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Acerca del Articulo 7 Num. 47% Oubniam contra y 1, de proba? l:g.Actór quod affe- verat 23.C. todemtit, y de otros Textos: y mas quando al teltigo que afirmato le debe mas credito, queá muthos que niegan, ex leg, Diempuoferre, $. Si plures, y allida Gloffa, verb, Gonjenferunt , ff. de arbit, Farinacio, con muchos, de teffibus, que, 65. him. 20. 154.21. 2,3 4. y ello,por la razon de arribá: ergo, dec. 167 Lo 4. Porque fi el Padre Olmo no quiere dir credito , ni d dicho Remigio en lo dichd, mii lo que dize Eulebio dé Herrera , ni 2 lo que di- ze Leandro del Sacrámento, o Alo que nos dize defi te, eri lo quie refiere aver oldoal liultiísimo Araujo; por que no fe vadra dezirlo mifmo de fu Páterniz dad Reverenda; quando nos dize , .qme ha: hecho exa¿h/simas diligencias + Kéáfo el Padre Olmo es de (uperior calidad ¿log dichos, d de mas preexces lence condicion que ellos? Ergo, 8ec, El 168 Lo 5. Porque el P. Olmo no nosin- dividua que diligencias fon las que ha hecho , que aunque las llama excacti/simas , puede fer que otros las reputen por “infuficientes ; pues aviendo mas de quarenta años defde que imprimid lo dicho el Padre Remigio,era neceflario qué el Padre Olmo, no folo fe hiuvieTe exactamente informado de todas las Religiones ¡Ode los que en ellas pudieflen fa- ber , 9 fupieflen lo que paffavá en el punto, den elte año en que imiprimid fu tratado dicho Ol.. mo. 0 en los poco antecedentes , (ino tambien dé lo que paífava en todas ellas por los años de 1653. (0 antes de ellos) dé que habla dicho Remigio: ergo, Xc. 169 Y lo 6. Porqué lo mifmo que dize Remigio acercade la contra- Bula, lo dá como por alentado 3 y acoftumbrado ; en fubitancia eliR. y Dotto P. Henrico Henriquez , de fla Huftre Com- pañia de Jesvs , lib. 7. de Indalgentijs , Capo 11. mum 4. y-enla Glofla, litt, D. pues dizé , que aun= que cada fexenió fé deregáñ los Privilegios de los Regulares por la nueva concefsion de la Cruzada, añade empero, que defpues de elfo fe fuelen confir- mar ,citá Y Navarro, y 4 otros, y entre, ellos al Compendio de los Mendicantes, verb. Abfolutio quoad frátres; num, 17. ; 170 Veafe tambien endichoCompendio, y lugar citado; el núm. 16 ¿donde fe dize alsis Sciera dum ef?, quod confimilem revocationem , fem decla- rationem , fecerunt alij Pontifices y qui alias dede. runt Bullas Cruciate ; /?d ¡fa redocaciones non Junt perpetae: quía non. fe extendunt ad Bullas Cruciate futuras. Et ided,quandocómque venertt mova Cruciate,opportet baberé novam revocabio- nem , fon declarationem illins , ad+boc , vé fratres nequeant illa uti. ; 171 Y lo confirma dicho Henriquez de todas las Bulas parcialésqua han obtenido las Relís giones fobre el punta(las quales dize el Padre Olmo," 4 paz. ys. númez 3 Le han obtenido4 inllancias de los Prelados dellay Y porgue todas elas , que fon, sino vnas contra-Bulas 4 favor de Jos Prelados de” Confuit.Tom.4u 189 las Religiones ? Qué mucho , pués, que Remigio diga lo dicho 4*Y qué maravilla ¿qué de tantas Rea ligiones , cuyos Prelados han folicitado dicha Privi= legío , 6 dichas canta Bulas «en diveríos tiempos, ay a algunos Prelades tan providos-,: que adhrtc delo pues de Vrbano ¡Détavoayán lacado dietías contrás Bulas para fus Religiones, 4 lo ménos en aquellos años inmediatos +Wrbano? Ádenids, que'aún Remi» gio no dize, que elas contra-Bulas fe ayán 'facado defpues de Ja vida de Vrbano, puestodolo que alí dize dicho Padre fe falva muy bien , Sfe puede fal» var , entendido de las contra-Bulas anteriores , vide Pi: ergogidrc. ed e, 173 . Dize lo»5. El Padre Torrecilla ; dize muchas vezes, que el Papa Vrbano hablo en fu Eula no como. Pontifice, fino como Doétor particular. Improbabili/simo , porque fi habló comb Dodtor, luego. como Doétor, y do tomo Papa 1á' expidió; Atqui como Pontifice la expidió + luego-como ral en ella hablo. Dize mas (num. 41.) que los Ponti= fices Clemente, y ¿Vrbano ; no declararon ;. que la Cruzada no huvieffe aprovechado á los Regulares defde fu principio,para lo dicho :. ni: declararon que no les aprovecharjsn en adelante Jas Bulas de fus fu» telíores, Ec. ImpPobable Veafle el fol.1 17.14m.9, Y 10. Hafta aqui dicho P. Olmo, ha 173 Sed contra : Lo primero , porque es totalmente falío el que yo aya dicho', .10 folo mu. chas vezes , pero ni vna fola , que el Papa Vrbanb hablo enfu Bula, no como Pontifice , lino como Doétor (como, malamente me quiere probijar ¿iy prohija repetidas vezes dicho Padre Olmo acerca da lo qual fe vea lo dicho arriba, ¿/tc, 4. $. 2. 4 num, So. ad 132.1m0 , al Padre Remigio , cuya esla dicha refpuelta , río le tía entendido el Padré Olmo: acerca de lo.qjual fe vea ¿¡bidem, 4 num, 133. ad 173. Vea, pues, agora el prudentes y dofto Lec= tor , qué cenfura: puede fulminar contra mi el Pa- dre Olmo ( quefea afultada) fobre £n fupuelto fallo, que le fabrica €] meímo , y mele Quiere imputar a mi, y dehiecho me le imputa, porque a lu Paterna dad Reverenda fe le antoja el hazerme efla merced? érgo, Xc. y t: 174 , . Contra lo 2, Porque además de no fer mia la réfpuelta del num. 41. (como puede verfe alli )lo que fé dize en dicho numero; queda abundantemente probado en los, antecedentes; y, lo contrario , nilo prueba ¿nilo podrá probar dis ¿ho Padre Olmo, y- 11.105. yeaníe les cumeros 9. y 10. del cap. 5. del Padre Olmo , fol. 117.4 que fu Paternidad nos remite , y las refpueltas 4 ellos, fupr. fec.2.5:7» anum. 107. ( y adonde alli mg remito) ad 129. y Íe conocerá claramente guan futil , y falío fea. lo que alli alega contra la dicha refe pueíta.: ergo, Sc, ORO EN
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