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Acercá del Areicalo 6: Num. 5 »» dad los Regulares por fu parte ¿demás de las di- » Chas , para poder víar del favor dela -Buia de lá 3» Cruzada, Y concluyo con dezir ; que fon tan >, grandes los inconvenientes , para la rconcieñ. », Cia , que fuceden en elta parte ¿ quando los Su= » periores aprieran demafiado 3 fús fubditos; »» €ltrechando las licencias para que fean abluel= », tos ¿que fe fuelen hazer hartas confelsiones mal 3 hechas , y comuniones lin baltante difpolicion: » y viencá ler, que ei eltado de Religion iníti- ¿yy tuido para perfeccion de la caridad ; milita ¿»Contra la miíma caridad , contra la fentencia ») de San Bernardo , recibida comunmente en 3. Derecho. Quod pro charitate inflitutum , non 3, Acbet contra charitatem imilitare. Muy grans 3» des laltimias pudiera referir de cofas fingulares, » ue conmigo fe han confultado , con perdida » de fos conciencias ¿ y del confuelo efpiritual; » que fe avia de. tener en la Religion , hazien= 2» Jofe eltado de efclavitud dclalma , quees elta- » do de perfeéta libertad de efpirien , que Chrilto »» Señor iueltro nos ganó por fu fabgre. .Ha/fa aqui el fobvedicho Herrera. 172 Pues qué ferá querer el Padre Olmo apretartanto 4 los Regulares , y :eltrechar- les de modo , que ni aíjn para las confelsioñes ordinarias ¿ en que no ay pecados .relervados, puedan valerle del indtilto de la Cruzada para ele> gir Confelfor ¿ en él articulo 8. por todo.el 1 Ya, lo dixoel muy Doéto Fray Martit de San Joftph, en la explicacion del Breve de Urbano “VI. que fc hallará defpues de la explicacion de la: Regla, pumer. 3. pags mibi 493 por las palabrás figuiéna 10S: 4 AE ¡¡Otros (dize) por el con- sy trario , han intentado , focolor de lo3 Breves »» Quitar el vío de los Privilegios de Ja Buia de sp 12 Cruzada y y de otros femmejantes ¿ ¿firmán- ¿y do; que no Valén , hiaptovechan para las con- y, felsiones ordinarias ; aunque no aya en ellas pe- »» cados refervados. a los Provinciales ¿0.1 Ja Sede p» Apoltolica, y slguhos con cl poder. de Prela- y Jos , hat apretado elto demaliadamente , (as y» cando ( como dizeri) polvo debaxo del «agua, p inquictando (aunque coti buen zeló ) las con » Ciencias de muchos Religiolos 5 y Religioz y hs, Ec: Hajfla aqui dicho Fray Martin de San JFofeph. RESPUESTA Y. * 174 Reípondo la. $. Que el cif del Padre Olmo ( referido num. 156.) no con= vence en minera alguna : porque. fiel Prelada co noce quien cs el penitente, y fibe que estiombre def= collado . y defobrado defahogo , y. pOr otras: cirs cunitancias que Exteriormente conoce ; fabe mo- ralmente que naje aprowéchard la tal facultad , fino gine antes bien le fervira para nueva icincidencia Confult. Tom. qe 117 en Ja meíma culpasy que la deñiegacion del látal facultad le fervirá de freno: qué marávillaz. queen tal cafo digán comunmente. los Dottoresg que podrá retenerle ¿ O. negarielá facultad 4 Pero de ai foló puede feguirle 3 que fea muy verjtimil el que dichos Sumos Pontifices Gregorio XV. y; Inocencio Octavo háblaffen alli de lá perniciez' ño per /e ,lino per accideñs , por el abulo de al=: gunos ; que víanda malamente de la facilidad qué di la Buia para elegir Confeflor , toman deal ocaá lion para las caidas , y tecaidas, por lo dichio atribaz a nam, 107, ad 116. ; 175 Pero fi el Prelado, conóx: ciendo Quien ts el penitente ; fabe que es Re3, ligiofo morigerado , y que no. eltá tenido, por, délcollado ; y de fobrado defáhogo ¿ no poz edlrá cor btiená Conciencia begarle. la tal fatuitad; como es comunifsimo de los. Doétotes: Imó: en. todo cafo es bien que los Prelados fe mueltren: faciles, y templados eh mareria tan -onerofay: porque la experiencia has enfeñado; gue- las, mas vezes lá denegacion delta facultad firvez: no. de freno; fi de efpuela. para las culpas y. Y, de vna defefperacion femejante 4 la que dixo. Sañi Pablo de aquellos , que deíconfiados del remez dlio ,Íe entregaroti ¿toda maldad. , qui de/perantes: Jametipfos tradiderunt impudicitie ; Oe. Todo ld: qual haze d nueltra doétrina, y no 4 la COM: fequeneia del Padre Olmo, Ut ex Je pateti y en Quanto al «antecedente ; por fer Materid tan ytils y neceflaria; »me ha parecido: ho. fea, sá defagradable 4 los Leétores el que le yebs: tilemos incidentemente aqui, Jo qual yá has: go: e Ñ 176 Preguntale , pues, fi pof «quals, Quiera cauía eftaraá obligado «el Supérior a conceder al fubdito facultad de fer abufuelto de los .telervados: por otra Confellor., fia prefentarfe al mifmio Supe=, rior , O-lin confellaríe con el 3 Ni con el afsignado; por e? 13d Ri pi VIRD Aceréa de efta queltion , fof; de fentir , que i la facultad, por la qual.ek fubdicto rehuía prefentaríe al Supefiot ; O cons fellarfe con el 5 tiene fu origen ab extrinftcos, como en- Jos cafos que exprella Eufebio . de, Herrera y, Ubi fupra , numer: 169: y Semejan, tes, tendrá, obligacion el Superior ; debaxo dé; pecado: mortal , na folo, de caridad ¿ ño tam=, bien de julticia ¿4 dir licencia al fubdito pas ra que fe conficlle de: fs. pecados .relervádos. con otro Confelfor (que le «pida. licenela, pas ra ello; fin nombrar el. fugero para Quien ld pide ) y mo con el imiímo: Superior ¿0 cón el; deputado por cl 3 y lá razoh es clara; :pors, que el Prelado no. puede privar al fubdito del; legitimo vío del Sacramento *de l3 Penitencias, ni puede compelerle a que le exponga 2 algun grave daño de ádlma ¿ O cuerpo; como bien Suarez tom; 4. di/put. 30, Jeót. 43 nueltro Crow, less, vbi infra,y Otros; >) Peg

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