BCCPAM000326-6-16000000000000

162 NUMERO XXXM. as3 Profiguiendo el P.Olmo;eñ el 183 ma. 2pag. 170. dize lo quefe ligue :Perg jemos de gracia, fe Lriziele dicha fuplica por el Comiflario Ge- neral de la Santa Cruzada (en el fol. 17. n4M.4. di2 xe: Que fibien puede bazer la fuplica en nombre del Rey , peroo efid en prachica, Reformo la propofi- sion , remelims perpenfa, y digo , que los Señores Comiffarios pueden por si folosfuplicar al Papa de ualquiera Bula, tocante 4 lu Tribunal, en virtud de ¿ grande autoridad) no ven , que en ello miímo de. fapoyan fu opinion, defquiciando fu principal fundas mento , por quanto fe fifiere efta confequencia? Lues goen tanto bizola fuplica ,en quanto juzza , que por la Bula de la Cruzada no fe deroza, ni invalida dicbaConftitucionVrbana. 159 La confequeneja es claras Por= que fi dizen , que fiendo la publicacion de la Bula polterior a la dicha Conftirucion,que en virtud della queda derogada, y en confequencia de ningun valor, ni efeÉto,de que Íarve la fúplicalLuego en tanto fe in- terpuílo ( como dizen) en quanto la Conftitucion Jemper ¿O pro femper 5es obligatoria, y valederas luego adhuc concedido fe hizielle dicha fuplica , es contra fus miímos principios , y fentencia. Mas, por= que es bien defvanecer otros que voluntariamente acumulan, Hala aqui en dicho num. dicho Olmo. RESPUESTA 160 Gracias 1 Dios, que el P. Olmo sonoce que los Señores Comillarios Generales pue= den por si folos fuplicar de qualquiera Bula , tocante á lu Tribunal , en virtud de fu gran autoridad. Vas mos, pues, agora al defapoyo, que dize , fe figue á la tercera fentencia, de la tal Íuplica. 161 Refpondo : pues , que esfal. fo , que por la fuplica hechá por el Comiflario de la Cruzada,en nombre de la Mageltad de Felipo Quar- to ,fe delapoye , O delquicie la tercera fentencia ; y falía la primera confequencia que faca el Padre Ola mo (aunque lu P. dize ler e/ara;) y ¿lo que pregun- ta , que de qué firve la fuplica ? Conftará de lo que yá digo. 162 Sirve , pues: Lo vno ,por= que los Autores de la tercera fentencia (menos vno,d etro , O algunos) dizen, que viviendo Vrhano Oéta= vo (que revocó! la Bula deta Cruzada por la dix «ha Conftitucion, en' quanto a la facultad que para elegir Confeffor dava 4 los Regulares ) no: pudie- row los Regulares víar del privilegio' de la: Crus zada; pero fi defpues de muerro dicho Vrbano, por las Bulas que defpues han concedido , y con«w ceden los Pontifices pofteriores al dicho: y como por la fuplica inter puelta ,fe fulpenda dicha Conf= Situcion Y rbana , viene a fervir , y firve la tal lug Apol.1.Sec.3.8:% plica , para que adbuc viviendo el dicho Vibar dieffen los Religiofos vfar del tal privilegio , qu la Cruzada fe les concede. , NE Ñ 163 Dixe + Menos uno , 3 otro, $ algunos , porque Báíilio Ponce, y algunos otros ¿fan de fentir;-que la Bula de la Cruzada que fe publid3; el año quefalió dicha Conftitucion Vrbana, q $ do revocada por aquel año en quanto a la facula tad de elegir Confeffor para todos los Religiofos:pes ro que por la Bula ; que el año figuiente fe promulga pudieron muy bien los Religiofos elegir Confeffo Acerca de lo qual fe vea lo dicho en la/ec, 1. S. 354 ». 24. 4d 28. pero adbuc eltando en efte fentir , m4 fue fruftranea lá dicha fuplica , fino que firvió pari fufpertder el efecto de la Conftitucion Vrbana, adh para aquel mifmo año , y por configuiente , para q adbuc en el pudicflen los Religiofos vÍar de el tal pris vilegio. : 164 Y lo atro + Porque como dicha fuplica , vna vez interpuefta , fufpenda el valóf de la dicha Conttitucion Vrbana , hafta que conftel que la voluntad de lu Santidad paífa A abfoluta, manis feltando de nuevo fer fu intencion obligar if obfervancia + firvió para que el Comiflario de ] Cruzada pudieffe licitamente, én el Sumario dé la. Bula en lengua vulgar Hifpanica , no exceptu a los Religiofos en quanto al dicho articulo de elegir Confeflor + para los refervados ( como lo exceptúa delos latticinios, y como cxceptita all el crimen de la- heregia: ) la qual excepcion na pudiera licitamente aver omitido, d no averle ¡n= terpuefto lá dicha fuplica : por fer afsi, que miend tras los Comiflarios de la Cruzada no efprelláren lo dicho en dicho Sumario , d engañan 4los Fiele Regulares en cola graviísima ,0 dicha tercera opiz nioñ es probable , authoritate, O” ratione , fegun € muy Reverendo , y doétoP. Fray Juan Martinez de Prado, cap. 6. de Bulla ,queft.5.$.5.m:32, pa Z 276. luego Íirve de much» la dicira fuplica, y no del quicia, ni delapoya vn apice la dicha tercera opinial y fentencia: luego no fe infiere la primera confequené cía del P. Olmo, por mas que fu P. diga fer clara, Y 165 A las demás confequendill deduce dichto P. Olmo , refpondo ¿qué baíta cl acera las referido, como fu Paternidad las propone , par que qualquiera inteligente conozca fu ¡legitimidad y baltardia, al modo de aquello que de ciertas lente 1 cias dixo $.Geronimo4 Ciefiphonte: Sententias Y Piras pro didifJe, fuperaffe ef, Reficrelo el ml dotto, y R. P. BPr.Patricio Dyfño, de ls Regular OB fervancia de nueltro Padre San Erancifico ; en la PO ta, O Frente de la Theologia Bayo-Janfenias na : y con efto palfemos al > ñum. 34. SF CO) DIR NE IL IN E . 2

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz