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Acerca del Articulo 7.Nu. $4. 313 ¡¿emore excépiila ; y 20 fufpende Las facultades , y vigracias concedidas 3 los. Superiorés de las Or- yy denes M andicantes ¿ én quaneo 4 lus Frayles, » lo qual es en favor delos Prelados para fus fubo », ditos. Quien quiliere ver la Bula de Vrbáno >, Oé1v0 cogfirmando la de Clemente O tavo; ,, lead ÁÑtonio Diana en las Adiciones fecundas 2 rs que adan en la tercera parte dela imprel= 1 fón de Leon; en ta refólacion nona¿ que alli ¿la refiere de verbo ad verbum , en la quál Bula 2 (que es otra diftinta de laque refieré el Maeltro », Evay Juan de Santo Tomis ,que fue vn año def- 3.9105 , y fo refiere él miímo Papa ¿ella) dcípues >, de aver hablando con todos los Religiolós , aísi >, Mendicatites, como no Mendicantes,cón qualquies sta nombré que (e intitulen de Congregácioón ,9 s Commañia, y de núeltra Señora de el Carmen, ha= 4, zieñido mencion de lo que 8l mifmo avia ordenado sel año antecedenté de 1629. dize ¿entré otr 1$c0- ¿o fas eltas palabras: Sednofire intentions falle, 5 » efe q20d ijdem Fratres, * Monialés quantam ad y Sacramintum Penitentie,/en, confefsionis ade » minifirationem , ordinariz difpofitioni fuorum » Prelatoram, e Sedi Apofiolice quosd fibi refer- ,, vata fubiecti fimt , earum tenore prefentinm per- 3, pet160 declaramas .. », No obftante efto , en aviendó 160 " mueva concelsion de la Bula de otrá Pontifice , fino , declaráre que no £5 (u intencion que les valga ,, 1 los Religiofos , quanto ji la abfolucion de los ,,ycafos relervados 1 lus Prelados, parece que el 5, Religiolo que civiere lá Bula, fe podrá confor- y ar, fi quiere y con lá opinion de los que dizén; y que pue len los Religiolos ler abíucltos de los 5, cafos refervados 2 fus Prelados , teniendo la Bu- , ,lade la Santa Cruzada; Y larazon que trae el »y Maeltro Sánto Thoma de las palabras de la mií- y ma Bula , don que intenta probar, que en ta- 3, das las concelsiones de la Bula fe excluyen los y, Relisiofos de poder fer ablueltos de los cafos ¿y refervados , porque (dize) no fe fufpenden las », facultades 5 y gracias concedidas A 16s Supes », tiores de las Ordenes Mendicantes , en quanto A fus Erayles, digo » que no parece que cón- ,, vence elto , porqueén eftas palabras , g70%aS y » facultades ; (6%. no fe entiende neceflariamen- pte, que en virtud dellas fe les confirme 4 los » Prelados la suroridad qué tienen de . relet- », ar pecados de fus fubdito 3 lo vnO, porque » fiafsi fé enterdicra , M9 tuviera avido opinion sde tantos Thizologos que han afirmado poder ,,1os Religiofos fer abfueltos de los caos reler- svados A fs Superiores por virtud de lá Bola, », pues er todas las Bulas han venido eltas pála= >, bras: Excepto las concedidas a los Superiores de > las Ordenes Men dicántes en quanto a fus Eray- »» les. Y no obltante eltas palabras , algunos Autores ¿»que han efcrito antes dela declaracion de Vra bario DAwvo » han afirriado » que podían los Religiofos efcoger por la Bula Confeffor que “Comfiale. Tom. An » ;, les abíneiva de los cafos 1 fus Preládos relervas 3, dos. Lo otro y porque las dichas palabras le ,, entiended muy bien de las grácias, Y facultas 3, des que tienen los dichos Prelados de difpeníal ;, en las ipregularidadesÍ con (ús fúbditos, y exer y, citár en ellos otras gracias, que en virtud de 3, fer Prelados tienen ; como difpenfar en los vo 5, tos de fus fúbditos, Y poderfelos comurar > 1 3) NO quieren víar de la irritacion, y tambien la ¿entienden las dichas palabras de las Indúlgen= 3, cias (de quien inmediatamente avia hablado 14 », Bula) concedidas á los Retigiofos , que las ga- :, nan fin tener Búla , las quales feñalarémos luego y, en la duda 172. 161 Hafta aqui d la letra dicho Padre Maeftro Fray Bernavé Gallego , de que le inficré llevar la dicha fentencia , no fólo porque la pos ne defvues de la comrraria negativa , lo qual baly taria por si Íolo para juzgarlo aísi : porque qa do plures opiniones referunta”, oltima ceonfetar approbata ¿ex leg. 3.5. Neratiás, F de acquirend; poffeff. como bien el muy doéto Padre Fray Marx tin de San Jofeph en fu Suma, lib, A A 15.pag. 174. que dize lo mifiño en femejante cafo, de Diana, part. 1. tral?. 11. ref. 9 donde pone dos opiniones, Y dándolas ámbas por proba= bles, le atribuye por propria la que pone en vila timo lugar, lolo por ponerla defpues de lá otra : luego fi en dueltro cafo, no folo pone dix cha tercera fentencia en vltimo lugar, que €s ina dicio de prelación: en el comun etilo , y fentig' de los Efcricores, on fundamento en Derechoj como vimos, find que ádemás de elfo relponde jlosfundamentos del Maeltro Santo Thomaá (que llevala contraria) como hemios vilto', lo qual na haze vice vería , qué múcho , pues , que Diana en la part, 11. tral?. 6. ref. 377. fe la deribuva ablolu= tamente , y del miímo mode que al Padre Remigioz veanfe tambien el: Padre Moya , y el Padre Cardes nas : ergo, Xc. RESPUESTA IL » 162 Refpondo lo tercera: Que el Padra Maeltro Candido imprimió fus Obras ocho! años defpues de la Bula Vrbana, y no antes della , comá dize el Pádre Olmo ,y ¡yole menciona entre log Autores que llevaró dicha opinion al3i antes, cama defpues . es porque afsi le citan el Padre Moya Y otros ¿pero ninguno dize queel tal imprimaiclle Mit Obras antes de la Confitucion Vrbatha y mi lo, prats de dezir , porque dellas oefmás, conita que e hiso masde ocho años delnues della , fiendo Penitemm ia rio entonces del riiímo Sumo Pontifice Y ramal Odáavo. 161 Sed ¿uidguid deba $, ¿tel gra viísiaio Autor lleva probablemente dicha Dame tom. 2. ip. quart ón. dise, 4 cord, Qu PAZ, 10 donde dize Ala lewra lo que la Migue, Dd ú

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