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Acercá del Articulo +. Nui. 46, Bulas, poftive , O expreffe y declaran Authoritate Apaítolica, que nofufraga á los Regulares la fas cultad de la Cruzada para fer abfueltos en virtod della de los cáfos relervados: luego invalidaán , y anulan gdalqu'er fentir , y opinion, que fe opañ= ga 3 lo €n ellas contenido , y por ellas declarado. La mayor es de las Decretales : la menor es dé Cié mente ,y Vrbano VIII. formaliter 5 (O expreffo: luego la confequencia es irrefragable , por ler difini> ción de las referidas Decrerales , efpecialmenre la de Ltbellis, dif. 20. ergo , 8ic. Probado ( cómo conltá elta) q las Buláas de Clemente,y Vrbano /e fromalzas ron, admitieron, el argumenco esineluérable: Luego la contraria opinion ( dizen los Doétóres citados , 7. 18 ) nullo modo ef probabilis , infirinfece ¿tiéc ext strinfece. Haíta aquí dicho P. Olmo en dicho nui» RESPVESTA ] 133 No trác cofa el Padré Olmo ei elte numero : que nó lá aya producido en fubltanciá orras muchas , vezes , y 3 que no fe aya refpondi- do otrastantas , precifandoños fu Paternidad á ello, como tan poco fon nuevos ,finó muy vfuales en fu Paternidad los terminos de confequencia irrefragás ble , argumento inciuttable ; y femejantes ¿fed quid quid de boc /5t, A 134 Refpondolo primero ¿ cofidés diendo lá mayor ,por lo dicho ¿rriba ) pum. 113.y a donde alli me refñieró ; pero en orden 1 la ménor (aunque es cierto, e indubitáble ; que lás Bulas de Clemente, y Vibano Oétavo lan de fer prefbri- das 1 roda Opinion , y ¿l-dicho de:todos las vati- tos, cafo negado , que elte fuelle contrario 4 elias) dirán los Autores de la tercerá fentencia, que di- chos Pontifices lolo decláráron fu intención , por Jas tales Conftituciones , comio confta del Con- texto dellas ¿efto es , en quanto 1 las Bulas de 14 Cruzada ¿ €'iodultos particulares concédidos por dichos Sumos Pontifices, y que avian de conéé- der por todo €l tiempo de fu vida; pero que Jas tales decláraciones mo fueron abfolutas, y Gehé- rales, emorden ¿das Bulas de la Cruzada , que fás «fucellores huvieflen de concédet; Acerca de lo qual le vea lo dicho arriba, /2c. 2. S. 4. 4 num; 12 1.4d 146. y por configuiente los Áytores de di+ cha tercera lenténcia, en fu opinamento , nofe opos nen á las dichas Conftituciones dé Clemente , y Dre bano Octavo, ni lu opinion es contrá lo cofite= nido , y declarado por ellas, con que la confequencia que el P. Olmo llama ¿rrefagrable, no lo es en mang- Ya a/gúnas 135 Elto mifmo ( 1mas de los muchos Áú- tores allicitadostiéne el dotisirao é Il uftrifsimo Se- ñor Araujo,enfus deciísiones Morales, tr. 1. de fatal Ecclefiaftic.quef.$.n.27. donde lleva dicha tercera fentencia,y en orden á cíte prínto , dize 16 que fe G- ques Rurfas favet noffra [ententie,quod dicte Con- Aitnsione Clementis , O”. Vrbani ipfis vita funciis 285 Jpivavere , O revocabe per fequentes Bullas cenfen= tár.V ca, pues, agora el P. Olmo, cómo ateñta la au- toridad de vn tal gran Maeltro, y Sánto Prelado; fer2 irrefragable la confequencia , que fu P. nos quiere vender por tal% , " 7 RESPYVESTA IL 136 Refpondo lo 2, Que el P. Ol mo no ha probado haltá agora ( ni lo podrá probar) que las Búlas de Clemente , y Vriiano VII, fe pro» mulgaton , y admitieron por ly Mageltad Catolica: y fino, mueltrenos donde lo dexa probado? Luego es fallo/aquel comó confia effa, qué nos pone eitre paz sentelis: y por configuiente esfallo, queel tal árgus mento lea imeludtable ¿como ños dite lu P, que lo es: y por configuieñte , es tamibien falía la vitima confes quencia , que infiere dicho P, Olmo! y €ón elto paí femos al num, 47: 4d ny NVMERO XXXXvVII, bd J 137 Profiguiendó el Padre Olmo; én el ñúm. 47. de 186. dize lo que fe ligue: Solo relta examinar , ( bic ¿O nuse ¿los Autores de la contraria opinion padezcan algunas Excepciones. Quatro fon las que poñe el Padre Cardeñas, como Yimos ,núm. 41 que dizé el P.Palanco, ibi: Maxi me autboritátem Doétovis infirmant. La primera és, /í pars oppofita f5t certa; y que lo fea hueltra opi- ñion es conltante: :Pruébolo, El Pontifice Vrbiño declaró ex Cathedra ¿que es; y Ba fido ilicico , que los Regulares vfen,d ayan víido de rá Bula de lá Cru ¿ada para los refervadosi 4rqui El Pofitifice no puede errar en dicha declaracion: luego Esciérto'no aprove- cha la Bula 4 los Regulares para la áblolucion de los relervados. $438 La ¿. excepcion que padeceñ dichbs Autores en elte punto, es: Lévitas, vel nullitas fun= dámenti. Que los defu fentencia lean enteramente nulos, conítá e4 2..26,y de lo demás de élte articulo. 139 La3.exocpeion, que padecen es: Qued docent improbabilia; lo qual es notorjo' ex mm. 34. Porque los Padres Dubal, San Jofep!1'; Hozes, Remi. gio, y Torrecilla dizen ; Quefe fuplico al mifmo Pú pa de la dicha Bula, y algunos déllos afirmán,que no fe promulgó en E/paña , que no la acepto el Rey ni Jus Confejos, mi las Religlones ; y que ño efden ojos lo qual es ¿ri probable, E 140 El Padre Eufebio Herrera dize, que el Comiffario General de la Cruzada recogió uy > fuprimió la Bula de Clemente Oétavo ; y fuplico della fu Santidad. Improbable. El Padre S. Jofep dize ¿que pará qué la Bula Y rbaña obligara Nace rium erat , quod quattents públicaretur ¿O legere- fur in conventibus; Improbabilifsimo ; porlercon= tra loordenado en la milma Bula ( vs videre ef nu. mer. 29. fuprá.) ElPadre Remigid (para probar de
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