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f Acerca del Articulo arriba , 1. 95 Lolo fe dize en el fin deila , que la tal Bula dei Paga Vrbario VHL fe publico en Roma: avrá, pues, Logico alguno , que infiera ,Ó pueda in. ferir de ai legitimamente elta confequencia , /mego fe publico en E/paña 2 Miren que conlequeneia tán lin= da de vn Leétor General ? y con aquel ciyrélico 3 de fe cuidencia: linda cofa! 122 Ni es de mejor calidad lo que profigue dicho P. Olmo continúadimente ¿ld dicho en las palabras tranfcrifptas árriba,M. 1 12:con= viene d faber, fino porque [e publicó en Portugal; feá gun Portel tom. 2.0.3.0. 3. 123 Patque lo que alli dize Porz tel, es lo que le ligue: Vidi edo in fadti contingentiá ántequam publicaretar Bulla D.Vrbani,O' vigebat illa fal/a opiñio ¿Ó'c. Pues aunque parece qué fu= pone averfe publicado la dichá (como es cierto que (e publicó en Roma ) ño dize empero donde le publica: ferá , pues , buena eltá comfequencia : Dicha Bula de Vrbano fe publico : nego fe publico en el Reyno de Portugal? Tan buena confequencia es elta , como la antecedenté ; y fi no , digánlo los Sumulittas? ergo, Kc. 124 A qué añado : Que aunque dicho Portel huvieffe dicho : Anteguam publicaretur in Lujitania (que no dize tal cola) adhúc no le (eguiria forgofamente el que fé huvielfe publicas do defpuesen el dieho Reynd. Elto fe prueba ¿pa- ridad de aquello que dize San Marheo cap. 1. Autea quam convenirent , inventa ef im otero babens de Spiritu Sanéto ( y 2 fabe el Catolico que ha de ex= p'icar clta paridad en fu tanto, y en fu modo ¿ /icet porua componere MAGMÍS, con la templanga que admite la proporcion (¿terca de lo qnal dize S Ge- ronimo , y fe hallará en la oétava lecion de! Oficio de , San Jofeph lo figuiente * Quod attem dicitur, ante quam convenirent; non fequitar dt pojlea convene- rint : fed [criptura quod faétum non /5t ,ofenait; Apliquefe , pues, en lu modo el Padre Olmo la di ena refpuelta, para adbuc en caló negado , que Portel huvicfle dicho in Regno Lufitanit. ergo, 8tc. 135 Mas : Que aunque afsi el dis cho Portel , cama el Padre Mendo fuponen , qué la tal Bula Vrbana fe publico , ningunod:Z: ( niá lo puede dezir, porque es totalmente fallo) qué le pubiico en Bípaña , ni en Portugal, fino que con la publicacion hecha en Roma ; como 19 did zc Salcedo , juzgan que es baftante , no folo para de zir que fe ha publicado, fino tambien para dez;f, con! la fentencia comun , que obliga en toda la 'Igleña (quatenas efi ex parte publicatiomis ) y 4 todos los Fieles, por lo dicho arri» numero 101. Ry PROS 10 7. Coxel. 2. Nam. 36% 297 RESPUESTA. v: 126 Relpondoloquinto : Que no es mes nos futil la confirmacion del Padre O.mo , tranfcripd ta arriba , ue. 113. lo qual pruebo con fus ef mos terminos , y tenot-, matatismutañdis : porque impugnando acérrimamente; alsi Portél, como el Padre Mendo dicha terterá fentencia; y eto” el fegundo modo de defenderla, ninguno dize, que la tál Bula Vrbaná fe publicó en Efpaña, d en Portugal ( fino folo que fe pública; lo qual es cierto de la publicacion de Roma ) lo qual, no hiú= vieran omitido , fien Efpañá, O Portugal fé hu= viera publicado , artés bién lo huvierán dicho cord exprefsion alsi ¿ m0, huvieran dicho ; de que Ory den , y en que año , mes , y dia le avia publicado; como fe dize de ¡a Bula. de Ciemente X. Superná mag! Patris, y lo refioree! miímo Padre Olmo en clte 24m. 30. Atqui ningun Aútor ha dicho y tii exprellado tal cofa : ergo, dec. ] 127 Y (i el Padre Olmo dixere,qué no vale efta confequencia : por qué quiere que val. ga la Íuya , que faca con los melmos terminos ; y tenor , de los quales infiere : luegó /e hizo 3 pues es dezirque la prueba con que lo prueba es de mex jor calidad, aunque fu Paternidad dize que es pátente? ibi: Patet. Y por que Patet 3 Yi lodizé por las palabras. (iguientes : Porque efcrivitndo dia cho Autor contra el valor de la. Bu'a fupone que obligava d los fubditos (por que /í noAdquid tantá defenfa2) pues mo puede obligar fino Je publica, y ¿fa end/o: ergo, dic. 128 . Miren qué confequencia tañi cftremada : El Autor defiende , que mo tiene valor la Bula :/megó fúpone que oblizava a los fubditos: Porque li no , 4d qui tanta defenfa? No puede fer cola mas linda; y fino ,juzguenlo los que lo entiend den : y deita es correlativa la que fe ligue :No puel de obligin fi no fe publica, y efa en v/a :Imego, Oc; Prucbe Vuela Paternidad que fe ha publicado en Ef paña (que eslo que aqui le controvierte ) que nd fuplicó della fu Mageltad , fino que antes bien Í8 ácepto , y eltáen vío , que con ello eltará probado que obliga ; pero V. P. no alega cofa que pruebe efg tos con que nada prueba; OBJECION Vi 129 En el nám. 24. d pagina, ¿60. opone lo quinto, dy infla , como fe fis gue : El Padre Torrecilla dize , que no obliga la Bala Vrbana, porque no effa aceptada , ni admitida 3 y 31á verdad parece no le ha entendiz do, ni penetrado bien la formalidad delta conftituz cion. Explicome. Cierto es, que quando las ley és fon preceptivas , fino le admiten ; no obligan , pero efta Conltitucion de Vrbano VIM. no manda cofa alá guna , como conta del!a mima ; porque es precia Y 3 men.

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