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Acerca del Articio 7. Num. 60. | Maclteo Juan Martiñez de Prado ,en fu Thcologia Moral, cap. 6. de Bullaxquef.. 5.5. 1. in fin. paz. mibi 270. ergo, Bic. at 1 Es tan leve la dicha inftancia ,0 el dicho argumento , -aunque le: mueven por el Sua- rez y y otros muchos ,que aun Caltro Palao , con llevar.la opinion contraria pór mas verdadera , lo fiente alsi, part.4.tr.25.di/p. vnic. puné?. 8.5.2. par. 5. pues relpondiendo a el , dize lo que fe (igue enel figuiente S. 192 Secunduím argamentum de ¿xceptione sppofita in Cruciata minu; efficax ef. Quia refer- watio cafuum a Superioribus facta non efl in favoa sem Religioforum, effo, cedat in illorum bon; fed, ef in corum gravamen : fi quidem re(lringit facultatera eligendi ConfefJorem alias comperen- tem Ó sum concefsio facultatis f5t favor , illias refiriétio , O” de negatio onus erit.. Non igitur ea exceptio intelligi poteft de bac facultate * Jed de fa- cultate que in favorem Religio/orum cedat Deinde illa exceptio intelligi deber de his, que priws Juf penderat Commi/Jarins alias exceptio non contine- retur fub regula; At CommifJarius facultatem re. fervandi cafus, vt pote ad gubernationem Ecclefian Jficam pertinentem , non fufpendit : fed folúm Juf- endit Indúlgentias , facultates , Y privilegia a Sede Apoftolica concefJa obtinendi abfolutionem 2 peccatis , O cenfuris :ergo ex vt tlins exceprionts pullatenus infertur Religiofos Bulla vti non po/e.' 193 Hafta aqui en dicho lugar citado por el Padre Olmo , 4 7um.16,4431, Deloqual "goníta : lo uno, que la dicha doétrina: no es doétri- ma mia ; fino de; los Autores de dicha tercera fen» tencia , y por ello dixe : Re/poñden, y no re/pondo, y pará que fe yea fer afsiz todo lo dicho defde el mum. 187. hafta el 190.lo trae ¡la letra Leandro de Murcia , fobre el cap. 7. dela Regla.,q4ef4. 1. mum. 6.7. y 8: y dize que lo fienten afsi el Macítro Balilio Ponce , y los demás Autores de la' dicha fen= gencia ; y lo mifmo tiene CaltroPalao , comió hemos yilto , y lo miímo Villalobos , y Trullench citados grriba, /2e. 1.8.3.10m:12. y 13.y lo milmo ¿lenen el Macítro. Hozes , en la ' queltion' A pendice fobte la primera propolicion condenada por Innocen- «jo XI. num. 20.y 21.Pag. 28. de la fegunda im- pre/sion : y lo mifmo el Lluftrifsimo Señor Araujo en las palabrastranícriptas arriba, mum. 134. y el Padre Maeltro Fray Bernave Gallego ; en las tranf- esipcas ,/upra ¿mum 160. y todos los Autores de dicha tercera fentencia. m0 : ' 194 Y lo otro : Que el Padre Olmo no ha (arisfecho', com» dize , d dichos fundamentos, en los numéros antecedentes á efte de 59. como le pué- de ver en ellos. . ELLA 19$ Ni obíta lo que dize enel 24m, 53. conviene dfaber , que ay gran difincion entre las wozes: gracia, Indulgencia , y facultad 5 porque fe- n el Hufiriísimó Araujo. , aquellas palabras gé- nerales de la. Bula, facultades , gracias; y pri- vilegios.; le deben entender juxta Pubiectam maátt- 41 riam ,/tilicet, Indulgent'arum , O fegan el do Bernavé Gallego, fe entienden muy bien de las gracias , y facultades que tienen los dichos Prela- dos de difpenfar en las irregularidades con fus fub- ditos , y exercitar en ellos otras gracias , que en vir» virtud de fer Prelados tienen , como difpenfar en los votos de lus fubditos , y poderfelós conmutar , fino quieren víar de la irritacion , y tambien fe entienden las dichas palabras de las Indúlgencias ( de quien in- mediatamente avía hablado la Bula ) concedidas 4 los Religiofos , que las ganan (in tener Bula, RESPVESTA IL. o. 196 En orden Flo que dize el Padre en el parenteíis , 2empé y queme contradigo én lo que digo en el mum. 28. (que es el cranfcripto ar- riba , num. 189.) con lo que digo en el 14m. 94. dado , y no admitido quela dichafea doctrina mia, que nila del vn-mumero ,nila del otro lo es , fino de los Autores de la tercera fentencia , como coníta dellos miímos. .. , e : IO Reípondo , que admiro mucho, diga el Padre Letor General , que ay contradicion en la doétrina de dichos numeros: pues lo que fe dize ed dicho nym. 28. foloes? Quetambien los Religion Jos no Mendicantes tienen probibicion por e/pecia- les Bulas de confeffar/fe comotros Confeffores que los que efán /eñatados por fus Prelados + y lo que lc dize en el num.94. es: Que las Conftituciones de Clemente VIII, Paulo V. y VrbanoVIIL. que ex ¿láyen d todos los Regulares del indulto de la Grúa zada en quanto al dicho Articulo de elegir Conf: for que les abfuelva de lós refernados, lo qual les conce. dia la.Bula de [ú primera inflitucion ,no efan en E/pañá pecibidas en v/oy lo memo es de otrasCóf- titúciones Pontificias , concedidas A particulares Religiones ; que refiere Juan Martinez de Prado, ft. Vea , pues , agora qualquiera que contradicion ay Catre 4quella doétrina del num.28. y la dicha del num. 94? Ninguna cjerto , y lino , mueltrenos el P; Olmo en qué efti la dicha contradicion?, - ¿+ 2.198 ' _Yalodizefu Paternidad : pues del- pues de aver réfesido aquellas palabras de mi num. 28. Que tambien los Religio/os no Mendicantes t10= nen probibicion por efpeciales Bulas + Añade las que le liguen + YA gracias d Dios, confrefJa que ay Bulas admitidas, y aceptadas , contra lo que nos dize en el num. 94- ¡Esa runs ys Miren por amor de Dios, que contradicion tan indigna de vn Leótor General !"O de que vn Lec- tor General afirme que ay contradicion en lo di- cho! Padre mio, preguntoa V. P. Reverenda , li ferá buena elta confequencia: Tambien los Religion fos no Mend:cantes tienen probibicion pon efpecjan les Bulas : luego las tales Bulss probibitivasefán enE/pañayecibidas en y/o No parece verifimil que vn Lector General califique por buena ]a tal confe- quencia , parque en buena Logica no fe figue, y fino pre-

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