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Acerca del Articulo 7. Nom. 43. que lo haze vn mifmojuyzio de la caufa , que de lo caufado , leg. Non ídeo, C. de bared. infit. leg, Si atem, f. de aqua plavia arcend. luego fi es, y ha fido ilícito, que los Regulares víen, y ayan víado de la Bula de la Cruzada para los refervados , dichos Sumos Pontifices , que concedieron 4 los Regula rés el dicho vío , obraron en ello vna cola que erailicita , iniqua, y pervería, y que por tal lo ha declarado: ex Catbedra dicho Pontifice Vrba= po 5 Atqui ,el Pontifice no puede errar en dicha declaracion , Como dize el miímo .Qlmo en la menor ; luego por no dezir que obraron iniqua, y perverfamente , contra lu conciencia, y obliga- cion dichosSumos Pontifices (pues feria: intolera= ble arrojo el afirmar tal cofa ) le debe dezir, que el Pontífice Vrbano no declaro ex Catbedra , lo que afirma el Padre Olmo, que declaró: ergo, Ce RESPVESTA Il. 149 Refpondo lo fegundo : Que tambien es falfo , que fe les pueda adaptar razonablemente 2 los Autores de la tercera fentencia la fegunda ex- cepcion, que quiere probijarles el Padre Olmo , elta es, que le convenga 4 la tal opinionel , legitas, vel nuliitas fuedamenti ypor lo dicho arriba ¿/2c, 3. $; 2. 4 94m. 1, 4d 44, donde fe puede vér. Veafe tam- bien arriba en elta fec.3.8. 3, el num. 94. y los nun. 124. 125.y 146. y 4 lo que dizcel Padre Olmo, ex num. 26. 4'qué rios remito i refpondo, que fe vean las refpueltas en dicha fec, 3. y $. 2,2 7.49. 44 128.y fe conocerá de qué calidad es lo que dicho P.Qlmo llama notario,y 410 qual nos remite. RESPUESTA II, 1$0 Refpondo lo tercero : Qué tambien es falfo , que los Autores de la tercera fentencia, ( y mucho menos los que menciona el Padre Olmo) padezcan la tercera excepcion , elto es: Quod do- ceantimprobabilia ; y 110 que dize , que lo dicho es notorio, ex num. 34, fuplico al Ledtor fe lirva de ver dicho 14m. 34. y las refpueltas 34el ,enelta/ec, 3.8. 2.4num, 166.4d 195.y conocerá de qué calidad eslo quedicho Padré Olmo llama notorio; y en orden 4: lo que particularmente individua aqui contra los cinco fugetos que exprella , examina» o . rémos por fu «orden , lo que llama ¿mprobable dicho. Padre, y como prueba la tal ¿mprobas' bilidad. 151 Dize lo primero : Porque los Padres Dubal ¿San Jofeph, Hozes , Remigio, y Torrecilla, dizen ::Quefe fuplico al mifmo Papa de la dicha Bula; y algunos de ellos afirman , que no fe pro- mulgo:en Efpaña, que mo la aceptó el Rey , et fús fus Confejos.mi las Reliciones, y que no efid en ufo; lo qual es improbable. ' 152 Séd contra: Porque d elto relponi= derin los dichos Autores : lo primero , por inftancia 287 en elta forma, ei dezir dicho Padre Olmo, que lo dicho es improbable, esfolo lo. que merece elle ti- tulo : y lo quees improbable; luego el Padre Ole mo padece la rercera excepcion ¿que es , quod do- ect improbabilia : relponda , pues, el Padre Olmo delta ¡nltancia , y apliquefe la relpuefta. 153 Lo fegundo :Posque el dezir los di- echos Autores , y yo con ellos ( aunque por mi te- nuidad no merezco entrar en numero con tan gras ves Macltros ) quefe fuplico al mifmo Papa de la dicha Bula : porque aísi teltifica el Padre Leandro del Santifsimo Sacramento ,-que fe lo refpondid, confultado fobre él cafo, el Hluftrifsimo Señor Aras jo: nofe defcubre ,como , 0 por donde pueda més tecer la cenfura de improbable . queel Padre Ol mo, con lu acoltumbrada blandura , les adapta: pues el dezir que lo teftifica aísi el Padre Leandro. , fien= do , como es verdad , queloreltifica : yd-fe vé que ho merece cenfura de improbable : y lies, por que dichos Autores dán credito á-lo que teltifica dicho Leandro , y dla depolicion del dicho Señor Araujo? Menos merece dictia .cenfiira ¿ como qualquierá cuerdo conocerá > pues poner dolo, d en la veia dad del dicho Señor Obifpo, den la depolicion de teltigo' ran abonado; como Leandro; no fe puede hazer fin injuria de los dichos; y mas avien= do muchas conjeturas, que ¡lo perfuaden ¿ no les Vemente las quales quedan anotadas , en la /2c. 24 $. 5.4 num, 10. ad 18. luego no ay por donde me» fezca lo dichó la dicha cenfura con que el Padré Olmo los pretende denigrar , $ imponerles vna, de las excepciones , de las quales dize ( ex P, Palani« co: ) Que maxime authoritatem Dodtoris infira matt : ergo, étc. 154 Y lo tercero; Porque el Padre Ol. mo ; ni funda , ni puede fundar, la dicha cenfura: era go $c. que no la funde , coníta del numero, y que no la pueda fundár, parece manifeíto : puesi4- primis ,no la puede fundar en autoridad extrin/ecas pofque no me dara alguna ; que;aya dada por ¿m= probable el dezir : Que fe fuplico al mifino Papa dé la dicba Bula ,y lomiímo del dezir , que no /? proa imulgó en E/paña ,quenola acepto el Rey ,Úcs que fon fequelas que le deducen de dicha fuplica (co= mo bien el Pádre Er. Gabriel de S.Jofeph,en las pá= labrastrafcripras arriba, fec.3.S.2. 4num+181.) y fi no, afsignenos el Padre: Olmo algun. Auror¿ que ayadado por improbable lo dicho? Lo qualno hara porque efto eltavaen individuo , refervado para fu Paternidad Reverenda :ni tampoco puede fundar la tal cenfura en autoridad intrin/eca-, y fino, veamof- la? Porque ella no fe defcubre , como quedá- dicho arriba: Diganos, buelvo 4 dezir, fu. Paternidad, por qué caufi, efto que aqui dizen dichos quatro gravifa fimos Maeftros ( 4 quienes yo, como difcipulo 1igo) és improbable? die ? 154 Dira, quizás,que bxíta que fu Patéro hidad lo diga: Bueno! Lindo! Nofe hable.mas.en la materia! Pero .acuerdefe ¿fi Paternidad Reverena da y que nos ha enfeñádorepesidas vezes ¿ der prigs cis

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