BCCPAM000326-6-16000000000000
242 E 2 los Religiofos , y'“Relisiofas en manos de el preligro, y. ruina, y nu focorrerlos , pudien- do, de vna manera, 0 Otra , no cabe en tan vi- gilancilsima , prudentiísima , y caritativa Maz dre. ] 109 Tambien rélpondo Yo que le dize , fundado en la ley Quía, ff. locati, que es ver= dad que en va melmo tiempo ño fe puede dár diffenfo expreflo de vna cola , y confentimiento tacito dela sima , y reípecto de vn melmo fugeto ; pero G en diferentes tiempos , y en diverfos fugetos : y afsi el diffenfoexprello en'elta materia fue en otrostiem= pos. Nempé , en tiempo de Clemente. y Vrbano Oc- tavoy y relpeóto ' de dichos Suinos Pohtifices 3.y el eonfentimiento tacito es de prefente”, y agora , y reípecto de los Sumos Pontifices po!teriores A Vr- bano , el qual deben dir , y tener: porqú: li vnó pu- idiefle , y debiefle confeguir con eficacia vn fin, para ello no huviefle mas que vno de dos medios, li elte tal no efcogielle el vo; pudiendo , le imfe- riria que elegía el otro; Sed fic ef , que nueltra Mare la Iglelia cierramecte puede , y debe obviar con eficacia todos los daños que a fus hijos pue- den fobrevenir porel vfo de «fía ovinion , y pará elte fin no foh dables mas que vno de dos medios; nempe , Oel poner la ¡eláufla exprella en lá Bulá exceptiva de los Regulares ,ó el dir fu confenti- miento , y jurifdicion para elbuen vío de la Bula; Atquí conta evidentemente , que no pone el pri- mero ; luego conita. ciertamente ,» Que pone el fegun- do, pues no le puede dezir , ni imaginar qué falta 4 fu obligicion en cofa detanto pelo , y tan lumamente grave. ro Y fi acafo opulierelo. 2.el P.Olmo: Que pa que el error comun de jurifdición es necellas rio titu.o colorado,el qual parece falta en nuéltro can lo: ergo, Sec. ver Refpondo lo 1. Que aunque no dya titulo colorado ¿como ay a error comun, fu. ple la Iglelrála jurifdicion, como con Molfelio , Bá- f1lio Ponce, Juan Sachez,Gafpar Hurtado Morla,Bar+» do, v otros muchos, lo tierien Diána Part. 3.tr.4, ref. 224y part. 8. tr. 1.re/. 94 Leandro del Sacra= mento tom,1 tr. 5. de Penit. difp.q0, quef 102, y lo miímo con Tancredo,Feltro,Délgadillo, y Otros; F. Antonio del Efpiritu Santo , de Pernit; trad? ÑS dif. 11. feÉt4. num. 7; 1. Euente Hurtado”, differ- taf. 2.cap. 8.num.83.0' 84 pag.88. y otros mu= lOs. : 112 Lo vno : porqué para adqui= rir lajurifdicion , no esmecellario que le tegan fiem- pre del legitimo Superior: ,: pues puede tenerle por prefcripcion , O por coftambre ¿y lootro , porqueel motivo adequado del Derecho; para dar pOr vam lido lo obrado por el que tenia titulo colorado, con error comun , es el bien comun, y obviar los daños quefe feguirian de no fuplir la jurifdicion; Sed ficeft, que elte meímo morivo ay en núcítro cas lo; ergo: Sec, Apol.1. Sec, 3.5. l. de fuplir la Igleñá la jurifdicion en el error Comu folo es el evitar los daños , y remediar los mal £o mo fe dixo arriba, 2. 95. y como efto mifmo fe ha] en la opinion probable ; fi elta in re no fuelle la dadera, puede , y debe fuplir la Igleña la jurifdicio fi acafo le falta. A y 114 Además , que por elfo debi fuplir mejor fu jurifdicion en el vfo' defla opinia: que aun en: el error comun , porque puede la Iglef con gran facilidad aboler omnino , y deltruir total mente cla opinion ; fi lo quifiera hazer , c9 mo tantas vezes fe ha dicho ; y como de hech no la haga, feinfiere que quiere fuplir la jurifdi cion que le faltas lo qual no fucede en el er: or ce mun. > 115 Refpondo lo fegundo ; QU en la conceísión genera! de la Bula , hecha por l Pontifices polteriores 3 Vrbaño, en que concedé a todos los Fiéles( malla excepto ) que la tomareny diereñ la limofiha “afsignada , que puedan eleg Confeflor para los rélérvados , 2y baltantifsim titulo “colorado ; y lo milmo digo en los dem fuertes fundamentos! éh que fundan dicha opinió los Patroños de ella : porque ¿4 ipfo ay fufcient cauía “para tener por cierto lo dicho « y la cau la, y “titulo im ¿ue fúelen denotar vna melma cola como con muchos lo exorna Olea,decifsione inrit tib. 1.queft.: 4. ¿n, 2; veale dicho Fuente Hurtadé Ubi Juprá; ] : 116 Elto mifmo (iente el m doéto Padre Thomás Tamburino : pues delpuesé aver llevado lo dicho , con muchos.que cita, y fig som. 2: lib," 5. de Peenit. cap. 4.S. 7. numero W 17.0” 18. enel $.8.num. 6. concluye como (el gue: : 117 3» Preeterea, quamvis m0% dixerimus , folum errorem communem (al elle ad conferéndam ¡uridiétionem 5 tamé nec ab elt ab opinione probabili. titulus ¿4 quidem adelt auctoritas Eccleñx per com munem praxim faris nobis explicara , iurifdiétionem operanti , ex opinione babili 5 quid enim aliud ef ttulas , mili luntas Superioris- (e explicantis , conferré cui poteltantem aliquam morálem ? Hafa dq dicho Tamburino : y com efto pajfemos al parrapho fzgundo; 3 ELA . A z PS E) O IS IE O) > “OO DE AGA 113 Y afsila caufa pofitiva, y vi le E i
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz