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Acerca del Articulo 9. de muchos , y rauy doétos que llevan , y dan por fe- gura para la praxi: Otros que han de fer Prelados han favorecido 4 los penitentes con efía opinion, aur- que ellos llevafíen la contraria : pues fegun Villato- bos, con Soto, Azor, Navarro, Medina, y la comun, part. 1. tr.1.dificult. (2. mur. X.liempre que ay Opinion probable, 4 favor del penitente. efta obligado bl Confellor a ablolverle conforme á ella , aunque el fienta locontrario ; porque en tal cafo llega el peni- tente bien diípusíto, y tiene derecho i la ablolucion, y alsi no puede negarfela el Confelfor. Y como doc- tos , que fon regularmentz los Confellores , y aunque mo lo fuelffen , como Confefíores , eltudiando las ma- terias Morales , avrán encontrado varias Vezes dicha opinion ; y otras vezes lo avrán oy do en converfácio- nes, y en Én parece inverilimil ¿ fino impofsible , el «Que lo ignoren. 13 A demas, que del mefmo anbieló que ponen en tener Bula los Religiofos, lo podian conocer, quando do ravieffen otro principios potque Jos Religiofos para dinguna otra cola necelsitan de la Bula , fino lolo para la abfolucion de los refervados, por mas que diga lo contrario él Padre Olmo:porque ara ladulgéncias, no neceísitan de ella , pues lus Re- ligiofos tienen mas, Y Mayores , y á menos cofta por Sus privilegiosstampoco han menelter la Bula para las demás cofas ¿ pues por nueltros phivilegios podemos mas , que con ella , porque con la Bula folamence fe puede conmutar, no difpenfar votos, juramentos. Ec, y elle ha de [er 21 fub/itium Bulle ; pero por nueltros privilgios , no folo podemos conmutar , fino difpen= lar fincarga alguna. Por la Bula nu podemos difpen- ar en las Irregularidades y fegun lacomun fentencia; por la Bula folo fe puede ablolver vna vez fola de los cafós cóntenidos en la Bula de la Cena , y de losde- mis refervados al Papa ¿Pero por los privilegios Re= gu!ares le puede todo elfo con mas amplitud , y dila- tacion. Acerca delo qual le vea lo dicho arriba», /et, 2.5.6. 4 num. 446. 44 448.donde [e tocan trámbien otras cofas :Juego fi pára los laéticiniós no ños vale la Bula 2 los Regulares, Hi 14 hemos menelter pará Indulgencias , para diípenfar, conmurar , Sc. bien fe infiere , queel emhelo que ponen los Religiofos por tener Bula es 2 fin de valerle de ella para la ablolú- cion de los refervados , y por configuiente, que es in verifimil, fino impofsible , que lo ignoren los Prelá= dos. ; 14 Probada lá mayor,folo refta pró= bar lá menor , efto es , que pueden impedirlo ; y por muchos medios, los Prelados , y que no lo hazen.. Y elto támbien es evidente, porqué pudierad impedirlo; o facando cada año vna contra- Bula , como fe dize lo hazen algunas Religiones , 9 procurando que fu San. tidad ponga d haga poner en la meíma Bulá cláufulá expreíía , exceptuando ¿ los Regulares del indultode elegir Confeflor pará los reférvados., como fe les ex- oeptúa expreffamente en orden 4 los laéticinios , y en alfílen 2 la abfolucion del crimen de la heregia : 94 lo menos declarando expreflamente cada año Jos Pro- Cor/ils.Tom 4: viacialesen fus Provinejas , y los Guardianes en fus Conventos , que no era fu intencion, el que fe valicfa fenlos fubditos dela Bula para los refervados, la qui! diligencia baftaria, fegun los Autores de la quar» ta fentencia, para que la Bula no. les valicíTe (aunque fegun los Autores de la tercera fentencia , no baftay Yla cflo ) el qual medio , yd fe ve quan facilifsimo; y prompto fea, y fi aísi lo hizieran los Prelag dos, quedaria mas afirmado fu intento , vé ex /2 pas vet, 1; Luego, como veamos que los Prez lados no hazen cofa alguna de lasdichas, fe infieré que no lo impiden , pudiendo 3 pues no hazen de fu parte lo que púdieran hazer para impedirlo, 64 lo menor para manifeftar fu intencion, y por conf= guiente, que es vilto dar tacitamente fu confentimiena to para el vfo licito , y Valido de la Bula en orden £ dicho punto. A Imo , no fólo le debe entender que le dán , fino que le deben dár en conciencia: Para Jo qual le vea lo quefe dixo arriba fec. 3.8. 1.4 y. 44. 4d 77. hablando de los Pontifices, que toda aquella doétrina es aplicable aquí ; y todos los males, d inconvenientes que fe feguirian de facto , li de fatta no le dielle el tal confentimiento,que no los repito,ne attum agamas. 17 De todo lo qual fe puede formar elte argumento ; A todos los Prelados les toca ratipd me of/fcij de julticia el impedir de fu parte quantód puedan tantos males , y daños efpirituales que necefw fariamente fe avian defeguir 4 lus fubditos , enla praética de elta opinion no huviefle jurifdicion , Sed Jficeff , que para eltorvar eftos males , folo fon exco» gitables vno de dos medios : luego quédan obligados en conciencia d valerfe de vno de eflos:dos medios: el vno erá hazer algunas de las diligencias mencionadas arriba; y el otro el dir fu confentimiento, Sed /4%c efB; que de fadto'no ponen el pri”ner medio, pués ningu= ha de las dichas diligencias hazen : luego elcogen , y; debe elcógér el fegundo , que es dár fu confentim miento para el vló lícito, y valido de la Bula para log relervados; 18 Y fe puede confirmar afsi :los Prelas dós faben que lós fubditos fe valen de la Bula para los refervados,y ño lo eftavan pudiendo facilmente, d no hazen lás diligencias que pudieran hazer, (y que elta en fu mano el hazerlas)para impedirlo quanto es de fy parte eficazmente: luego quieren, y guítan que le vals gan de ella, fegun aqueila Regla de Derecho : Pacere dicitur, qui com po/sit non probibet, la qual le toma ex cap, Error ,33-di8.83. cap. Negligere (el 2.) queh.7.lez. Adigere, in princip. donde la Glofa ff. de ¡are Patronat, y de otras;y fegun aquella, Facere videtar, ¿4 non factt , quod facere debet , leg Qui hon facit 163. /f. de Regul. ¡uris , donde Decio, ue cicá otros Textd3 al mielmo intento , y 4 Baldo , y Corneo , y dize ¿ que dicha Reglariene lu= ar adbuc en las cofas penales , y cita 4: Alexandro que reptueba lo que dize Pedro Ancharano; y fe= Ff 2 gua

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