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mi rn .. - e = : o > 2 e nr A a S ba * : ' Z p as - 3 2 a a .- ma e A . q > JHECAS BIBLIO di + Apol. 1 Sec.2.5-8. Serafin de Freitas , y con 2l,el Macftro Er. bernave Gallego ,fobre la Bula,cap.4.cl24/81.4.dud. 17. (ino tambien con las fingulares períonas que toman la di cha Bula , como conílta de aquelias palabras: Porque dais tanta limofna , os concedo. Ni le puede deziry que es modica la limoÍna , que fe contribuye por la Bula; porque aunque la que dá cada vno fea modicas perotoda la fuma que fe contribuye todos los años de limofna por la Bula , excede de 800. milefcudos de oro, fegun Sanchez, de Matrimon.Lib. 8. difp: 3. Um. 10, 54 Y que el privilegio concedido >r modo de coritrató lucrativo , y oneroío , no fe pueda revocar , fino haziendo compenfacion , ó dando lo equivalente , lo tienen con muchos, que citan , Bologneto, conf.3. num:16.Matiengo, lib.s., Recopilas.tit.10.leg.6. Glo/f/.1.num., 13. y estexto expreflo en eltc Reyno, lib,2. in fin, tit. 1, part. 2. y alli Gregorio Lopez , y Sanchez, 0bi/upr. num. 9. que fefrere, y leva todolo dicho.Y lo mifmo rie. ver , con la comun de DD. que,citan , y figuen Mendo , y Bríilio Ponze , cuyas palabras quedan tranícriptasariba, fec.2 $. 6.14M.44» 45.Y 50. y además de las razones fuertes con que lo prueban fe puede confirmar como fe ligue. 55 Porque la ley natural manda que fe obíerven los pactos, leg. 1.$. Si conveniat, JH. de pofiti,l.1 fFode pactis,leg. ¡us gentium,S Pre sor ait fF.eodem , y de otros muchos Textos, y la comun de Doctores : lo qualtiene lugar , adbuc ,en los Principes. Porque tambien el Principe debe guar. dar lospaltos que han hecho con lus fubditos , aun= que el Principe efté abíuelto de la ley, ex leg.Digna wo0x donde los Doctores, C. de legib, pues feria cofa iniqua, que el Principe contraviniefle A lu paíto,cap. 1 «donde lo notan los que elcriven fobre 2] , de pro. bat.y de otros,Decio,in leg.Nec ex pratorio, num. 10, /.de regul.iuris. A que fe añade , que los infe= riores no pueden hazer contra la ley del Superior, exe cap. Inferior 2. 1.difA.O' cap, Cum inferior , de ma. jorit.O* obed, Sed fic ell, que el Papa es inferior 2 Dios, cuya ley natural prohibe el que fe falte á los pactos: ergo,8cc. Veaníe tambien, Azebedo , lib. 1. Recopilat.tit.3..1.140um.42 . y d Gongalez; regul, 8.Glof.35.y 36. Elto'esen quanto al antecedente,el qual es verdaderiísimo por lo dicho; y no por la caufal que da dicho Lugo. 56 Peru al contrario , como todas Bulas Pontificias , ora fean las tres generales , ora las demás parciales , que prohiben 4 los Religiofos el -vío de la Bula de la Cruzada, para elegir Confefor, que les abluelva de los refervados , por, vna parte, fe ayan obtenido todasA inflancias de fus Prelados, como coníta de ellas miílmas , y lo teltifica aísi el Padre Olmo, art.2. númer. 23. 4 Pag. 45. Y coma por otra parte , no fe ayan concedido las tales, por mado de contrato lucrativo , y onerofo, como es certifsinto + y como por otra , preten= diendo lu Santidad en la concelsion.de la dicha Bula, dela Cruzada , que fe faque de ella vna fuma grande de pecunia para la guerra contra los Infies les , de fufacuitad Apoftolica al. Comiffario de Ja Cruzada para revocar todos los privilegios que le oponen 3 ladichá caufa: final: lo qual haze di. cho Comiffario con dicha Autoridad Apoltolica; con clauluias ran fuertes, tan vniveríales, y tan eficaces , que comprehenden todas las fobredic'ras Ponrificias Conftituciones , como confta de las dichas claufulas : figuele de ai , que ay fuma difparidad entrela Bulade la Cena, y privilegio - ] de elaño Santo , (por vna parre ) para que no revo» quen la Bula de la Cruzada anterior; y la Bulade la Cruzada (por otra ) para que revoque dichas Conltituciones anteriores A ellas vt ex diótis fa. tisconfat. 57 Y en quanto al cap. Licet de confiit. in 6. que nos alega el Padre Olmo enel fin defte namero, Digo, que del , antesfe infiere ,que + por la Bula de l2Cruzada , que fe publica de nuevo, depues de la vida de Urbano Oétavo, fe revoquen todas las fobredichas Conftituciones Pontifivias que lo que fu Paternidad pretendia ( que tiene gran cia Angular en elto , que es citar á fu favor lo que es en fu contra, ) Coníta elto manifiehamente del dis cho Texto. ee dl 53 - Porque lo qué alli fe contiene es, * que : Nova conflisatio Principis tolliz primam 1 cortrariam , quamvis ¡id non exprimat : y di por caufal la quefe contiene en las palabras tranícrip.: tas por el Padre Olmo ; conviene A faber , p le juzga que El Pontifice tienetodos los Derechos, in [crinio pectoris fui : luego porla nueva concef= lion de la Bula , contraria á las dichas anteriores 4 Conftituciones , quedarán eltas derogadas , aunque no le expreflen alli : ergo, $c. y con ello pallemos A al numero 5. NUMERO Y. 59 Profiguiendo el Padre Olmo, en el mum, 5.4 pag. 124. dize lo que fe ligue: * La tercera razon general , es ; que aunquela Bula de * ogaño es polterior 4 losdichos Decretos, y enella * le concede generalmente la facultad de elegir Con= 1 fellor , y ablolveríe de caíos refervados¿ eltá con= celsion , dunque es polterior ,.es general , y le limita , fegun Derecho , por las Conltituciones ef= 3 peciales, y particulares , anteriores de los Sumos 3 Pontifices 5 y era necellerio para derogar dichas? Conftituciones , y declaraciones , que la ley ges” neral pofterior , expreflamente las revocira, Conlta de la ley ; Sed O pofteriores ;fode legia bus , GlofJa, feiendam, bd Non compelli , ff. quí* Jatis dare cogantur , Bartol. dc Bald. ibi: y nofola fe ha de explicar la ley nueva por la ley efpecial antes” rior , lino que tambien fe han de Jimitar las leyes, * por la razon dela ley anterior , tt docer Bartol, Le 4 De pretio . ff. de publicat. in rem aétio, Todo lo qual es conítante , porque quando la ley antiguade= * termina algun cafo efpecial (como fon dichos De- ll mi ES

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