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42 NE , por qualquier vío de12 Bula ; (ino por el nal vío, O abufo de ella , y sito qualquiera co- (2, por Santa que fea cient lo miímo , pues de qual- quicra puede Hufarfe ; Pero eltal abufo; para lo exterior le podr remediar los Superiores, como fe ha ditho: y para el fuero interior tas Confeflores, co- mo lo deben hazcr por fu Miniterio : pues en cono= ciendo , ó por la experiencia , O por medio de las preguntas, guando cuerdantente conocieren [er necef- fario el hazerlas, que alguno abufa de la Bula , y que fiado en ella , reiocida, y repite las culpas , debera en conciencia , negarle , O dilararle la abíclucion , pará qué no lefea en daño efpirimual la benignidad de la Bula. dE: 33 Y queno fe liga ele daño del vío prudente , y moderado de la Bula y le haze eVi- dente, yá de lo dicho, y yá de lo que le figue: porqué Í1 de qualquier vío de ¡a Bula; pará los refervados; por hallar prefto la abfolucion ; fe avia de fegitir el tal daño , y perjuizio , ds aqui fe feguiria necelfária- tente , que las Religiones , queno ticnen cáfos re fervados ( y que por configuiente tienen liempre, y para fierñpre facil la ablolucion de lospecidos ) fe hallariarr meñiofcabadas en la perfeccion Religiófa , y ferian relajadas en la Obferbancia Regular 3 lo qual nefás ef dicere: y aísi fe infiere elarifsimadiente, que 00 /0, O per fe noes caula dé ele daño ; y períúicio la benignidad de lá Bula» fibóel anal vío, 0 ¿bula de ella : porque por ella fólo le concede ,quetl que huvicre caja en alguna culpa de las relervadás pue= da hallár facil y y promipramente la abfolucion dé ella, porqle quanto antes féblielva 3 Dios, y lalga de ¿quel miferable eftado ed que fe hálla, y le halle quatro añtés bien difpuelto para Comulgar ¿0 celebrar : elto es lo que ex /7 tiene la Bulá , y lo que pér fé concede. Por elfo el Uultrifsimo ; y Pruden- tifsitro Varori Don Fray Francilco de Cifmeros ¿bra denó ; que tódos los Sácetdores Seculares defte Árqo- bifpado de Toledo ; fi al tiempo de celebrar fe hallaf- fen con alguna culpa de lás refervadas , pudieffe qual- quiera Confellor aprobado abfolverle de ellasquitán- dole la refervación para entorices ; para que 4Ísi no taviéfle el menor embarago pará celebrar dignámen- te Álsi cónfla de las Synodales de Mofcolo, Lib, 3. tit.14.decelebrat. a fol.1219. LR 3 - Y fi acalo dixere el P. Olmo (ex par.285.1.24.):a1 fimil plhelto arriba de los tefer- vados de los Seculares: que en los Seculatesno estan= to el perjuizio por cauía de la Bula ,comolo es en los ligioles. : dl Pregunto 2 fu Paternidad : por qué cauía no ferá de tanto , y mayor perjuicio la fa- cultad de la Bula á los Seculares , que 4 losReligio- los ? Porque antes , fi fe coníidéra bien , parece fe avia de feguir mayor daño , y perjuicid¿losSeculas res, qued los Religiofos: porque ¿dos Seculáres vi- ven con mas foltura , mas rodeados de' ocaftones, tienen algunos menos que perder; no tienen quien les ayude á levantar , antes 1 muchos acderz ño tie= nen temor de que les eltén mirando ; cada momento E Apolog. 1.Sec.$.S.1. rodeados de melos exemplos : todo lo qual; ¿y con la facilidad de la abfolocion , parece les avi fervir de mayor perjuizio que 4 los Religiofos' quales , nitiewen tantas ocafones, incentivos, los exeúblos : tienen muchos dentro defu Ri ligioñ , y Convento , que los 'ayuden con fu bue exemplo , muchosque los eftén atendiendo,y mx cho que perder;y afsi en ellos no puede ceder enta grave perjuiziola facilidad de la abfolucion quel ofrece lá Búla , como en los Seculares 5 y fia eltos eflo ho obltame:, fe le concede la Bula para vados , mejor, parcce , arendiendo a ello , fe les debe conceder á losReligiofos para en calo que alguna vez como hombres, y como fragiles,cay gan (quod ali J6b en alguna culpa refervada: tigo, Sec. S. nu. Satisfacefe bremente a lo que el Padre Olmo $ alga contra lo dicho en efte Ara el - Bicaló nueve. 1 AS que dize en el num. 1. yen parté del 2.nofolo confta de lo dicho lo cond trario, lino que queda ad /acietater refutado en E parraphos anteccedéntes : y afsi paffemas A lo de 188 2 En el num. 2. en el fin de la pag 249. y principio de la 150. tómmandelode “el M Juan Martinez de Prado Jize ¿ Qué aunque el Pri lado diefle facultad exprefía , para víar de la Bulk; no podiá el Regular , en virtud de ella, fer ¿bluelkt de la heregia (Adbue oculta porque Gregorio XI] 1 de claró , qué por loque toca 3' clte punto , no facultad de abíolver lá Bula: Sec fc ef, que tab tos Pontifices ( cóñio dexa mencionádos dicha Oh mo) han declarádo , que la Bula no dá faculta guniálos Reguláres et quanto al Sacramento del Penitencia , y adniniftracion de la confelsión £ go ex vi Bulle , o pueden los Prelados cofa alg por las efpeciales Conftituciones Pontificiaz qué prohiben. UA 4% E 3 Refpondo lo primero queeñán do ei la tercera fentenéia, mo tenia fuerga Alf na elta inftancia , y paridad s afsi en el primer Ñ do de defenderla como ¿onítá de todo el sy Cm tento , Véále lo dicho, /ec 2. $, 4.4 num, 168, 175. quetodo es aplicable aqui : y eftando: enel gundo modo de defenderla,cólta de todo enel: paridad , y mas poniendole fiempre:, como Je pom en el traflumpro en Efpañol de la Bula , dicha cx68] cion de la heregia ,todoslos años que fe núevo. Pero como lo que difputamos en: ciot , procede 44buc eltando 1 Ja quarta. por ello afsi delta, comoA las demas Obj de elle fumero, relponderé 1 arreglandom en efli cofiformidad. ¿ES Bl Refpondo lo 2.que en Bula de li Gtuzada fe contiene indulto, y É elegir Confeílor para los refértados ; or iia Ti sisi tt MA IE Mr tb EN y pr III AN AA at A

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