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286 de infubliftente dicha Conftitution) quermuchos Pre- lados ban facado contra-Bula, de/pues de la Vrbana, y la motificaron a Jus fubditos con rigor. Impro- bable , porque nofeha lacado álgúna , ni ay tal noticia , lobré que he hecho exaGiísimas diligen* cias. 141 El P, Torrecilla dize muchas vezes , que el Pápa Vrbaño hábló en fú Bula no co- mo Ponrtifice , finocomo Doétor particular. IÍmpro- babilifsimo , porque li habló:como Doctor: luego cono Doétor ¿ y no como Papala expidió; Agus como Pontifice la expidió : luego como tal , en ella hablo, Dize mas (muña. 41; ) que los Pontifices Cle= mente , y Vrbano declararon;que la Cruzada no hu» viele aprovechado 2 los Regulares defde lu principio para lodicho: ni declararon que no les aprovecharian _enadelante las Bulas de lusfuceflores , 8tc. Improbas ble. Vealefol. 117.M.9. Y 109 ecc taa - Padecen tambien grande equis vocacion ( que es otraexcepcion: ) y porque las de= claraciones Pontificias en materia de doctrina , per- tenecientes d las coltumbres, y qualificacion de Opinion , confunden ¿on riombre de Conftitu- cion legislativa, d precepciva, que es muy dif- tintas Equivocaníe tambien En juzgar: que dichas Bulasíon temporales, y vidalicias ¿y no perpetuas; y generales , contra todo Derecho , y comun ace cion. UIO ' 143 La 4. excepción que padecen ; es : 9 Author afirmat conclufionem, fine eo quod examinct fundamenta vtriu/que partis. ¿YOR 144 Mucho podia difundirme, vif< to loscinco Autores , que he citado aqui ;remitome alos mum: 40- y 42. 1olo digo ; que f bien en otras materias , difputas , y fratados, han efcrito con gran+ de acierto , y mucha aceptacion en clta , dize el Cara wal Lugo; Non acurate difeufferunt, fundamenta: luego dichas circunftancias : Moxime autboritatem predictorum infirmant ; O per confequens , Oo, Halta qui +la letra dicho P.Olmo en dicho 2412.47. F RESPUESTAS. 145 ¿Cierro que: ají argumentos, gue fuera mejor norefponder 4ellos: y afsi dixo muy bien el Dean: de: Tortofa Don .Alexandro de Ros, en fu Cataluña delengañada, di/cu?/. y. psg.mibi "3003 in'fír.quando dixo, propoficioness ay que !le= van tan en la:frentefu lin Fazoh (com. otro terminos lo dixo dicho Dean , que yo omitopor da templan= gay modéftia Relisio/a aunque quizas no vinitran mal apropriados al argumento del prefente nun.) ie no merecen: re(puelta z* porque ellas miímas fe condehan',: y folo las pueden hontar el quetrata de impugnarlas. Mucho debe el Autor de la-no- elcia vniveríal 4 Don Jofeph- Pellizer de Salas, que con tanta erudicion le honrd' can” hazer cafo «de aquel libro , refpondiendo 3 fus finrazones ( otro ¿ermino las da dicbo Dean. ) Haj?a aqui dicho D» Apol. 1. Sec, 3,5. 3: Alexandro ; y bien 3 bien no quiliera quie El aver referido dicha clauíula pareciefíe fatira, porquébe parecio mucho con dicho Ros , Pag. 142. in primer, pio , de no faberlas hazer , y. por eflo he quicado 4] dicha claufula los terminos mas elcabrofos ¿cOn qui la pone el referido Autor ¿ remitiendo 4 la confide racion de los difcretos Ledtores , fa el prefente numel ro , y terminos de que vía el P. Olmo , «contra fal graves Religiofos , y Autores Claficos, como los qué enciona ( fuera de mi , que por la. parte que dm toca , poco , d nada importa el que hable fu Patermi dad, como gultare , y fuere fervido ) es digno dew pluma de vna Religion tan fanta; tan doéta, Y ki 0 exenta ; Sed guidquid fit de dicho. modo de hablar; paílemos á refponder a lás rales excepciones. RESPUESTA L 146 Refpondo lo 1. Queálos At tores de la tercera fentencia no fe les puede adapta razonablemente la primera excepcion ,elto es, qu pars oppofita fit certa ; porque li la parte opucitaEj opinion , como la llama el mifmo P. Olmo , y Com en la tealidad lo es; puesla conclulion de los Aute; res de la fentencia opueltá , no: esinmteligencia, al conozca inmediatamente los principio s: ni ciemc h que es cogmitio certa, evidens, O" per demonfi.at ja mem acquifita, lino vnconocimiento , que; Ver/atát circa res probabiles, no puede fer, ni llamarle ciertas porque lo que elta /2b opinione, fiempre es.cím for, midine partie oppofíte : y afsi ninguna opinion , El quanto tal , puede. fer cierta , fimo folo probable, E mas probable , como es cierto en Philolofía, V eale dicho arriba, 2. 93. A 2l 10, Dizeel P. O mo, que loq] Lu Paternidad dize, es confante: y lo, prueba ¿ porqu el Pontifice Vrbano declaró ex Cathedra , que es») ha fido ilicito que los Regulares víen ,d ayan ví ¡ | de la Bula de la Cruzada para la ablolueion de lOs fervados, Sc, ; 3 : 148 Sed contra; Porque la dick mayor es falla, como confta abundantemente de lod cho arriba,/ec.2..$. 8, 41. 98.48 154. y alidsieÑ guiera , queli Vrbano difinió ex Cathedra , que y ha fido ilicito : que los Regulares vícn , 0. ay8l víado” de la Bula de la cruzada para la: ablolucia de los , calos refervados , huvicra definido,, 0 de clarado .por cConfiguiente, que el. miímo VEB no en la concefsion de el . primer. quinque Obró iniqua, y. perverfamente , 'epntra Lu.c6 ejencia , y. obligacion ( y .:o' mifmo le y be dezir de Pio 1V., Paulo 11. y Pio V. ) porque Qu ef canja caufe, efi caufati caufa , como lo ent ñan ¿odos los Philofophos y y Theologos,y: €$ Y rifsimo en Derecho ,Jee, Manumni/:ione » e Jtit.O" iure leg. Quo minos, $. de fmin leg. MARA tus , donde los DoGores , G. de procunat. y de muchas: de donde Íe dize , que la caula fe:eoñe por los efectos, leg. Non codicillum,C. de teja Y E

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