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A AI A e ya dor, d - - < =— == me A m E A” o L a o : S PP o a ” ob el me < e) .h xo» - , £ 170 Y Wb1 fupra, añid. 143 y 119: y: ¿Mi Tamburino. 23 Refpondo lo 2; en tor:ma,negan. do'la mayor: porque aunque fe requiéra for cofamen= sé para la confiltencia del Sacramento de la Pénitén= ciá jurifdicion , coño materia , Loria + € intención; pero na codem modo: porque como las formas; y ma terjas lo miímo digo de la intención delMinittro (no pueda fup'iriasla Iglelia, 1 in re no fe ponen, aunque fuelle inyerciolerbente ; Ad (e haria Sacramento zpe- ro como la jurifdicion la di la leleña , ti 1 re no la huviefle, la puede fuplir , y fuple la Igleña en aviendo epinión probable , y 'afsi no le. pone el Sacrámento 4 peligro de nulidad ¿como bien Palao , con múchos Que cita, y fígae, DOM. 1,$]A, Y. difp. 2.2.9. donde dize 4ísi : Quía quando adefi probabilis opinio abfola vendi d refervátis...nalli morali perieulo je expomit Minifter irritum efficiendi Sacramentum, Quiña dia cet ex privilegio ¡uri[dictionem non babeat > habre tamen ex tacito'confe/a Ecclefia O raribabis ió) em dle prefenti fupplente luri[diétióonem , ne tot: acti irriti Jint, * R 24 ==Antes de palfar d otras inftancias, es menelter advertir , Que el P. Oimo fegun lo que Uize enel nan. 17. pag. 15 1/no'ha entendido el fin para que fe citan el Calpenfe, Moya, y otros, v ho'és fmaxivilla, pues confunde lacóndenacion de la prime- “Ta propoficion, con la condenación de la tercera; Paz dre mio. 4 les dichós no fe les cita fobre fi laercera Tentencia tiene probabilidad, ó'no, que delio fe hablas “ta en el $. >. finofolo para que el Cofeffor ; que ad. “miniltra el Sacramento dela Penitencia con opinion “probable acerca de la juriídición, no fe expone 4 pe- dieto alguno moral de hazer irrito el Sacramento, que “elo que toca d la primera propolición condenada Py “Elfo lo Hevah exprelsísimamente ,y lo prueban. 25 Acerca de la autoridad de S.Agultin (que es tomada de Fagnano” que alega el P. Olmo en el in del 7. 14 veáfe la refpuelta en nueltro tom. 1. della “Suma; té. '1. difp.4. cap.5.4n.23.ad 25.pag.78. deta fegunda imprefsion, £ «LEDS , 20 /OBJECION: Mm. 267 -Opone lo 3.enclmoas. par. 0149: Hi 'rendo contra lo dicho :Comofe puede ¡dezír , one Pele la FgTefiata Jarifdición de elía opinion re "ofre dede! Pues tantos Pontifices , y la Sílla A ] De tolica cón: fus Detreros har déclatado novalet " ie los Regulares, y las Religiones han admiéido OPT s Decretos , y los Preledos cada año lesinfivan fto mifmopor medio de fus Conititucionesz coño, ga » puede dezirfe , que faplé la Iglefia jurifdicion que claramente niega , y prohibe ¿ Y qué alias: aus. Jas comfelsiones ferán irritas , y nue q. “las Lereo., A e) . Apol.-1:Secia, Saboi támu:en el dodo PD Frav Mamiiel de la Concepción; *: y las palabras de ¡y de la razon de la melma ley / Ñ RESPUESTA Ly 27 Relpondo lo 1. Que Clemente e y Vrbano Oétavo ( y lo mifmo digo de los demág' Pontifiges , excepto Gregorio XIH. en la Bula if vor de la Compañia, de que le ha hablado yá muchas vezes ) cltando en el primer modo de defetder di tercera fentencia , folo declararon fu intencion parti cular ; pero nola mente , € intencion dela Silla A - tolica ¿vno , y otro confta de la Bula de Vrbano O, " tavo; ln/pecula militantis ,dondé hablando de la de Clemente VII. dize: Sed eiafuem Clementis predee cefJoris intentionis faifJe ¿O elf? : y hablando de Sef nofire intentionis fuiffe , efe. y la palabral Nunquam fuil¿ mentis Sedis Apofolice, no fehala en las dichas Bulas, como pretende., y dize Lumbier, y delte el P. Olmo, a 28 Refpondo lo 2, Quetambien $ fallo el dezir, como lo dize dicho Olmo ¿P.19. Pago 155.+'con Lumbier que Vibano VILL, declaro que las confefsiones hechas de los Religiofos , v Keligio fas defde Clemente VII. halta entonces ,. .avian fido pulas ,,porfalta de jurifdicion en el Confeflor, qualamo prueban. , ni dicho Lumbier , niclP. Olmo y lu,gontrario queda: abundantemente probado arrj ba,/tr. 2.8: 3-49.8, 0d 26. $ 7.4, 56.4471 Y $. 4.M. 107. 08 Y 109. y en Otras partes. 29. Dize dicho Oimo enel », 20. Pag. 1564 Que (i node halla en la Bula Vrbana, que dichas con il Je/slones fueron mulas, 4 halla en el cap , Marc iu] 1,queft .1.(que es de S. Geronimo) donde diz c:No putare debemos Evan elium poftum ee in fol Jcripturarum verbis, fed infenfus non in Juperficis /e4 in medula; non in Jermonum folijs, fed in vadi rationis. ¿ jo Miren qué Texto tan del cad y tanbien aplicado ! Padre mio ,1o dicho fe prus abundantemente en los lagares citados ¿ no dela co teza delas palabras , fino del verdadero fentido« dicha Bula ; no de la fuperficie, fino de la Med; , por abíusdos , 5 Tp convenientes io fujerabies, y Por razon natural; con 'otras pruebas tomadas de dodtrimas comu a las quales no relponde dicho Olmo , ni es que haile refpuelta congiua : Vea el curiclo: pruebas en que yo fundo lo dicho en los. lugar sitados : y vea delpaes lo. que dize dicho P. Olma y B. 19. 4422. y reconocéri , Que.es de la mil El ma fubltancia que otras muchas cor. las de dichoP, Eo 3 DS <LI> NR SU(ARA DOE PA IC Hgo?

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