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dar ni a Ed e? “ Jar pS a > = % SCAN Ga e Ed RT 2 a 346 Apolog. 1. Sec.$.S. y. dicho cápiculo,y lo que laGlolía dize fobre el Pues ni en el tal capitulo , ai en la Gloff4 fobre el ay las tales palabras y que nos pone de letra baltardilla (di- Ziendo fon de la Gloffa) ni ay en él , ni en ella, cos . La que patrecine fu'intento, Veanle , pues, todos , y fe de'engañarin de la legalidad eon que el Padre Olmo alega el Derecho. 31 Y en quanto el cap, Cum pro parvu- dis (que es el 77. y noen el 78, come dize el Padre Olmo) diftinét, 4. de confecrat. Lo que contiene 31 4 la letra es lo figuiente:Cum pro parvulisalijs rela s» pondent, vt impleatur erga eos celebrarjó Sacraa »» Monti, valer ytique ad eorum confecrationem,quia >» ipli refpondere non pofíunt. Ad Á pro eo , qui ref= » pondere potelt, alíus refpondeat, non itidem valer, 2, Ex qua regula illud in Evangelio diStum elt,quod >, OMnes , cunT legitur , naturalirer movet: 2etatem 9, habet : jpfe pro fe loquatur., Effo es lo que contie. mn? dicbo Capitulo , y nada de ello favorece a! Padre Olmo, vt ex fe patet. 32 Y la razon es ¿porque aquello vltimo fe entiende , y debe entender para el fuero interno; Porque para el valor del Bautifmo ( de que alli fe ¿ habla )fe requiere voluntad propria del recipiente, quando elte puede tenerla (¿def , quando es adulto) y no baíta voluntad agena, que eflo fe indica en aquellas palabras del Evangelio: «Ltatem haber: ¿Ápfe pro fe loquatar , y aísi , aunque otro reíponda por el, fi él enla realidad no confiente , no avrá van lida recepcion del Bautifmo , ni el tal recibirá dicho Sacramento; 33 Pero.en quanto al fuero externo , es muy diverío ¿ porque li vno dixeffe por otro, que efte queria el Baútiímo , y el tal callafíe, y fe dexal= fe bautizar ; en tal cafo fe prefumiria valido para el fuero externo 3 porque aunque el tal no exprellalle Tu voluntad con palabras , la expreflaria tacitamente en tal cafo ¿ con el mefimo hecho, y taciturnidad,cóa mo de fuyo es claro. 34. Y aunque la Glo(la, verb, /tidem, di- re, quefolo parece fe ha de entender en quanto ¿la preflumpcion, gaia tacitarnitas nom babetuy pro confenfi, fegun dos Textos que alli cita,teluelve ema pero lo contrario , ex cap. Vida 2, quef. 6. el qual Texto, en el $. Mad, queesel vltimo ¿dize,que confenf/Je videta», y la Glofía, alli verb. Quitanc, dize: Dic manifefie videtar. Y aunque de(pues añade, que fiempre fe puede apelar del gravamen ex cp. Ve debitss,de appella, elto le debe entender, y es : porque aviendofe lá apelacion inventado para re- arar el gravamen inflidto, y no para que fe deprima la julticia de alguno, fino para Coercer la iniquidad de! Juez , v corregir fu impericia , ex dez. 5. donde los DD. f. de appellat.Ez Glofía in sap. Ad noffram de abpellat.es en tanto grado verdadero el que iem- pre fe puede apelar del injulto gravamen. , que aun- que fe aya renunciado la apelación do vale la tal renuncia ex ley. Addiétos., y alli comunmente los DD, C de appellat. Angelo,Puteo, Lancellot,Fran- -£0 , Y Farinacio, quel. 101.móm, 30. donde telli. «ficafer comán, 35 Los fobredichos Textos , fon log el Padre Olmo, no folo aconleja que fe vean, G que parece lo manda, ibi: Vean/e todos, y hallas muchos defengaños ; en elto tiene razon , Porqr Que los leyere,hallará muchos delengaños de la ba na inteligencia del Padre Olmo, pueslos cita gran confianca d lu favor, fiendo todos "contra dl Oltra. del querernos vender por palabras de la G fa , las que no fe hallan en ella; y Guando fe halla ran ,aun no probariancofa áfu fayor, por lo dich arriba, /ec, 3.5. 1.4m. 47. y 43, es $ INSTANCIA 3. yn, 36 Contra loz, porque el Capitulo, N ne, de prefumptionibus no le alego yo en el 24m 191. Que vá impugnando el Padre Olmo, coma. Íc puede vér.en el , que queda d la letra cranfcriptal arriba en elta Seccion . 6.2. um. 9 y aísi, nos con que legalidad «dize el Padre Olmo , Quele cit yo alli para mi apoyo ¿Pero fi lo sé y es,con la mel ma legalidad con que cita al P, Mendo por lu fe tir ) Pa2. 2.49. num. 2, Él 37 Pero demos que yo le cítaffe alli pará mi apoyo ,eftaria muy bien citado , y feria muy del intento , pues prueba el cafo,como conta del melmgr - Texto en aquellas vitimas palabras: Alterum tacena do concefsit : Acerca de las quales, la Giofla, verk Tacendo, dize: Nota , quod quí tacet , confentirg videtur, 54. dif.cap. Si forums ,Ó 27. dif. capi Diaconi, f. de condit, O demon rat. cum ita legadó Fuim, verf, Que etiam Títio. Y aunque delpues pos ne algunos caíos en que padece falencia la dicha Re ¿ gla contenidos en algunas leyes que cita, relpondeR ellos, d los explica , como fe ligue, 4 38 sy Dicas, quod qui tacet, non confená » City vbi agitur de dominio rerum amittendo , nik »» Mknitas aliud inducat, 7. de donat. interviu » O vxorem, fi feroms communis. Vinc. yel melids 3» dicas, quod vbi per prohibitionem meam , pofludr », prohibere quod fir, S raceo +tuñic taciturnitas pr , » confeníu habetur, dif. 54. [6 feruns. Si vero per »» prohibitionem meam non poflum prohibere , quod >» Kit + tunc non obelt mihi taciturnitas , puta meine 3» vito potelt vendere rem meam > F. decontrale >> €mpt. rem allenam. Sic criam videtur diftiguere » leg. Sepe, ff. de reiudicat. Or y 1, quel. 3. caba » Quando, Ó ide reiudicat .cap.Penult, Tamen Fale >» lic hoc in cafibus prediltis: Haña aquí dicha Gloffa, Vea, pues, qualquiera , 1 dicho Texto , y 18 dicha Gloffa fon de mi intento ? Y fi prucban nueltro calo? Pues el eltár con el adjunto de otra cola ,0 él, no le quita la fuerga , O prelumpcion, quede luyo tiene el Tacere, para que le prefuma confentir + el que calla , como de fuyo es manifielto :/ ergo, | DEC, A Contra lo 3, Porque el capitulo 1. Si Reé% di/?. 43. noes del intenta, ni viene 2 €l con€ mil leguas, ( ni comienga “Si, no Sit) 1 «que aqui le difpura gs, fi los Regulares puedan. " ' dE

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