañafo terios de Religiofos,y Religiolas , aunquetcan de loy Mendicantés : luego no ay por donde debamos exciuik d los Religiofos (eftando 15 La' mente del cotícedente de dicha Pula ) del goze de ls dichos privilegios que elta.concede, find antes Bien incluirlos en ellos, pres alias no fuera ampliar lá cóncelsion de ja Eula , ng reltringirla múcho , tañto quanto es la mu'itud de Regulares, afsi hombres, como mugeres, que li to- many fon Catholicos Ficlesiergo,8zcs +7, Y lo,otro,y es tercera, y vrgente eonfirmacione , porque pretendiendo fu Santidad en la concelsion de la diclia Bula , que fe faque della vna amplia: coleccion de pecunía para la guerra contra los Infieles di lu fas cultad Apoftolica al Comifíarió de la Cruzag: , para revocár todos los privilegios que fe oponen 4 la dicha caufa final,cóñ las palabras del Giguien:e numero, 8 Zrem pred:3o Comvifario; Ó Recerrori soneralñ datur faculeas yor [alpendere poli,dit o ario durante emines miles, vel difcimiles indulgens aio ficeltares ab cifdemso Sede Apoltolicazuel us ABUSA Ar? y grin bufe

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